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NORMAS LEGALESPág. 224798 Lima, domingo 16 de junio de 2002Comisión de Libre Competencia Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Derechos Auto- Evaluación Previa donde se inicia Recurso de resuelve la Apelación Autoridad que Formales (Nota 1 ) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. el procedimiento Reconsideración Solicitud y la y/o resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo Reconsideración Adhesión Apelación 2. Descripción de la Estructura de Propiedad y Control de cada una de las personas o empresas que participan en la (Nota 7) la Resolución Tribunal de Operación de Concentración, incluyendo la de las empresas que pertenezcan al mismo grupo; Indecopi 3. Descripción de los vínculos personales, de propiedad, y/o de gestión existentes entre cada una de las Personas o Empresas comprendidas en el punto anterior respecto de otras Empresas que operan en el mercado o en mercados relacionados; 4. Descripción de los pormenores de la Operación de Concentración y Relación de los Mercados afectados por la Operación; 5. Información relativa a los mercados afectados por la Operación de Concentración: ámbito geográfico del mercado afectado, grado de competencia existente en el mercado, elementos que determinan la facilidad o dificultad de acceso al mercado en el que se ha de verificar la concentración, entre otros; 6. Descripción detallada de los efectos de la operación sobre el mercado, así como de las eficiencias económicas generadas; y: 7. Copia de los documentos definitivos o más recientes relativos al cierre de la Operación de Concentración; copia de los análisis o estudios llevados a cabo por las Empresas Involucradas en la operación a efectos de evaluar la Operación de Concentración en cuanto a las condiciones de Competencia, los competidores y la situación de mercado. Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 21º, publicado el 6 de Noviembre de 1992 Decreto Legislativo 807 Art 49º, publicado el 18 de abril de 1996 (Nota 1) La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descentralizada (Nota 2) Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo en cada uno de los Procedimientos. (Nota 3) Deberá presentarse copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica (Nora 4) Los Poderes deberán cumplir con las siguientes formalidades. De ser el caso: A. Personas Naturales : la representación deberá constar en Carta Poder simple B. Personas Jurídicas : intervendrán en el proceso a través de sus Representantes Legales, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos Poderes, para lo cual será suficiente la presentación de la copia de los documentos respectivos. C. Poderes otorgados en el extranjero , éstos deberán contener además Visación Consular (Nota 5) Contados a partir de la emisión del Informe Técnico de la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia, según lo establecido en el artículo 142 de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 701 (Nota 6) El formato esta disponible en la página web del Indecopi www.indecopi.gob.pe o puede ser recabado en la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi. (Nota 7) Hasta un límite de 50 UIT, según lo establecido en el Artículo 12 de la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico, Ley Nº26876 (Nota 8) Contados a partir del inico del plazo conforme lo previsto en el artículo 18 del Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI o de ser el caso contados a partir de lo previsto en el artículo 24 y 25 del Decreto Supremo Nº 017-98-ITINCI, conforme a lo establecido en el Artículo 142 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Nota 9): Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 227.1 º Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación Autoridad que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación 1. Procedimiento para Evitar y Corregir las Distorsiones de la Competencia en el Mercado Generadas por el Dumping o Subvenciones 1. Solicitud de inicio de Investigación por Prácticas de Dumping o Subvenciones (Nota 3), o de Examen (Nota 4) de 80% UIT üSecretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa derechos definitivos, consignando datos de identificación, domicilio y actividad económica del solicitante, así (*) (Nota 6) de la Comisión de Procede dentro de Fiscalización de Procede dentro de de la como copia de los documentos que acrediten su existencia y a su Representante Legal (Nota 5), de ser el caso. Fiscalización de los 15 días hábiles Dumping y Subsidios los 15 días hábiles Competencia Dumping y de notificada de notificada 2. Cuestionario para empresas solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir: Subsidios la Resolución la Resolución Tribunal de No procede contra No procede contra Indecopi A) Para el caso de empresas productoras solicitantes de inicio de investigación por Prácticas de Dumping Resolución que Resolución que o Subvenciones, impone Derechos impone Derechos - Pruebas sobre la representatividad del Solicitante dentro de la rama de producción nacional o constancias de apoyo Provisionales Provisionales por parte de productores nacionales no solicitantes - La descripción completa del producto objeto de Dumping o Subvención - El país de exportación y de origen - La identidad de cada productor y exportador extranjero conocido - La lista de importadores, pruebas sobre los precios a los que se vende en el país de origen (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial) - Datos sobre la evolución del volumen de importaciones - Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno - Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros. - La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos.