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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (16/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 224800 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de junio de 2002Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de DerechosAuto-Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación Autoridad que Formales (Nota 1) de TrámitemáticoSil. Adm.Sil. Adm. inicia el ReconsideraciónSolicitud y la y/o resuelve la (Nota 2) PositivoNegativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación En el caso que el o los solicitantes representen más del 50% de la Producción Nacional Total del Producto Similar de que se trate las cartas de apoyo serán accesorias. (Nota 4)Comprende a todos los exámenes establecidos en el Decreto Supremo N° 133-91-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, en el Decreto Supremo N° 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo N° 144-2000-EF y en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio. (Nota 5)Los poderes deberán cumplir las siguientes formalidades: A.En el caso de Personas Naturales; la representación deberá constar en Carta Poder simple B.En el caso de Personas Jurídicas; intervendrán en el proceso a través de sus Representantes, quienes deberán actuar acreditados con los respectivos poderes, para lo cual será suficiente la presentación de la copia de los documentos respectivos. C.En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además la Visación Consular correspondiente y su Visación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Nota 6)De conformidad con lo establecido en el Artículo 5.10 del Acuerdo sobre la Aplicación del Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio, el plazo no podrá exceder de 18 meses De conformidad con lo establecido en el Artículo 11.11 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la Organización Mundial del Comercio el plazo no podrá exceder de 18 meses (Nota 7)El Solicitante o los Solicitantes en conjunto deberán representar cuando menos el 50% de la Producción Nacional Total del Producto de que se trate. Excepcionalmente en el caso de producción nacional fragmentada podrá iniciarse investigación con el apoyo de por lo menos el 25% de la producción nacional total (Nota 8)Deberá ser entregado a la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la Resolución de Inicio de Investigación. (Nota 9)De conformidad con lo establecido en el Artículo 16º del Decreto Supremo Nº020-98-ITINCI, la Comisión dispone de un plazo de 6 meses para concluir la investigación. De existir motivos para ello; a criterio de la Autoridad investigadora; el plazo podrá ser ampliado, por una sola vez, en dos meses adicionales. Gerencia de Administración y Sistemas Requisitos Calificación Dependencia Autoridad Recurso Autoridad Recurso Autoridad DerechosAuto-Evaluación Previa donde se Recurso de que de que de que Formales (****) de TrámitemáticoSil.Adm.Sil.Adm.inicia el Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Revisión resuelve la (*) PositivoNegativo procedimiento Solicitud Apelación Revisión 1. Recurso de Apelación en Procesos de Seleccción de Proveedores de Bienes y Servicios El recurso de apelación deberá cumplir con los siguientes requisitos: Costo de Sí Jefatura de No Contemplado———————- 10% UIT Gerente La tasa CONSUCODE 1.Estar dirigido al Presidente del Comité Especial; Reproducción Plazo: Logística Procede General está fijada 2.Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad,de las Bases 10 días y dentro en el TUPA o su denominación o razón social. útiles Control de los de En caso de actuación mediante representante, se acompañará la documentación que acredite tal (**) Patrimonial 5 días CONSUCODE representación; siguientes 3.Señalar domicilio procesal y número de facsímil o dirección electrónica propia, si los tuviere; Plazo de haber 4.El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de la pretensión; 5 días tomado 5.Los fundamentos de hecho; útiles conocimiento 6.Los fundamentos de derecho; (***) del Acto 7.Las pruebas instrumentales en caso de haberlas; 8. El comprobante de pago de la tasa correspondiente, de conformidad con el Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad, si fuese el caso; 9.Firma del impugnante o de su representante; 10.Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera; y 11.Autorización de abogado, en los casos de licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas públicas y siempre que la defensa sea cautiva. La omisión del requisito señalado en el inciso 1) será subsanada de oficio por la Entidad. La omisión de los requisitos señalados en los incisos 2) al 11) deberá ser subsanada por el impugnante dentro del plazo máximo de dos (2) días desde la presentación del recurso. El plazo otorgado para la subsanación suspende todos los plazos del procedimiento de impugnación. Transcurrido el plazo a que se contrae el párrafo anterior sin que se hubiese subsanado la omisión, la Entidad declarará inadmisible el recurso y ordenará el archivamiento del expediente, continuándose el trámite del proceso de selección, salvo que el interesado interponga recurso de revisión. Base Legal: D.S.Nº012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publicado el 13/feb/ 2001 y D.S.Nº013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publicado el 13/feb/2001, Artículos 166º al 171º (*) Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo (**) Contados a partir de la interposición o subnación del Recurso, si se trata de impugnaciones que recaigan sobre el Otorgamiento de la Buena Pro (***) Contados a partir de la interposición o subnación del Recurso, si se trata de impugnaciones distintas al Otorgamiento de la Buena Pro (****) La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descentralizada