Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002
Sitio Arqueologico Shanya Cancha Ulluncuy Chuychu Distrito La Union Ricran Huaricolca Provincia Tarma Jauja Tarma

NORMAS LEGALES
Departamento MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Articulo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitacion Perimetrica del Sitio Arqueologico Cerro Ulluncuy, de fecha noviembre de 2001, a escala 1/2000, ubicado en el distrito de Ricran, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura -Junin la elaboracion de los Planos del Sitio Arqueologico Shanya Cancha y Chuychu con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 4º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", deberan contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 11381 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 495/INC MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 156, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 08, de fecha 5 de MORDAZA de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 156, de fecha 5 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Huauyaj MORDAZA, ubicada en el distrito de Muquiyauyo, provincia de Jauja, departamento de Junin; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica Huauyaj MORDAZA, ubicada en

el distrito de Muquiyauyo, provincia de Jauja, departamento de Junin. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA, la elaboracion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica Huauyaj MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 11382 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 496/INC MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 155, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 08, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 155, de fecha 5 de marzo de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a las Zonas Arqueologicas ubicadas en la localidad de Andamarca, capital del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA, las cuales detallamos a continuacion: · Ciudadela de Caniche. · Nanaquero. · Ciudadela de Parccacha. · Andeneria de MORDAZA, MORDAZA, Antalla, Chimpa y Cuyo. Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a las Zonas Arqueologicas ubicadas en la localidad

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