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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (17/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 217570 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de febrero de 2002 El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al ciudadano Teodo- cio Cipriano Chávez Lume, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Madean, provincia de Yauyos en reemplazo de doña Tomasa Madueño Díaz, otorgándosele la credencial respectiva para asumir y ejercer el cargo en lo que resta del período municipal 1999 al 2002. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Comuníquese, publíquese y regístrese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA DE TABOADA BUSTAMANTE Subsecretario General 3249 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen inscribir el "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa" en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 013-2002-EF/94.11 Lima, 11 de febrero de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/01428 presentado por RANSA COMERCIAL S.A. y el Memorándum Nº 031-2002-EF/94.45 de fecha 13 de febrero de 2002 de la Gerencia de Merca- dos y Emisores. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pue- den emitir obligaciones que reconozcan o creen una deu- da a favor de sus titulares; Que, mediante Junta General de Accionistas de RAN- SA COMERCIAL S.A., de fecha 30 de marzo de 2001, se aprobó la emisión de instrumentos representativos de deu- da hasta por un monto en circulación de doce millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 12 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, dele- gando en el Directorio las facultades para decidir todos los términos, las condiciones y las características del Progra- ma, emisiones y series, así como otorgándole la posibili- dad de delegar estas facultades en la gerencia de la socie- dad así como la facultad de designar a las personas auto- rizadas a realizar, negociar y suscribir, todos y cada uno de los actos, contratos y demás documentos públicos y privados que estimen necesarios para llevar a cabo la emi- sión, registro, oferta, negociación y colocación o venta de los instrumentos a emitirse en el marco del programa; Que, en Junta General de Accionistas de RANSA CO- MERCIAL S.A. de fecha 16 de octubre de 2001, el monto indicado en el considerando anterior fue ampliado en ocho millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Amé- rica (US$ 8 000 000,00), o su equivalente en Nuevos So- les, llevándolo a un máximo de veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, asimismo se acordó mantener la delegación de más amplias facultades en el Directorio acordadas en la junta del 30 de marzo de 2001;Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el Directo- rio de RANSA COMERCIAL S.A., en sesión de fecha 31 de enero de 2002, definió los términos y condiciones ge- nerales del programa denominado "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa" hasta por un monto máximo en circulación de cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, y acordó delegar en los señores Emilio Antonio Fantozzi Temple, Luis Enrique Ro- mero Belismeli y Marco Antonio Polastri Vega las faculta- des necesarias para que actuando dos cualquiera de ellos, en forma mancomunada, puedan determinar los términos, características, monto, plazo y demás condiciones de las emisiones a ser realizadas dentro del marco del programa; Que, en ejercicio de las facultades que les fueron con- cedidas, los señores Emilio Antonio Fantozzi Temple y Marco Antonio Polastri Vega, Gerente General y Subge- rente de Finanzas, respectivamente, han solicitado la apro- bación del trámite anticipado de inscripción de valores, el registro del prospecto marco correspondiente al "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Plazo Ransa" y la ins- cripción del referido programa en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, RANSA COMERCIAL S.A., Entidad Calificada a la fecha de la presente Resolución, ha pre- sentado la documentación correspondiente a la Primera Emisión de Instrumentos de Corto Plazo a emitir en el marco del referido Programa; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pú- blica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, y obser- vado las disposiciones de los formatos aprobados mediante el Artículo 7º de la Resolución Gerencia General Nº 129- 2001-EF/94.11, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/ 94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo al cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o registro de prospectos derivados de trámi- tes anticipados, así como disponer la inscripción de pro- gramas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscribir el segundo programa de instrumentos de corto plazo deno- minado "Segundo Programa de Instrumentos de Corto Pla- zo Ransa" de RANSA COMERCIAL S.A., hasta por un monto máximo en circulación de cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto RANSA COMERCIAL S.A., man- tenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de los pros- pectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere el artí- culo anterior se entenderán efectuados en la fecha de en- trada en vigencia de la presente Resolución. En su defec- to, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 2, inciso b) del Artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141- 98-EF/94.10. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Va- lores Mobiliarios y el emisor deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re- fieren los Artículos 23º y 24º de dicho Reglamento. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el re- gistro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Re- solución no implican que CONASEV recomiende la in- versión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informa- ción para una evaluación complementaria están a dis- posición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores.