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Pág. 217085 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de febrero de 2002 General, los recursos impugnativos son Reconsideración, Apelación y Revisión, pudiendo ser presentados en el término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, ante la Gerencia de Per- sonal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en Av. Arenales Nº 1402 - Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese. RAFAEL NOE QUIROZ Gerente de Personal (e) - GCRH 2736 RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 127-GP-GCRH-ESSALUD-2001 Lima, 13 de diciembre de 2001 VISTA: El Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2001, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, sobre el proceso administrativo disci- plinario instaurado mediante Resolución de Gerencia Nº 107-GP-GCRH-ESSALUD-2001, referente al Expedien- te Nº 2001-20-CPAD. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 107-GP- GCRH-ESSALUD-2001, se instauró proceso administra- tivo disciplinario a la servidora María Herlinda Añaños Córdova, Auxiliar de Servicio Asistencial del Centro Asis- tencial de Nivel I Francisco Pizarro de la Gerencia De- partamental Lima, por presunta comisión de falta disci- plinaria tipificada como ausencias injustificadas, previs- ta en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, notificada conforme a ley, la citada servidora cumplió con presentar su respectivo descargo, ante la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao; Que, del análisis y evaluación del expediente, así como de la documentación que obra en el principal, se ha logrado establecer la responsabilidad administrativa disciplinaria de la servidora María Herlinda Añaños Cór- dova, Auxiliar de Servicio Asistencial del Centro Asis- tencial de Nivel I Francisco Pizarro de la Gerencia De- partamental Lima, al no haberse reincorporado a su cen- tro de trabajo el día 31 de julio del 2001, al término de su licencia sin goce de remuneraciones concedida por Re- solución Jefatural Nº 387-DP-SGAyF-GDLI-ESSALUD- 2001 a partir del 15 de mayo al 28 de julio del 2001; Que, los argumentos expuestos por la citada servi- dora en su escrito de descargo, no logran desvirtuar el cargo imputado, toda vez que se encuentra acreditada su responsabilidad administrativa disciplinaria; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 170º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrati- va, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2001 por la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de Lima y Callao, así como por las fa- cultades delegadas mediante Resolución de Gerencia General Nº 731-GG-ESSALUD-2000; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCIÓN a la servidora MARÍA HERLINDA AÑA- ÑOS CORDOVA, Auxiliar de Servicio Asistencial del Centro Asistencial de Nivel I Francisco Pizarro de la Gerencia Departamental Lima, por la comisión de fal- ta disciplinaria tipificada como ausencias injustifica- das, prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune- raciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276.Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución a las partes interesadas con las formalidades de ley. Tercero.- De conformidad con el Artículo 207º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son: Reconsidera- ción, Apelación y Revisión, pudiendo ser presentados en el término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, ante la Gerencia de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en Av. Arenales Nº 1402 - Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese. RAFAEL NOE QUIROZ Gerente de Personal (e) - GCRH 2737 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 645-GG-ESSALUD-2001 Lima, 11 de diciembre de 2001 VISTA: El Acta Nº 02-CEPADAN-ESSALUD-2001 de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, referente al Informe Nº 029-GCRLOyC-OAI- ESSALUD-1999 sobre Examen Especial "Legalidad del Otorgamiento de Subsidios de la Oficina de Recursos Humanos y de la Acreditación del Derecho a los Asegu- rados y/o Atenciones a Terceros del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins- Período 1997-1998", del Expediente Nº 2000-05-CEPADAN CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 486-GG-ESSALUD-2000, se instauró proceso adminis- trativo disciplinario a los señores Jaime Alberto Benavi- des Cabezudo, Médico del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins; José Bogani Murguia, ex Jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Legajos y ex Fe- datario Titular del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins; Rosa Angélica Hurtado Buitrón, ex Gerente de Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento del Hospital Nacio- nal Edgardo Rebagliati Martins; Oscar Alberto Lazarte Rodríguez, Gerente de Ayuda al Diagnóstico y Tratamien- to del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins; Dennis Walter Aguilar Pacheco, ex Jefe del Servicio de Admisión y Citas del Hospital Nacional Edgardo Reba- gliati Martins; José Luis Máximo Herrán García, ex Jefe del Servicio de Admisión y Citas del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins; Juan Gonzalo Isique Cal- derón, ex Jefe de la Oficina de Control de Inspecciones del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins; Luz Yolanda Salas Cachay, ex Jefe de la Oficina de Control de Inspecciones del Hospital Nacional Edgardo Reba- gliati Martins y Augusto Meneses Pajuelo, Subgerente de Tesorería del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, a mérito del Informe Nº 029-GCRLOyC-OAI-ES- SALUD-1999, referente al Examen Especial "Legalidad del Otorgamiento de Subsidios de la Oficina de Recur- sos Humanos y de la Acreditación del Derecho a los Asegurados y/o Atenciones a Terceros del Hospital Na- cional Edgardo Rebagliati Martins- Período 1997-1998" por incumplimiento de normas, negligencia en el ejerci- cio de sus funciones, y actos de inmoralidad, esta última sólo en lo que respecta al señor Jaime Alberto Benavi- des Cabezudo, faltas previstas en los incisos a), d) y j) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público apro- bada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, los procesados fueron notificados conforme a ley, habiendo presentado sus descargos respectivos ante la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de Alto Nivel, habiendo informado oralmente los señores José Herrán García, Yolanda Salas Cachay, Gonzalo Isique Calderón, Rosa Hurta- do Buitrón y Augusto Meneses Pajuelo el día 3 de agos-