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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (09/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 217053 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de febrero de 2002 demás funcionarios de confianza, siguiendo el procedi- miento establecido mediante el Decreto Supremo Nº 011- 96-PRES; f) Establecer los lineamientos, criterios y responsabi- lidades en materia de acciones de personal y procesos administrativos en las Direcciones Regionales de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; g) Dictar normas complementarias y otros dispositi- vos de gestión y ejecución presupuestal, en el marco de la sexta disposición complementaria y transitoria de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002, y, del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PCM, en aquellos aspectos no contemplados o es- pecificados en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Las Direcciones Regionales de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, presentarán su propuesta de Estructu- ra Orgánica y de Reglamento de Organización y Funcio- nes, en un plazo no mayor de 30 días hábiles de aproba- do el presente Decreto Supremo, en base a las funcio- nes señaladas en la presente norma y a los lineamien- tos y pautas de coordinación permanente con las instan- cias respectivas del MITINCI. Artículo 4º.- Los CTARs, aprobarán previa opinión favorable del MITINCI: a) La Estructura Funcional Programática correspon- diente a la Función 11: Industria, Comercio y Servicios, la que incluye a las Direcciones Regionales de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, con la finalidad de unificar estratégica- mente el monitoreo y el cumplimiento de los objetivos y metas a corto plazo; en dicha estructura deberá consi- derarse el concepto de unidad de costeo a fin de asegu- rar la mejor asignación de los recursos públicos y la trans- parencia del gasto; b) Todas aquellas modificaciones presupuestarias que afecten las actividades, programas nacionales y proyec- tos de inversión programados dentro de la Función 11: Industria, Comercio y Servicios, en los casos que alte- ren los respectivos presupuestos autorizados en los gru- pos genéricos del gasto; c) El Presupuesto Analítico de Personal - PAP de las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales en base a los Cua- dros para Asignación de Personal - CAP respectivos, en el marco del proceso presupuestario de los CTARs. Artículo 5º.- Los CTARs a través de sus unidades orgánicas de línea, no podrán ejecutar bajo cualquier mo- dalidad actividades y proyectos de inversión pública en temas relacionados con la promoción industrial, artesa- nal y turística, a fin de evitar duplicidad de funciones con las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales. Artículo 6º.- Los CTARs en el término de 30 días de publicada la norma, deberán transferir el presupuesto de los proyectos de inversión pública en ejecución o por eje- cutarse de las actividades de promoción industrial, arte- sanal y turística, a las Direcciones Regionales de Indus- tria, Turismo Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y la parte proporcional de funcionamiento que corresponda así como el acervo documentario, por ser la entidad responsable de la función. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero del dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2854INTERIOR Aceptan donación destinada a financiar proyecto sobre apoyo a la comisión en- cargada de realizar diagnóstico institu- cional para el proceso de reestructura- ción policial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0029-2002-IN Lima, 28 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Canadiense, a través de la Agen- cia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI) ha otorgado al Ministerio del Interior una do- nación de hasta Can $ 97,120 (NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE DOLARES CANADIENSES) para financiar el Proyecto "Apoyo a la Comisión Es- pecial encargada de llevar a cabo el diagnóstico ins- titucional y definir la agenda y el cronograma del pro- ceso de reestructuración policial"; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida donación, por cuanto constituye una valio- sa contribución, así como aprobar el Acuerdo de Contribución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Orgánica del Ministerio del Interior, concordante con el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Contribución a ser suscrito entre la Agencia Canadiense para el Desa- rrollo Internacional (ACDI) representada por la Embaja- da de Canadá en Lima y el Ministerio del Interior. Artículo 2º.- Aceptar la donación efectuada por la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI), representada por la Embajada de Canadá en Lima, al Ministerio del Interior, hasta por la suma de Can $ 97,120 (NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE DOLARES CANADIENSES) para financiar el Proyecto "Apoyo a la Comisión Especial encargada de llevar a cabo el diagnóstico institucional y definir la agenda y el cronograma del proceso de reestructuración policial". Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Señor Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior DIEGO GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 2790 JUSTICIA Autorizan a procurador público ad hoc a ausentarse del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2002-JUS Lima, 8 de febrero de 2002 Visto el Oficio Nº 085-02/Procuraduría-JUS.