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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2002 (05/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 225894 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de julio de 2002 las Entidades del Estado que sean necesarias para el al- cance de sus fines; Que, el Consejo Transitorio de Administración Regional del departamento de Lima, ha suscrito con el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano A TRABAJAR UR- BANO, 39 Convenios de Cooperación para la ejecución de igual número de Proyectos en distintos distritos de la pro- vincia de Lima, en los que se encuentra previsto el cofinan- ciamiento de las obras con recursos del CTAR LIMA y del citado Programa de Emergencia Social Productivo Urbano, bajo la modalidad de Administración Directa; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069- 2002-CTAR LIMA-PE del 23 de abril del 2002, se aprobó la desagregación de la Transferencia de Partidas a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional del depar- tamento de Lima dispuesta por el Decreto Supremo Nº 067- 2002-EF, habiéndose destinado la suma de S/. 1,505,856.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTISÉIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) con la finali- dad de atender el cofinanciamiento de la parte correspon- diente al CTAR LIMA en la ejecución de los 39 Proyectos a ejecutarse en el marco de los Convenios de Cooperación suscritos con el Programa de Emergencia Social Producti- vo Urbano A TRABAJAR URBANO; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085- 2002-CTAR LIMA-PE del 24 de mayo del 2002, se aproba- ron los Expedientes Técnicos de los Proyectos correspon- dientes a los 39 Convenios suscritos por el Consejo Transi- torio de Administración Regional del departamento de Lima con el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano A TRABAJAR URBANO; Que, la Gerencia Regional de Administración a través de su Informe de Vistos, solicita se autorice la adquisición por Situación de Urgencia de diversos bienes para el Pro- grama A TRABAJAR URBANO - CTAR LIMA con un Valor Referencial total de S/. 272,214.25 (DOSCIENTOS SETEN- TIDÓS MIL DOSCIENTOS CATORCE Y 25/100 NUEVOS SOLES), toda vez que su ausencia extraordinaria e impre- visible compromete en forma directa e inminente la conti- nuidad de los 33 Proyectos ya iniciados; Que, los Artículos 19º inciso c) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el Artículo 105º de su reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que están exonerados de los procesos de Licitación Públi- ca o Adjudicación Directa, según sea el caso; las adquisi- ciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía y se harán mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los re- quisitos establecidos en las Bases, con autorización ex- presa del Titular del Pliego; Que de acuerdo a lo previsto por el Artículo 21º del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Artículos 108º inciso 2), 115º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por De- creto Supremo Nº 079-2001-PCM corresponde declarar la Situación de Urgencia debido a la necesidad de la adquisi- ción de diversos bienes para asegurar la continuidad de los 33 Proyectos ya iniciados del Programa A TRABAJAR URBANO - CTAR L IMA con un Valor Referencial total as- cendente a S/. 272,214.25 (DOSCIENTOS SETENTIDÓS MIL DOSCIENTOS CATORCE Y 25/100 NUEVOS SOLES) y se exonera la adquisición del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública; Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica median- te Informe Nº 044-2001-CTAR LIMA-GRAJ, ha emitido el Informe Legal, opinando sobre la procedencia de la exone- ración de acuerdo a lo señalado por el Artículo 19º inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en consecuencia resulta conveniente la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva mediante la cual se declara en situación de urgencia la adquisición de diver- sos bienes para asegurar la continuidad de los 33 Proyec- tos ya iniciados del Programa A TRABAJAR URBANO - CTAR LIMA con un Valor Referencial total ascendente a S/. 272,214.25 (DOSCIENTOS SETENTIDÓS MIL DOS- CIENTOS CATORCE Y 25/100 NUEVOS SOLES) y se exo- nera la adquisición del proceso de selección de Adjudica- ción Directa Pública;Con la conformidad de la Secretaría Técnica y las visa- ciones de la Gerencia Regional de Planificación, Presupues- to y Desarrollo Institucional; de la Gerencia Regional de Administración; de la Gerencia Subregional de Lima y de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del CTAR LIMA; De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 20º inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y en uso de la atribución conferida por el Artículo 15º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones del CTAR LIMA, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 013-2002-CTAR LIMA-PE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia la Adquisición de diversos bienes con un Valor Referencial total ascendente a S/. 272,214.25 (DOSCIENTOS SETENTIDÓS MIL DOSCIENTOS CATORCE Y 25/100 NUEVOS SOLES) para garantizar la continuidad de la eje- cución de los 33 Proyectos ya iniciados del Programa A TRABAJAR URBANO - CTAR LIMA. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de selección de Adjudicación Directa Pública la adquisición de diversos bienes para el programa A TRABAJAR URBANO - CTAR LIMA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Autorizar al Comité Especial Perma- nente de Adquisiciones de Bienes y Servicios del CTAR LIMA, para la Adquisición de diversos bienes para el Pro- grama A TRABAJAR URBANO-CTAR LIMA mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía con un Valor Referencial total de S/. 272,214.25 (DOSCIENTOS SETENTIDÓS MIL DOSCIENTOS CATORCE Y 25/100 NUEVOS SOLES). Artículo Cuarto.- La Gerencia Regional de Admi- nistración en coordinación con la Gerencia Subregional de Lima adoptará las acciones correspondientes para la reali- zación de los procesos de selección que resulten necesa- rios para las adquisiciones y contrataciones definitivas que aseguren la culminación de los Proyectos del Programa A TRABAJAR URBANO-CTAR LIMA dentro del marco pre- supuestal aprobado. Artículo Quinto.- Copia de la presente Resolución y de sus antecedentes será remitida a la Contraloría Gene- ral de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE PINEDO MANRIQUE Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional del Departamento de Lima - CTAR LIMA 11894 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen Régimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tribu- tarias y No Tributarias - RESTE ORDENANZA N° 386 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión de la fe- cha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 192º de la Consti- tución Política del Perú, las municipalidades tienen compe- tencia para administrar sus bienes y rentas así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licen- cias y derechos municipales;