Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2002 (05/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 225899

EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO DE PARQUES HA EXPEDIDO LA SIGUIENTE RESOLUCION: Visto, el Informe Nº 112-2002/SERPAR-LIMA/GG/MML; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdos de Consejo Administrativo Nºs. 52 y 53-2002, del 8 de MORDAZA del 2002, el Consejo Administrativo aprobo la modificacion del Presupuesto del SERPAR-LIMA para el ano 2002 a Nivel Funcional Programatico mediante Anulaciones y Creditos Presupuestarios, lo que ha originado la ampliacion del programa de inversiones; Que, el numeral 3 del Articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que el Plan Anual considerara todas las Adquisiciones y Contrataciones que se realizaran en el Ano Fiscal; Que, mediante Resolucion de Consejo Administrativo Nº 002-2002, del 18 de enero del 2002, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SERPARLIMA, para el Ejercicio Presupuestal 2002; Que, el ultimo parrafo del numeral 4 del Articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 8º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las Licitaciones, Concursos Publicos y Adquisiciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Con la visacion del Gerente General, Director General de Administracion, Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, Director de Asesoria Legal y Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Parques, SERPAR-LIMA, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer se informe al CONSUCODE, a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa sobre la modificacion del Plan Anual de Contratacion y Adquisiciones a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer que el Plan de Adquisiciones y Contrataciones se ponga a disposicion del publico en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Administrativo 11882

Que, la Constitucion Politica del Peru, en el Articulo 191º establece que las municipalidades provinciales, distritales y las delegadas conforme a ley, son organos del gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, toda persona tiene derecho entre otros a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo, al aire y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, segun lo regulado en el Articulo 2º inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo I del Titulo Preliminar del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales - Decreto Legislativo Nº 613 que dispone que toda persona tiene derecho irrenunciable a gozar de un ambiente ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA y asimismo, a la preservacion del paisaje y la naturaleza; Que, las calles, parques, plazas y paseos; los bosques y prados; areas de conservacion y proteccion; las playas, los MORDAZA y MORDAZA con sus cauces y riberas, y otras areas de uso publico tienen caracter de intangibles, inalienables e imprescriptibles, siendo que las Municipalidades no permitiran su aplicacion a fines o modalidades de uso diferentes a las que su caracter de bien publico les impone, conforme a lo establecido en el Articulo 56º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC; Que, dentro de las funciones de las municipalidades reconocidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Articulo 65º inciso 13), en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva esta la de procurar, conservar y administrar en su caso, los bienes de dominio publico, caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos; Que, el MORDAZA de Control como Instrumento de Evaluacion previsto en el Articulo 4º numeral 4.8 de la Ordenanza Nº 67-MSS - Regimen de Aplicacion de Sanciones, permite la revision y periodica actualizacion de las disposiciones municipales para su adecuacion a las reales necesidades y expectativas de la comunidad en su conjunto; Que, el MORDAZA de Legalidad plasmado en el numeral 4.4 del Articulo 4º de la precitada Ordenanza senala que la infraccion y la sancion deben estar establecidas en normas competentes y que los procedimientos de deteccion, notificacion, imposicion y ejecucion de sanciones deben efectuarse conforme a ley; Estando a lo opinado por la Direccion de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Direccion de Fiscalizacion y Control y por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Memorandum Nº 100-2002-DSCMA-MSS e Informes Nºs. 582002-DFC-MSS y Nº 571-2002-OAJ-MSS respectivamente; contando con Dictamenes favorables Nºs. 001-2002CSCMA-MSS y 21-2002-CAL/MSS de las Comisiones de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y de Asuntos Legales respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad aprobo la siguiente:

ORDENANZA PARA LA CONSERVACION DE LAS AREAS VERDES DE USO PUBLICO

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza para la conservacion de las areas verdes de uso publico
ORDENANZA Nº 107-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 24 de junio de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y,

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de la presente ordenanza se circunscribe al distrito de MORDAZA de Surco. Articulo 2º.- DEFINICION Para los fines de la presente ordenanza, las areas verdes comprenden: cesped, plantas ornamentales, arbustos, arboles, jardines existentes en parques, bermas laterales y/o separador central, islas, triangulos, pasajes situados en la via publica de la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. Articulo 3º.- OBJETIVOS Son objetivos de la presente ordenanza: a) Proteger y conservar las areas verdes de uso publico ubicadas en la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. b) Evitar la extraccion, MORDAZA, poda y/o traslado de la MORDAZA ubicada en espacios de dominio publico en forma inadecuada sin la evaluacion y autorizacion municipal.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.