Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2002 (14/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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cion del acta, por Unanimidad aprobo la siguiente Ordenanza; QUE DECLARA INAPLICABLE EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA LA ORDENANZA Nº 290 EMITIDA POR LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Articulo Unico.- Precisar que la Ordenanza Nº 290 de fecha 18.SET.2000 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es inaplicable a los procedimientos administrativos iniciados durante la vigencia del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 0294-JUS, por las consideraciones juridicas expuestas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 12616

Establecen regimen excepcional para el otorgamiento de autorizacion municipal de funcionamiento, anuncios, publicidad y certificado de autorizacion municipal
ORDENANZA Nº 112-MSS MORDAZA de MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion establece en sus Articulos 191º y 192º que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establece que es funcion municipal en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, el Articulo 3º de la precitada MORDAZA establece que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; asimismo el Articulo 62º establece que corresponde a las Municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, entre otros; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF consagra el MORDAZA de Legalidad, que establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la ley; Que, el distrito de MORDAZA de MORDAZA cuenta con zonas poblacionales de especiales caracteristicas socioeconomicas, legal o de ubicacion territorial, con habilitacion MORDAZA y sin habilitacion MORDAZA concluida o que cuentan con habilitaciones ejecutadas no regularizadas en las que desarrollan actividades comerciales, artesanales y de servicio sin contar con la correspondiente Autorizacion Municipal de Funcionamiento, de Anuncios y Publicidad y de Toldos;

Que, resulta necesario brindar facilidades administrativas a los conductores de los locales comerciales que se encuentran dentro de las areas MORDAZA referidas, a fin que puedan ingresar al MORDAZA laboral formalmente, estimulando asi la creacion de MORDAZA de trabajo y la formalizacion de las actividades comerciales que se desarrollan en dichos establecimientos comerciales; Que, por los considerandos anteriores es necesario dictar una MORDAZA de caracter excepcional que tenga como objetivo atender la necesidad de formalizacion gradual de las actividades comerciales, artesanales y de servicios ejercidas por personas naturales, o juridicas que se encuentran dentro de los supuestos anteriormente mencionados, en especial las ejercidas por los vecinos de los Asentamientos Humanos, Urbanizaciones Populares, Cooperativas y Asociaciones de Vivienda que cuenten o no con habilitacion MORDAZA, comprendiendose tambien a los vecinos de las zonas de limite distrital con los distritos de San MORDAZA de Miraflores, Chorrillos y Barranco; Estando a lo opinado por la Direccion de Comercializacion y por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informes Nºs. 139-2002-DC-MSS y 954-2002-OAJ-MSS respectivamente, contando con Dictamenes favorables Nºs. 001-2002CC-MSS, 024-2002-CEPP/MSS y 31-2002-CAL/MSS de las Comisiones de Comercializacion, de Economia, Planificacion y Presupuesto y de Asuntos Legales respectivamente; De conformidad a lo establecido en el numeral 3) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; adopto la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE UN REGIMEN EXCEPCIONAL PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO, ANUNCIOS y PUBLICIDAD, TOLDOS Y CERTIFICADO UNICO DE AUTORIZACION MUNICIPAL EMPRESARIAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES EN DETERMINADOS GRUPOS POBLACIONALES DEL DISTRITO Articulo 1º.- La presente Ordenanza regula el tramite para la obtencion de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, Anuncios y Publicidad, Toldos y Certificado Unico de Autorizacion Municipal Empresarial (CUAME), de establecimientos comerciales, artesanales y de servicios que se ubiquen en los grupos poblacionales de las Areas de Estructuracion I y II. Articulo 2º.- Establezcase como periodo para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza el comprendido a partir de su vigencia hasta el 31.DIC.2002. Articulo 3º.- Las personas comprendidas dentro de lo dispuesto en el Articulo Primero que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza se encuentran exentas de la obligacion de presentar Licencia de Construccion, Certificado de Conformidad de Obra y/o Declaratoria de Fabrica del inmueble donde funcionara el establecimiento comercial, artesanal o de servicios. Dicha exoneracion, no exime al interesado de su obligacion de obtenerlas para cualquier obra de edificacion o para acreditar su finalizacion o para el reconocimiento legal de una edificacion, segun sea el caso, de conformidad con lo establecido por los numerales 4.40 y 4.41 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Nº 94-MSS. Articulo 4º.- Las personas que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza podran obtener la Autorizacion Municipal de Funcionamiento, Anuncios y Publicidad, Toldos y Certificado Unico de Autorizacion Municipal Empresarial (CUAME) en virtud de los siguientes requisitos: 1. Presentar Titulo de Propiedad, MORDAZA de Adjudicacion y/o documento fehaciente que acredite su legitima posesion sobre el inmueble donde funcionara el establecimiento comercial, artesanal o de servicios. 2. Presentar Certificado de Acondicionamiento y Compatibilidad de Uso para Establecimientos Comerciales el cual debera indicar que el establecimiento se encuentra en una zonificacion conforme y que cuenta con el acondicionamiento minimo indispensable para su funcionamiento. 3. Presentar recibos de suministro electrico y de agua potable (opcional). 4. Presentar MORDAZA de su Declaracion Jurada de Autoavaluo del Impuesto Predial, mecanizada o manual. Articulo 5º.- Los criterios tecnicos de uso de suelo que se adoptaran para el otorgamiento de la Autoriza-

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