Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002

inmueble, dice: Jr. MORDAZA de Superunda Nºs. 381-383-387391-399 esquina Jr. MORDAZA Torrico Nºs. 201-205, distrito, provincia y departamento de Lima; debe decir: Jr. MORDAZA de Superunda Nºs. 381-383-387-391-399 esquina Jr. MORDAZA Torrico Nºs. 201-205-209-217-221-225-229-231, distrito, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Jefatural Nº 009/INC de fecha 12 de enero de 1989, en el extremo que declara monumento al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA de Superunda Nºs. 381-383-387-391-399 esquina Jr. MORDAZA Torrico Nºs. 201-205, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que quedara redactado: "Declarar Monumento al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA de Superunda Nºs. 381-383-387-391-399 esquina Jr. MORDAZA Torrico Nºs. 201-205-209-217-221-225-229-231, distrito, provincia y departamento de Lima". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 11379

Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Condorcanqui, MORDAZA MORDAZA II, ubicada en el distrito de Tinta, provincia de Canchis, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 11380

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a diversos sitios arqueologicos en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA e Ica
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 487/INC MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 438, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 32, de fecha 12 de diciembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 438, de fecha 12 de diciembre de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos:
Sitio Arqueologico Shanya Cancha Ulluncuy Chuychu Distrito La Union Ricran Huaricolca Provincia Tarma Jauja Tarma Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Condorcanqui, MORDAZA MORDAZA II, en el distrito de Tinta, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 450/INC MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 Visto el Acuerdo Nº 06/22.04.2002 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06 de fecha 22 de MORDAZA de 2002, punto 3. propuso por razones historicas se declare monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Condorcanqui, MORDAZA MORDAZA II, ubicada en el distrito de Tinta, provincia de Canchis, departamento de Cusco; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto

Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios Arqueologicos:

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