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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (08/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 216989 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de febrero de 2002 blicas y privadas, y colegios profesionales para llevar ade- lante los proyectos que se vinculen con lo establecido en el Artículo 1º de la presente norma, y que incidan en la generación de empleo temporal en la población urbana en situación de pobreza. Artículo 3º.- Disposición de recursos El Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en coordi- nación con el Ministerio de Economía y Finanzas, queda facultado a disponer de los recursos del Programa de Emer- gencia Social Productivo Urbano "A Trabajar Urbano" que deban destinarse en virtud de los convenios interinstitucio- nales referidos en el artículo precedente. Artículo 4º.- Publicidad La información relativa a los proyectos referidos en el Artículo 1º de la presente norma que sean aprobados y ejecutados, son publicadas en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción Social - www.mtps.gob.pe. Artículo 5º.- Refrendos El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de la Presidencia, por el Ministro de Trabajo y Promoción So- cial y por el Ministro de Economía y Finanzas. Disposición Final Unica.- Ratifíquese el convenio celebrado por el Minis- terio de Trabajo y Promoción Social con la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Banco de Materiales, enmarca- do dentro de las acciones destinadas a la generación de empleo temporal en la reconstrucción de bienes públicos de la zona de Mesa Redonda. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 2774DECRET O DE URGENCIA Nº 005-2002 CREAN EL PROGRAMA DE PROMOCIÓN A LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO ALGODONERO DE LA VARIEDAD T ANGÜIS, CAMP AÑA 2001 - 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 88º de la Constitución Política del Perú, dispone que el Estado apoya preferentemente el desarro- llo agrario; Que, el Gobierno ha decidido acelerar el proceso de formalización y modernización de la cadena de producción y comercialización del algodón Tangüis como herramienta para enfrentar de la manera más eficiente posible la pérdi- da de competitividad, consecuencia de la coyuntura inter- nacional adversa, así como la creciente informalidad y con- trabando; Que, es necesario y de interés nacional dictar me- didas extraordinarias en materia económica y financie- ra que permitan mejorar la formalización y la competiti- vidad de la cadena de producción y comercialización del algodón Tangüis mediante la creación del "Progra- ma de Promoción a la Formalización del Comercio Al- godonero de la variedad Tangüis, Campaña 2001 - 2002"; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- OBJETO Créase con carácter extraordinario el "Programa de Promoción a la Formalización del Comercio Algodonero de la variedad Tangüis, Campaña 2001 - 2002" el cual me- diante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Agricultura, establecerá entre otros aspectos, a los sujetos que están comprendidos en este programa así como los requisitos y las condiciones de operatividad. Dicho programa estará a cargo del Ministerio de Agri- cultura, el cual se encargará de su supervisión y con- trol. Artículo 2º.- AUTORIZACION DE EMISION Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a emitir documentos cancelatorios con cargo al Presu- puesto aprobado para el 2002 correspondiente al Minis- terio de Agricultura hasta por la suma de Veinte Millo- nes y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 000 000,00), los