Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2002 (16/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de junio de 2002

Articulo Tercero.- PRECISAR, que los infractores - sujetos de la Multa Administrativa en su condicion de Contribuyentes, Propietarios o poseedores de un predio en la jurisdiccion - que tengan pendiente de pago una sola Multa Administrativa y que no adeuden tributo por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Serenazgo hasta el ano 2001, por esta unica vez, y como reconocimiento a su cumplimiento de pago de tributos municipales, se les condonara el 100% del monto total de la correspondiente Multa Administrativa, sin pago previo de los Arbitrios Municipales que indica el Articulo Primero. Si el contribuyente, propietario o poseedor tuviere mas de una Multa Administrativa pendiente de pago, en merito al reconocimiento mencionado, se le condonara el 100% del monto de solamente una de ellas, con preferencia a la de monto mas alto, quedando las demas multas administrativas sujetas al procedimiento MORDAZA referido. Articulo Cuarto.- PRECISAR, que si el infractor titular de la Multa Administrativa debidamente acreditado, es Arrendatario o se le ha cedido a titulo gratuito el predio en donde se ha cometido la infraccion y/o dirigido la sancion Multa, siempre y cuando cancele AL CONTADO los Arbitrios Municipales a nombre del Contribuyente, propietario o poseedor de ese predio, podra gozar del beneficio senalado en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- DISPONER, que para efectos de aplicacion practica del Articulo Primero de la presente Ordenanza, el interesado debera presentar el baucher de cancelacion del tributo pagado. En el caso de la aplicacion del Articulo MORDAZA, ademas del baucher del tributo cancelado, debera adjuntar MORDAZA del contrato de arrendamiento o cesion de uso, segun corresponda. Articulo Sexto.- DISPONER, que las Multas Administrativas que se encuentren en instancia de Cobranza Coactiva, podran acogerse a los alcances de la presente Ordenanza, debiendo observar los procedimientos senalados en MORDAZA, sin perjuicio del pago de las Costas y gastos judiciales que correspondan. De existir reclamacion pendiente en contra de la Multa Administrativa, sea en instancia de Cobranza Ordinaria o Coactiva, previo desistimiento del interesado, podra acogerse a los alcances de la presente norma. Articulo Setimo.- ENCARGAR, a la Direccion de Rentas - Division de Control de Actividades Comerciales y Division de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones, su respectiva difusion. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10782

directamente beneficien a la comunidad y siempre que recaigan en bienes de uso de dominio publico. Estan comprendidos en el presente Decreto de Alcaldia la totalidad de los componentes de la deuda tributaria entendiendose por MORDAZA los impuestos, las contribuciones, las tasas, multas e intereses. Articulo 2º.- Las solicitudes de los deudores de sus obligaciones tributarias en especie seran evaluadas por una Comision Tecnica de Funcionarios constituida para tal efecto y la cual estara conformada por las personas siguientes: a) Director Municipal (Presidente). b) Director de Administracion y Rentas (miembro). c) Director de Servicios Sociales y Municipales (miembro). Articulo 3º.- Toda solicitud debera contar con los documentos siguientes: 1) MORDAZA del documento de identidad del deudor o de su representante legal, con su respectivo poder. 2) Tratandose de personas juridicas deberan adjuntar MORDAZA del testimonio de la Escritura Publica de constitucion. 3) Relacion detallada de los bienes o servicios que ofrecen en pago, adjuntando el titulo de propiedad y el certificado de gravamen en caso de bienes y los comprobantes, presupuestos, tasaciones, etc., en el caso de servicios. Articulo 4º.- Tramitacion 1) La solicitud debera ser presentada ante la oficina de tramite documentario, quien remitira el expediente a la comision tecnica. 2) La comision tecnica evaluara la solicitud y expedira su dictamen. 3) Con el dictamen que expide la comision tecnica se proyectara la Resolucion que acepte o deniegue la solicitud. Articulo 5º.- La aprobacion de los acuerdos en la comision tecnica se MORDAZA por mayoria simple, teniendose en cuenta criterios de moralidad, imparcialidad, eficiencia, transferencia, economia y equidad. Articulo 6º.- El tramite MORDAZA hasta el cual la Municipalidad reconocera la entrega de bienes o la prestacion economica con el fin de cancelar deudas tributarias sera el monto total de la deuda correspondiente a cada periodo anual. En ningun caso la diferencia a favor del deudor tributario entre el valor asignado al bien ofrecido o la prestacion propuesta y la deuda tributaria adeudada constituira credito susceptible de devolucion. Es responsabilidad tanto de la comision tecnica, el MORDAZA y los miembros del Concejo Municipal velar por los intereses economicos de la entidad. No podra aceptarse el pago en especie de deudas tributarias si dicha transaccion reporta una perdida economica para la Municipalidad. Articulo 7º.- Se perdera esta modalidad del pago por las causales siguientes: 1) No entregar los bienes o prestar los servicios dentro del plazo que otorga la resolucion. Salvo que en igual periodo de tiempo MORDAZA reemplazados por otros de igual o mejores caracteristicas. 2) Que los bienes entregados o servicios prestados no cumplan con las caracteristicas senaladas en su solicitud. 3) Por la perdida de bienes ciertos por culpa del deudor. Articulo 8º.- La perdida de este derecho determinara lo siguiente: 1) No podra volver a solicitar un MORDAZA pago en especie. 2) Se reiniciara la cobranza de las deudas que tuviera el deudor adicionandosele los intereses generados durante la tramitacion de la solicitud. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Si es aprobada la solicitud y entregado el bien o realizada la prestacion del servicio, la fecha de pago sera el de la MORDAZA de la solicitud, debiendose rebatir los intereses generados por el periodo posterior. Segunda.- La Resolucion que declara inadmisible una solicitud no impide que el deudor pueda presentar nueva solicitud. Tercera.- Un deudor solo despues de concluido el MORDAZA de pago en especie, podra solicitar una nueva opcion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10780

CPM MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Establecen procedimiento que regula pago en especie de deudas tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-02-MCPMSMH
C.P.M. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 31 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que con la expedicion de la Ordenanza Nº 010-MCPMSMH de fecha 11 de marzo del 2002, se aprueba en el Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, como forma excepcional de pago, la cancelacion de deuda tributaria con especie; Que el Art. 111º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, dispone que mediante Decreto de Alcaldia se aprueban las normas de ejecucion de las Ordenanzas, asi como los procedimientos necesarios a la administracion municipal; Que siendo necesario establecer el procedimiento que permita regular el pago en especie dispuesto en la Ordenanza Nº 010-MCPMSMH se procede al MORDAZA de lo previsto en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades a dictar el siguiente dispositivo; Articulo 1º.- Las obligaciones tributarias generadas y exigibles a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto podran ser canceladas en especies, siguiendo el procedimiento que se establece en esta normativa, mediante la entrega de bienes o de prestacion de servicios que

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