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Pág. 217071 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de febrero de 2002 Autoridad Administrativa, deberá ser remitido al CON- SUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME), además de estar a dis- posición de los interesados en la página Web y en las Oficinas de la Entidad; Que, mediante Resolución Nº 200-2001-CONSUCO- DE/PRE, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobó la Directiva Nº 022- 2001-CONSUCODE/PRE, con la cual se regula el pro- cedimiento para la elaboración e información que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Público, estableciéndose en el inciso 3) del párrafo V "Disposiciones Generales" de la citada Directiva que el Plan deberá ser aprobado por el Titular del Pliego o Máxima Autoridad Administrativa dentro de los treinta (30) días naturales siguientes de haberse aprobado el Presupuesto Institucional, debien- do efectuarse la publicación de la resolución de aproba- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición; Con el visto bueno del Asesor Legal y estando a las consideraciones expuestas en cumplimiento a lo estipu- lado a la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones del Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR correspondiente al año fiscal 2002. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración publique el Plan Anual a que se refiere el artículo precedente y ponga a disposición de los intere- sados, quienes podrán adquirir copia del mismo al pre- cio de costo de reproducción, en la Unidad de Abaste- cimiento, sita en Jr. Camaná Nº 616, 4to. piso, Lima. Artículo Tercero.- Disponer que la Unidad de Abasteci- miento de la Gerencia de Administración remita copia del Plan Anual a que se contrae la presente Resolución al Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), así como a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME). Regístrese y comuníquese. JULIO ZEGARRA RUIZ Gerente de Administración Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia 2822 RELACIONES EXTERIORES Autorizan uso de pasaporte diplomáti- co a Magistrado Principal representan- te del Perú ante el Tribunal Andino de Justicia de la Comunidad Andina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2002-RE Lima, 8 de febrero de 2002 Vista el Acta de la Reunión de plenipotenciarios de los países miembros de la Comunidad Andina para la elección de Magistrados de Colombia, Perú y Venezuela en el Tribunal Andino de Justicia, de 11 de enero de 2002. CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina es el órgano jurisdiccional encargado de resguardar el cumplimiento de la normativa andina vigente; Que en la Reunión celebrada en la ciudad de Quito, el día 11 de enero de 2002, se designó por el Perú, entre otros, al doctor Ricardo Vigil Toledo como Magistrado Prin- cipal del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 12º del Tratado del Tribunal de Justicia de la Comunidad An-dina, y por el Convenio de Inmunidades y Privilegios suscrito entre el Gobierno de Ecuador y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, los magistrados tie- nen categoría equivalente a la de jefes de misión y, por lo tanto, gozan en el territorio de los países miembros de la Comunidad Andina de las inmunidades reconocidas por los usos internacionales y, en particular, por la Con- vención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas; Que el Artículo 6º del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina establece que los países miem- bros tienen la obligación de otorgar a los magistrados las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones; Que en consecuencia resulta necesario expedir a nombre del citado magistrado el pasaporte diplomático correspondiente; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 724, de fecha 29 de enero de 2002, del Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General; y, De conformidad con el Artículo 4º de la Ley Nº 23274, modificado por el Artículo Primero del Decreto Legislati- vo Nº 832, de 14 de julio de 1996; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar excepcionalmente el uso de pasaporte diplomático al doctor Ricardo Vigil Toledo, Magistrado Principal por el Gobierno del Perú ante el Tribunal Andino de Justicia de la Comunidad Andina. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA-SAYÁN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 2858 Designan representante alterno del Mi- nistro ante el Consejo Directivo de los Programas de Emergencia Social Pro- ductivos "A Trabajar" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0137-2002-RE Lima, 8 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002- PRES se constituyó un Consejo Directivo de composi- ción multisectorial encargado de coordinar, evaluar y supervisar la ejecución de obras y el uso de los fondos, así como los resultados e impacto de los Programas de Emergencia Social Productivos "A Trabajar"; Que, le corresponde al Ministerio de Relaciones Ex- teriores la designación del representante alterno que re- emplace al Ministro de Relaciones Exteriores en dicho Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Su- premo Nº 001-2002-PRES; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la señora María del Car- men Portillo Brousset, como representante alterno del Ministro de Relaciones en el Consejo Directivo, encar- gado de coordinar, evaluar, y supervisar la ejecución de obras y el uso de los fondos, así como los resultados e impacto de los Programas de Emergencia Social Produc- tivos "A Trabajar", constituido mediante el Decreto Su- premo Nº 001-2002-PRES. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 2823