Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2002 (14/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2002

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2002-MDSA MORDAZA MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el dia MORDAZA 28 de MORDAZA del ano en curso se celebra el CENTESIMO OCTOGESIMO PRIMER ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERU. Que, en conmemoracion de esta magna ocasion se hace necesaria la participacion civica del vecindario con el EMBANDERAMIENTO de los distintos locales, tanto publicos como privados y viviendas en nuestra jurisdiccion, como muestra de reconocimiento a las precitadas efemerides de la Patria. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confiere el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA, desde el dia 26 hasta el 30 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- En caso de incumplimiento del presente Decreto, los infractores se haran pasibles a las sanciones y multas correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12430

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, en el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asi tambien pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 13599-EF, en su Articulo 41º, establece que la deuda solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio respecto al Impuesto Predial; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y contando con el MORDAZA Unanime, la Sesion de Concejo aprueba la siguiente: ORDENANZA DEL OBJETO: Articulo 1º.- Establezcase el Beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA, a fin de que los mismos puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias de administracion municipal, asi como las sanciones administrativas por infracciones a las disposiciones municipales, e inclusive a los contribuyentes que se encuentran en procedimiento de Cobranza Coactiva. DEL AMBITO DE APLICACION: Articulo 2º.- El Beneficio a que se refiere el articulo precedente se aplicara a los siguientes conceptos: a) Impuesto Predial b) Multas Administrativas c) COCOA d) Fraccionamientos: Predial, Nichos, Licencias, Multas, etc. DE LOS ALCANCES:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Otorgan beneficio de amnistia tributaria y administrativa por concepto de Impuesto Predial, Multas Administrativas, COCOA y Fraccionamientos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 038-2002-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2002 Visto: En Sesion de Comision de fecha 10.7.2002, el Informe Nº -GLVES-OR, proveniente del Director de Rentas, sobre la MORDAZA de Amnistia Tributaria y Administrativa; POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de Concejo del 11 de MORDAZA del 2002; CONSIDERANDO: Que, es necesario mejorar la captacion de los recursos provenientes de los ingresos propios, desarrollar un mayor compromiso del contribuyente para el progreso del distrito; Que, se viene observando que en el distrito existe aun un alto indice de omision tributaria, producto de la recesion economica y desempleo que existe en nuestro MORDAZA, la que no permite a la poblacion de nuestro distrito cumplir con sus obligaciones tributarias correspondientes al pago de Impuesto Predial, Multas Administrativas, COCOA y Fraccionamientos;

Articulo 3º.- El Beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa comprende: a) En el caso del IMPUESTO PREDIAL: - Condonacion del Interes Moratorio - Condonacion del Factor de Actualizacion - Condonacion de la Multa Tributaria b) En el caso de MULTAS ADMINISTRATIVAS: - Reduccion del 70% del monto total de la multa c) En el caso de COCOA: - Condonacion del Interes Moratorio - Reduccion del 50% del monto de la deuda insoluta. d) En el caso de FRACCIONAMIENTOS: Predial, Nichos, Licencias, Multas, etc. - Condonacion de Interes Moratorio - Condonacion del Factor de Actualizacion - Compensacion de los intereses cancelados por el tributo insoluto. e) De Costas y Gastos Administrativos: Exonerar el 50% de las costas generadas a la fecha y establecer por concepto de gastos administrativos la suma de S/. 31.00 nuevos soles equivalente al 1% de la UIT, a todas las deudas que hayan sido notificadas por la via del procedimiento coactivo y que se acojan al beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa. DE LOS ALCANCES: Articulo 4º.- Establezcase durante la vigencia de la presente amnistia, la siguiente forma de pago: a) Pago al contado b) Pago fraccionado * Para el caso de las deudas en cobranza administrativa, el fraccionamiento se efectuara de la siguiente manera:

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