Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2002 (16/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

ANEXO A TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Derechos en base a la Unidad Impositiva Tributaria Vigente para el ano 2002 : aprobado mediante Decreto Supremo Nº 241-2001-EF de fecha 28-12-2001.
A.- ELECCIONES MUNICIPALES REQUISITOS
Silen. (+) Silen. (-) No Reg.

ITEM

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO % UIT Org. Polit. Distrital 2.5% UIT, S/. 77.50 Org. Polit. Prov. 3.5% UIT, S/. 108.50 En ambos casos mas costo public. de resoluciones. X Oficinas Regionales del RENIEC o JEE corresp.

CALIFICACION AUTOM. EVALUACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE JEE Cabe interponer tacha ante el JEE, acompanando comprobante de pago en el Banco de la Nacion a nombre del JNE por 25% UIT, S/. 775.00

AUTORIDAD QUE RESUELVE LA IMPUGNACION JEE Procede recurso de apelacion ante el JNE; se interpone ante JEE, adjunt. comprob. de pago, el JEE eleva lo actuado al JNE (art. 34º Ley N° 26859, modific. por el art. 3º de la Ley N° 27369 ).

MORDAZA, MORDAZA 16 de junio de 2002

1.1

Inscripcion y registro de organizaciones politicas locales (art. 9° de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864, modif. por el art. 1° de la Ley N° 27734; y, art. 8° de la Resolucion N° 109-2002-JNE).

*Los documentos pueden ser presentados directamente ante las oficinas regionales del RENIEC, comunicando inmediatamente al JNE o JEE correspondiente; o ante JEE o JNE *La solicitud sera suscrita por los representantes de la organizacion politica local. *Plazo: Hasta 120 dias naturales MORDAZA de las elecciones. *Presentar la relacion de adherentes equivalente al 2.5% de electores habiles de la cincunscripcion del Distrito o Provincia en que postula la lista. *Puede incluirse la relacion de los cuatro personeros ha acreditarse ante el JEE (legal, alterno y los dos tecnicos), o hacerlo posteriormente. *Adjuntar comprobante de pago del Banco de la Nacion a nombre del JNE, mas costo de publicacion de la resolucion provisional y definitiva (&). Concejos con 7 o menos Regidores, 0.5% UIT, S/. 15.50 por cada uno de los integrantes de la lista de candidatos Concejos con mas de 7 Regidores, 1% UIT, S/. 31.00 por cada uno de los integrantes de la lista de candidatos En ambos casos mas costo public. de resolucion de inscripcion de la lista y del plan de gobierno. X JEE corresp.

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NORMAS LEGALES

Inscripcion y registro de lista de candidatos a MORDAZA y Regidores de los Concejos Municipales distritales y provinciales (art. 10° de la Ley N° 26864 modif. art. 1° Ley N° 27734).

JEE verifica requisitos sustanciales y resuelve. Procede recurso de apelacion ante el JNE; se interpone ante JEE, adjuntando comprobante de pago, el JEE eleva lo actuado al JNE (art. 34º de la Ley N° 26859, modific. por el art. 3º de la Ley N° 27369 ).

* Solicitud dirigida al JEE respectivo, hasta 90 dias naturales anteriores al dia de las elecciones. * Nombre de la organizacion politica o alianza electoral nacional, regional o local. * Apellidos, nombres, firma (conforme aparece en el DNI), numero del DNI del candidato y su domicilio real. * Numero correlativo que indique la posicion de los candidatos a Regidores en la lista; que debe estar conformada por el 30% de hombres o mujeres y un minimo del 15% de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios de cada provincia correspondiente donde existan, conforme lo determine el JNE. * Acompanar por escrito y en diskette propuesta de Plan de Gobierno por cada Provincia o Distrito, la cual sera publicada junto con la lista de candidatos. * Adjuntar comprobante de pago del Banco de la Nacion a la orden del JNE, mas costos de publicacion de la lista de la candidatos y del plan de gobierno (&). *Las agrupaciones politicas nacionales inscritas en el JNE pueden presentar listas de candidatos en Elecciones Municipales en todas las Provincias y Distritos de la Republica; y, las. organizaciones politicas regionales inscritas pueden presentar listas de candidatos en las Provincias y Distritos de la Region. B.- ELECCIONES GENERALES: PRESIDENCIALES Y PARLAMENTARIAS Por el 100% de firmas requeridas para la inscripcion es gratuito S/. 0.10 por cada firma adicional X

Pleno del JNE

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Procesamiento de las listas de adherentes *El 100% del numero de firmas de adherentes requerido para la de organizacion politica nacional inscripcion de la organizacion politica nacional se presenta al ( art. 94° de la Ley N° 26859 y art. 11° de la Ley N° 27683) . momento de presentar la solicitud y es gratuito; y, por cada firma adicional entregada en la primera remesa debe hacerse Aplicable a elecciones presidenciales, parlamentarias, con el correspondiente pago regionales y municipales * La entrega de remesas adicionales debe realizarse con la MORDAZA del minimo de firmas faltantes para completar el numero de firmas requerido para la inscripcion. * Adjuntar comprobante de pago del Banco de la Nacion a la orden del JNE.

Oficina de Tramite Doc. JNE

C.- CONSULTAS POPULARES *Solicitud suscrita por los promotores. *Adjuntar firmas de los adherentes, con relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identidad, firmas o huellas digitales de adherentes en un numero no menor al 10 % UIT S/. 310.00 mas costo de la publicacion X Oficina de Tramite Documentario del JNE Pleno del JNE convoca a consulta popular. *Posteriormente, y segun los

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Revocatoria de autoridades elegidas (arts. 3°, 4°, 20°, 21°, 22°, 23 y 24° de la Ley N° 26300).

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