Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002 ORDENANZA

dad de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad de San Isidro. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Desarrollo MORDAZA 11441

Articulo Primero.- CONDONAR, 100% las cobranzas de los intereses, moras, reajustes y multas tributarias, exceptuandose los derechos de emision y distribucion, por los tributos siguientes: · Impuesto Predial del ano 1995 al 2002. · Arbitrios de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines del ano 1995 al 2002. * Tasa de Licencia de Funcionamiento del ano 1996 al ano 1999. · Impuesto de Alcabala del ano 1996 al 2001. Por el periodo del 20 de MORDAZA al 31 de junio del presente Ejercicio Fiscal. Articulo Segundo.- OTORGAR los siguientes beneficios tributarios: * Rebaja del 30% del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 1999 y 2000, considerando por unica vez el 50% de rebaja si el pago se efectua dentro de los 15 dias de notificado. * Rebaja del 20% del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines del 2001, considerando por unica vez el 30%, si el pago se efectua dentro de los 15 dias de notificado. * El cumplimiento del pago de estos adeudos anulara las cobranzas de los Arbitrio Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos de los anos 1995 al 1998. Los Beneficios precedentes solo se consideraran para los usos de MORDAZA Habitacion. Articulo Tercero.- Incluir en los beneficios a los contribuyentes que estuvieran pendientes de pago por haberse acogido al fraccionamiento tributario por las cuotas pendientes de pago, siempre y cuando efectuen la cancelacion de la deuda dentro del periodo de beneficio. Articulo Cuarto.- Considerar dentro del beneficio a los contribuyentes que estuvieran en Cobranza Coactiva liberando del pago de las Costas Procesales y otros gastos administrativos, exceptuandose a los que se encuentren con medidas cautelares en forma de inscripcion, y las que se encuentren con retencion bancaria y/o financiera. Articulo Quinto.- Rebaja al 90% a partir del 20 de MORDAZA al 30 de junio del 2002 la cobranza de las MULTAS ADMINISTRATIVAS, notificadas de acuerdo al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Nº 006-2000-MDSMP vigente, no considerando dentro del presente beneficio aquellos que se encuentren en cobranza coactiva con embargo en forma de inscripcion y/o retencion. Suspender durante el periodo de vigencia de esta MORDAZA, la Ordenanza Nº 023-2001-MDSMP. Articulo Sexto.- Encargar al Sistema de Administracion Tributaria, Direccion de Administracion, Unidad de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA y a la Unidad de Imagen Corporativa y Comunicacion la difusion de la presente Ordenanza. DISPOSICION FINAL Articulo Unico.- Efectuar las diligencias que el caso amerite con la finalidad de adecuar los Estados Financieros a la presente Ordenanza a traves de la Comision de Deudas por Cobrar integradas por la Unidad de Control y Recaudacion, la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Informatica. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 11514

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Otorgan diversos beneficios tributarios referidos al impuesto predial, impuesto de alcabala, tasa de licencia de funcionamiento y arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 016-2002-MDSMP San MORDAZA de Porres, 17 de MORDAZA de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de MORDAZA del 2002; VISTO, el Informe Nº 037-2002-SIAT/MDSMP, presentado por el Director del Sistema de Administracion Tributaria, e Informe Nº 565-2002/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, y el Informe Nº 069-2002-OPPR/SMP de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; CONSIDERANDO: Que, en el presente mes se celebra el 52° Aniversario de la Creacion Politica del Distrito, por lo que el Concejo Municipal acordo otorgar el Beneficio Tributario Administrativo; Que, la actual gestion municipal, tiene como principal objetivo como parte de su politica de apoyo y defensa de la economia popular, hecho que se ha puesto de manifiesto con los beneficios otorgados mediante ordenanzas aprobadas por el Concejo Municipal durante la presente administracion; Que, de acuerdo al Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a tenor del Art. 10º Inc. 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, otorga competencia a los gobiernos locales, para crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a Ley. Asimismo, conforme a lo establecido por el Inc. 3) del Articulo 192º y por el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, el Art. 41º, del D.S. Nº 135-99/EF, Codigo Tributario, los Gobiernos Locales pueden condonar el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran, asimismo de acuerdo al Art. 10º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es competencia de las municipalidades administrar sus bienes y rentas; Que, el Art. 36º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades concordante con la MORDAZA IV del Codigo Tributario, D.S. Nº 135-99-EF, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente:

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