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Pág. 226425 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de julio de 2002 Ley Nº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades, el Con- cejo ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA CONDONACIÓN GENERAL DE INTERESES MORATORIOS Y MULTAS TRIBUTARIAS Y RÉGIMEN DE INCENTIVOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS PARA PRONTOS Y ANTICIPADOS PAGOS TRIBUTARIOS Artículo Primero.- Concédase en el distrito de La Vic- toria y por el período que comprende del 15 de julio al 16 de agosto del presente año, una condonación general de intereses moratorios y multas tributarias, para las obliga- ciones tributarias de los ejercicios vencidos, incluyendo las del año 2002. El presente beneficio no podrá ser extensivo a las deu- das tributarias sometidas a régimen de fraccionamiento y sólo se extenderá a las cobranzas en proceso de recla- mación tributaria o cobranza coactiva, si mediara desisti- miento de parte del contribuyente, con lo cual se condo- naran las costas procesales incurridas. Artículo Segundo.- Apruébese el Régimen de Incen- tivos para el pago de multas administrativas, a cargo de los obligados, por un plazo que vencerá el 16 de agosto del 2002, el mismo que supone la siguiente secuencia: El importe de la multa se reducirá en un 90% si el obligado se apersona voluntariamente a cancelarla y a subsanar la infracción. El importe de la multa se reducirá en un 80% si el obligado presentó reclamación o medio impugnatorio al- guno que se halle en trámite, para lo cual deberá forma- lizar su desistimiento, realizar el pago y subsanar la in- fracción que motivó la multa. El importe de la multa se reducirá en un 60% si el cobro de la misma se hallara en la vía coactiva y el obli- gado se desiste del procedimiento, con lo que igualmen- te cancelará sólo el 50% de las costas procesales, y sub- sana la infracción. Artículo Tercero.- Apruébese como estímulo para lograr el pronto pago de deudas tributarias por vencer y/o deven- gar, en los Arbitrios Municipales, un descuento que no será menor al diez por ciento (10%) ni superará el veinte por cien- to (20%) y se podrá conceder hasta el 16 de agosto del 2002, previo Informe técnico en cada caso de la Dirección de Rentas y de conformidad al Reglamento de la presente Ordenanza que se aprobara vía Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto, reglamente detalles relacionados a las disposiciones de la presente Ordenanza y su mejor cum- plimiento. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 12329 Facultan al alcalde aceptar canje de deudas tributarias y no tributarias vi- gentes al 31 de diciembre de 2001 por bienes o servicios ORDENANZA Nº 086-MDLV La Victoria, 28 de junio de 2002 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: El Concejo Municipal de La Victoria, en Sesión Ordi- naria de la fecha; Visto, el Proyecto de Ordenanza que amplía la facultad para el Canje de Deuda Tributaria y/o No Tributaria por Bienes y/o Servicios; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de julio del 2000, el Concejo Munici- pal de La Victoria, aprobó la Ordenanza Nº 048-MDLV, lamisma que fuera publicada en el Diario Oficial “El Perua- no” con fecha 9 de julio del 2000, mediante la cual se dispuso y normó la facultad de la Administración Tributa- ria Municipal de aceptar el Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 1999, por Bienes y/o Servicios a ser entregados por los señores contribuyentes que así lo decidan, a fin de extin- guir sus deudas con la Municipalidad; Que, habiendo transcurrido casi dos (2) años desde dicha decisión, una observación de la situación de nu- merosos contribuyentes de nuestro distrito, hace concluir que actualmente se mantiene y en algunos casos se ha agudizado el contexto de dificultades para poder cumplir con el pago oportuno de las deudas tributarias y de las deudas de orden administrativo, y en general, de índole no tributario, a cargo de los señores contribuyentes; Que, las mismas razones que en julio del 2000, hicie- ron posible la aprobación de la Ordenanza Nº 048-MDLV, se presentan en la realidad económica de muchos veci- nos contribuyentes de La Victoria, por lo que este Con- cejo debe normar conforme al contexto existente, a fin de brindar las máximas facilidades para la extinción de las deudas tributarias y no tributarias, mediante la entre- ga de aquellos bienes y/o servicios que son necesarios para la administración municipal en su gestión hacia la Comunidad; Estando a las disposiciones establecidas en los Arts. 191º y 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú y el pronunciamiento favorable emitido por la Comi- sión de Economía y Presupuesto del Concejo Municipal; En uso de las atribuciones previstas en el Art. 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de las Municipalida- des, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Facultar al Alcalde de la Munici- palidad Distrital de La Victoria, para que acepte como medio de extinción de las deudas tributarias y no tributa- rias, vigentes al 31 de diciembre de 2001, el canje de las mismas con bienes y/o servicios entregados por tales contribuyentes, previa evaluación y calificación de la Co- misión Técnica designada con tal fin y de acuerdo a los procedimientos previstos en la Directiva que para estos efectos se aprobará mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Facúltese al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposicio- nes complementarias de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El peruano, quedando sin efecto la Ordenanza Nº 048-MDLV. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 12327 Aprueban Directiva "Procedimientos para la Evaluación y Calificación de solicitudes sobre canje de Deudas Tri- butarias y No Tributarias" DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-02-MDLV La Victoria, 28 de junio del 2002 EL ALCALDE DE LA VICTORIA Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las municipalida- des son órganos de gobierno local, con autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, con fecha 28 de junio del 2002, el Concejo Mu- nicipal de La Victoria, aprobó la Ordenanza Nº 086-MDLV, donde faculta al Alcalde de la Municipalidad de La Victo- ria, para que acepte como medio de extinción de las Deu-