Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2002 (01/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 225686

PROYECTO NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 1 de MORDAZA de 2002
CAPITULO V

cion en un plazo de cinco (5) dias habiles a fin de ser elevado a la instancia superior correspondiente, quienes a su vez deberan pronunciarse sobre dicho recurso en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. De quedar consentida en la via administrativa la resolucion que declara la informacion como no reservada, esta sera tratada como informacion publica. CAPITULO IV MANEJO Y RESGUARDO DE LA INFORMACION RESERVADA Articulo 14º.- Manejo y resguardo de la informacion reservada. OSITRAN garantiza la seguridad de la informacion reservada, evitando el acceso a personas o instituciones no autorizadas. Para ello, todo documento calificado como reservado sera custodiado en un Archivo Especial de Informacion Reservada, que posea las condiciones suficientes de seguridad, con excepcion de la informacion declarada reservada en los procedimientos de controversias, en cuyo caso la Secretaria Tecnica de la instancia respectiva sera la encargada de su custodia, mientras la controversia este en tramite. En el caso de documentos suministrados en medios magneticos, debera utilizarse para su archivo un sistema informatico que reuna las condiciones de seguridad requeridas. La administracion del Archivo Especial de Informacion Reservada estara a cargo de la Gerencia de Asesoria Legal, quien debera encargarse de aplicar las medidas tecnicas y logisticas necesarias para la proteccion de la informacion contenida en el Archivo Especial de Informacion Reservada, evitando su destruccion accidental, perdida o alteracion, o cualquier otro tratamiento ilicito. A fin de no obstaculizar el desarrollo de las funciones de OSITRAN, se podran emitir copias de la informacion reservada a las personas indicadas en el Articulo 15º del presente Reglamento. La Gerencia de Asesoria Legal registrara las copias emitidas, las personas que las reciban, asi como la fecha de entrega y devolucion de las copias entregadas. Articulo 15º.- Acceso a la informacion reservada.- Tendran acceso a la informacion reservada los miembros del Consejo Directivo, el Gerente General, el Gerente que solicito dicha informacion, y los funcionarios de OSITRAN debidamente autorizados por el Gerente General. Tratandose de procedimientos de solucion de controversias en tramite, tendran acceso a dicha informacion los miembros de las instancias de solucion de controversias, los funcionarios asignados al procedimiento, y los demas funcionarios debidamente autorizados por la Gerencia General. Articulo 16º.- Compromiso de Reserva de la Informacion Reservada. Todas las personas que acceden o puedan acceder a informacion declarada reservada deberan firmar un compromiso de reserva con OSITRAN segun el modelo que se adjunta en el Anexo Nº 1 del presente Reglamento. Articulo 17º.- Registro de la Informacion Reservada y de su Acceso. La Gerencia de Asesoria Legal de OSITRAN llevara una relacion en la que consten las Solicitudes de Informacion Reservada que se han tramitado y el detalle de la documentacion que se ha calificado como tal. Asimismo, contara con un registro de acceso a la informacion reservada en el que constara como minimo (i) la relacion de funcionarios de OSITRAN o de los miembros del Consejo Directivo, Cuerpo Colegiado y Tribunal de Solucion de Controversias que hayan tenido acceso a informacion reservada, (ii) la informacion a la que hayan tenido acceso; (iii) el trabajo o proyecto de resolucion para el cual fue necesario acceder a la informacion; (iv) el periodo en que se tuvo acceso a la informacion; y, (v) la relacion de copias emitidas. Articulo 18º.- Obligacion de reserva.- La obligacion de reserva debe mantenerse tanto para los funcionarios del OSITRAN, como para los miembros del Consejo Directivo, Cuerpo Colegiado y Tribunal de Solucion de Controversias, que hayan tenido acceso a informacion reservada, aun despues del cese de sus funciones en dicho organismo, y mientras dicha informacion mantenga su caracter de reserva.

LEVANTAMIENTO DEL CARACTER DE INFORMACION RESERVADA Articulo 19º.- Plazo para mantener reservada la informacion.- La condicion de reserva se mantendra hasta que la informacion ya no cumpla con las condiciones en virtud a la cual fue declarada como tal. La perdida de la calificacion de reserva a la que se refiere el parrafo anterior, se MORDAZA de manera automatica y solo puede ser determinada por el Gerente General mediante resolucion expresa. En el caso de informacion presentada dentro de un procedimiento de solucion de controversias correspondera al Tribunal de Solucion de Controversias. En ambos casos, la informacion que ha dejado de tener el caracter de reservado, pasara a formar parte del Archivo de OSITRAN. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Para todo lo no previsto en el presente Reglamento rigen las normas sobre la materia, Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 032-2001-PCM en lo que fuere aplicable o en su defecto la Politica sobre Informacion Reservada de OSITRAN aprobada mediante Acuerdo Nº 198-73-01-CD-OSITRAN de la Sesion de Consejo Directivo de fecha 14 de noviembre de 2001. ANEXO Nº 1 COMPROMISO DE RESERVA Conste por el presente documento el compromiso de reserva que suscribe .................................con documento de identidad Nº ............... y domicilio en ..........................., a favor del ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO - OSITRAN con domicilio en Av. Bolivia Nº 144 Piso 19 MORDAZA del Centro Civico de MORDAZA, Cercado de MORDAZA, en adelante OSITRAN, en los terminos siguientes: 1.0 ANTECEDENTES 1.1 Con fecha ...........................del presente se emitio la declaracion de Informacion Reservada de los documentos .............................. 1.2 Con fecha ....................., se puso en conocimiento de ............... la documentacion que ha sido declarada como Informacion Reservada a que hace referencia el parrafo anterior, a efectos de utilizarla en la elaboracion de ......................... 2.0 ALCANCES DEL COMPROMISO En virtud del presente documento, ....................... se compromete a: 2.1 No divulgar ni entregar a terceros, la informacion obtenida, salvo previa consulta y no objecion del Gerente General. 2.2 Guardar absoluta reserva y confidencialidad de la informacion obtenida. 3.0 RESPONSABILIDADES 3.1 OSITRAN esta facultado a sancionar a ...............por el incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos, en virtud de lo dispuesto en el numeral 6) del Articulo 12º del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Acuerdo Nº 92-37-00-CD de la Sesion de Consejo Directivo de fecha 4 de MORDAZA de 2000. Se suscribe el presente compromiso con caracter de Declaracion Jurada, en MORDAZA a los.................. -------------------------- Nombre Nº de documento de identidad 11607

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.