Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2002 (05/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2002
Instancia Primera MORDAZA Recurso Administrativo Reconsideracion Apelacion

NORMAS LEGALES
Organo Competente Direccion Ejecutiva Presidencia

Pag. 225891

SUNASS
Confirman resolucion que sanciono con amonestacion a la EPS Mantaro S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 048-2002-SUNASS-GG
MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2002 VISTOS: El recurso de reconsideracion presentado por la EPS Mantaro S.A., con fecha 17 de MORDAZA del 2002 contra la Resolucion de Gerencia General Nº 031-2002-SUNASSGG; El Informe Nº 134-2002/SUNASS-120, de fecha 13 de junio del 2002, emitido por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 031-2002-SUNASS-GG, la SUNASS amonesto a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Mantaro Sociedad Anonima - EPS MANTARO S.A., por haber incumplido el plazo establecido en la Resolucion de Superintendencia Nº 192-2000-SUNASS para aplicar la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario y ordeno la devolucion de los montos indebidamente cobrados a los usuarios afectados en el periodo comprendido entre marzo y MORDAZA del 2001, mas los intereses de ley que correspondan; Que, con fecha 17 de MORDAZA del 2002, la empresa prestadora interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion de Gerencia General Nº 031-2002-SUNASS-GG, presentando como medios probatorios de su recurso, el Oficio Nº 563-2001/SUNASS-030, el Oficio Nº 601-2001SUNASS-030, el Oficio Nº 602-2001-SUNASS-030 y el Oficio Nº 831-2001-SUNASS-030; Que, mediante Oficio Nº 1068-2002/SUNASS-060, de fecha 27 de MORDAZA del 2002, la SUNASS comunico a la empresa que no habia adjuntado a su recurso de reconsideracion, el documento en el cual constara la designacion del Gerente General y por tanto su facultad para representar a la entidad prestadora, otorgandole un plazo de dos dias habiles contados desde la recepcion del referido oficio para que subsane la omision; Que, dentro del plazo concedido, mediante Oficio Nº 0722002/EPSMMSA-GG la empresa prestadora cumplio con remitir MORDAZA legalizada de la Resolucion de Directorio Nº 010-99-PD/EPSMSA, mediante la cual se designa al Gerente General, dandose por subsanada la omision; Que, la empresa prestadora sustenta su recurso de reconsideracion senalando que mediante Oficio Nº 563-2001/ SUNASS-030, la SUNASS le solicito que remitiera la base de datos de su facturacion comercial a fin de verificar el cumplimiento de la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario; ante lo cual la empresa prestadora respondio que no estaba en condiciones de implementarla, en tanto no podia financiar la colocacion masiva de micromedidores, por lo que solicito su exclusion del referido procedimiento; obteniendo como respuesta que se le convocara a una reunion de coordinacion mediante Oficio Nº 601-2001-SUNASS-030 y Oficio Nº 602-2001-SUNASS-030, en la cual se acordo que la empresa prestadora ingresaria a la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario, en cuanto la SUNASS le remitiera un documento en el que se senalara que no era necesario contar con el 100% de micromedicion, por lo que al haberla aplicado luego de la remision de dicho documento, efectuada mediante Oficio Nº 831-2001-SUNASS-030, considera injusta e ilegal la amonestacion, asi como la devolucion ordenada en la resolucion materia de impugnacion; Que, si bien mediante Oficio Nº 031-2001/EPSMMSAGG, la empresa prestadora solicito su exclusion del ingreso a la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario, cabe precisar que el reordenamiento tarifario es un procedimiento establecido mediante Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, que tiene caracter obligatorio para todas las empresas prestadoras de los servicios de saneamiento, siendo unicamente posible excluir a alguna o diferir el plazo para su aplicacion mediante la dacion de otra resolucion, la cual respecto a EPS MANTARO S.A. no ha sido emitida, por lo que la afirmacion de la empresa prestadora de un acuerdo sobre el particular carece de sustento;

Articulo Segundo.- Los recursos administrativos descritos en el articulo precedente se tramitaran y resolveran de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 11879

IRTP
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del IRTP para el ano fiscal 2002
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 062-2002-IRTP
MORDAZA, 28 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 010-2002-IRTP de fecha 1 de febrero de 2002 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru (IRTP) para el Ano Fiscal 2002; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece entre otros aspectos, que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas; Que, mediante Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 060-2002-IRTP se han aprobado las Normas de Adecuacion al Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Medidas complementarias de Austeridad, normas que establecen el MORDAZA procedimental para la reestructuracion del plan de adquisiciones; Que, existen determinadas modificaciones que deben efectuarse de manera inmediata sin incrementar el monto de las partidas aprobadas, tal es el caso de los "Servicios de Medicion de Niveles de Sintonia", y la necesidad de dar cumplimiento a lo establecido en el laudo arbitral IRTP-Technosystems S.p.A. mediante la "Adquisicion de equipos acondicionadores de poder (AVR)"; De conformidad, con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, el D.S. Nº 013-2001-PCM, con el visto MORDAZA de la Oficina General de Asesoria Legal, Oficina General de Planificacion, la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia Tecnica y las Oficinas de Finanzas y Logistica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru (IRTP) para el Ano Fiscal 2002; aprobado por Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 010-2002-IRTP de fecha 1 de febrero de 2002, de acuerdo a los anexos adjuntos que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias siguientes a la fecha de su aprobacion, y remitir MORDAZA de la misma al CONSUCODE y PROMPYME dentro de los plazos de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA DE OCA Presidente Ejecutivo 11881

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