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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (16/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 224813 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de junio de 2002 Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman los cargos de alcalde y regidor del Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 195-2002-JNE Lima, 11 de junio de 2002 Expediente Nº 302-2002 Visto el Expediente sobre vacancia del cargo de Alcal- de del Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cuter- vo, departamento de Cajamarca, que ejerce don Abel De- metrio Muñoz Altamirano, por las causales de ausencia de la localidad por más de 30 días sin autorización del Conce- jo, cambio de domicilio fuera de la jurisdicción e inconcu- rrencia injustificada a sesiones de Concejo; y el recurso de revisión interpuesto por el citado Alcalde contra el acuerdo de concejo de fecha 3 de abril de 2002 que declaró la va- cancia de su cargo municipal; CONSIDERANDO: Conforme aparece en el acta de sesión de fecha 3 de abril de 2002, cuya copia legalizada corre a fojas 176 y 177, el Concejo Distrital de Pimpingos acordó declarar la vacancia del cargo de Alcalde que ejerce don Abel Deme- trio Muñoz Altamirano, con el voto aprobatorio de cinco (5) de sus seis (6) miembros, aduciendo que el citado burgo- maestre ha incurrido en las causales de ausencia de la localidad por más de 30 días consecutivos sin autorización del Concejo, cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad e inconcurrencia injustificada a las sesio- nes de Concejo, previstas en los numerales 2), 4) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, a efectos de resolver el recurso de revisión inter- puesto por Abel Demetrio Muñoz Altamirano contra el acuer- do de vacancia, se ha procedido a verificar la observancia de las formalidades en la aprobación del mismo, consta- tándose que dicho acuerdo fue adoptado en sesión convo- cada por el Teniente Alcalde, quedando acreditado con los cargos y demás documentos que obran de fojas 142 a 173, que los Regidores del Concejo de Pimpingos solicitaron al Alcalde, de manera reiterada y hasta en tres oportunida- des, que convoque a sesión para tratar la situación de la Municipalidad de Pimpingos, especialmente el problema de la desatención del Registro Civil, entre otros puntos de agen- da, sin que el Alcalde haya respondido a dichos pedidos, por lo que el Teniente Alcalde convocó a las sesiones de fechas 30 de enero, 19 de febrero y 12 de marzo de 2002, las que fueron celebradas en ausencia del Alcalde, pese a habérsele notificado oportunamente, con arreglo a lo dis- puesto por el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; procediendo, posteriormente, a convo- car a sesión para el 3 de abril de 2002 teniendo como pun- to de agenda la declaración de vacancia del cargo del Al- calde, cumpliendo para ello con la debida notificación al interesado, diligenciada el 23 de marzo de 2002 por el Juez de Paz en presencia de la Teniente Gobernadora y dirigida simultáneamente al domicilio del Alcalde señalado en la localidad de Pimpingos, y a los locales de la Municipalidad Distrital y de la Oficina de Coordinación Municipal del ca- serío de Cuycas, siendo que los tres lugares mencionados se encontraban cerrados y sin persona alguna con quien tratar, habiéndose pegado las notificaciones en los respec- tivos frontis, así como en el local del Juzgado de Paz en el anexo de Cuycas, tal como se indica en la constancia de fojas 175 extendida en forma conjunta por las dos autori- dades distritales antes señaladas; Que fluye de autos que el Concejo Distrital de Pimpin- gos no ha desarrollado sus actividades con normalidad desde el 21 de enero de 2001, fecha en que el local muni- cipal fue cerrado por actos de violencia provocados por un grupo de pobladores, lo que motivó el traslado provisional de parte de la administración municipal al caserío de Cuy- ca, dentro del mismo distrito; sin embargo, al margen de la justificación dada para adoptar tal medida, los Regidores indican que el Concejo no volvió a reunirse hasta la fecha por falta de convocatoria por parte del Alcalde, ya que éste se ausentó de la localidad a partir de tales hechos y a fin de atender asuntos judiciales en la ciudad de Jaén; afirma- ción que don Abel Demetrio Muñoz Altamirano no ha des-virtuado, limitándose a señalar que los servicios municipa- les se vienen brindando parcialmente desde el caserío de Cuyca; Que la situación irregular de la Municipalidad de Pimpin- gos no ha sido solucionada pese al tiempo transcurrido, significando un permanente perjuicio para los vecinos del distrito, pues, conforme indica el Registrador Civil en los documentos de fojas 102 y 103, dicha Municipalidad no atiende las respectivas inscripciones registrales limitándose a recibir los certificados de nacimientos para una futura inscripción, en tanto se restablezca el servicio; Que está plenamente establecido, y no es punto de controversia, que Abel Demetrio Muñoz Altamirano ha dejado de residir en la localidad de Pimpingos, situación que ha sido precisada expresamente por el propio vaca- do, quien manifiesta haber fijado domicilio en el caserío de Cuyca donde ha instalado la Oficina de Coordinación Municipal; sin embargo, tampoco ha sido ubicado en di- cho lugar para efectos de ser notificado, existiendo en contrario abundante información que da cuenta de su cambio de domicilio a la ciudad de Jaén, tal como se observa en los certificados domiciliarios expedidos por la Comisaría PNP de Jaén en fechas 6 de marzo y 11 de abril de 2002, que señalan que dicho ciudadano tiene domicilio en Prolongación Raimondi Nº 104, Urbaniza- ción San Belisario, Jaén, quedando acreditado su cam- bio de domicilio no sólo fuera de la jurisdicción del distri- to, sino también de la provincia de Cutervo; Que como se ha podido determinar, don Abel Demetrio Muñoz Altamirano está incurso en las casuales de vacan- cia que se le imputa, por lo que debe hacerse efectiva la vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Pim- pingos que ostenta y llamarse en su reemplazo a don Mar- ciano Contreras Delgado por ser el primer Regidor hábil que sigue en la misma lista electoral, lista independiente Adelante Pimpingos, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853 y el Artículo 35º de la Ley de Eleccio- nes Municipales Nº 26864; Que, asimismo, es menester convocar al candidato no proclamado que debe integrar el Concejo Distrital de Pim- pingos en calidad de Regidor, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 28º inciso 2) de la Ley Orgánica de Munici- palidades, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista electoral, en este caso al ciudadano Radegundo Díaz Silva de la lista independiente Adelante Pimpingos; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por don Abel Demetrio Muñoz Altami- rano contra el acuerdo de fecha 3 de abril de 2002 del Con- cejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departa- mento de Cajamarca, que declaró la vacancia del cargo de Alcalde que ejercía el recurrente. Artículo Segundo.- Llamar a don Marciano Contreras Delgado para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, en el período de gobierno municipal 1999 - 2002; debiéndosele otorgar la credencial que lo acredite como tal. Artículo Tercero.- Convocar a don Radegundo Díaz Silva, candidato no proclamado de la lista independiente Adelante Pimpingos para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, en el período de gobierno municipal 1999 - 2002; otorgándosele la credencial corres- pondiente. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 10693