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Pág. 225525 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de junio de 2002 ta contra la tranquilidad y salud de los vecinos, mediante Ordenanza Nº 019-2000-C/MC se dispuso como hora lími- te las 3.00 a.m. para que las discotecas, Video Pub, Grills, Cabaret, Salsódromo, etc., culmina sus actividades; Que, existen otros establecimientos cuyos giros igual- mente vienen causando problemas, ruidos molestos des- orden, por la cual es necesario incluirlos dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 019-2000-C/MC, entre ellos las Licorerías, Peñas, Restaurantes Turísticos; De conformidad a la facultad que otorga la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con los votos en contra de los Regidores Tomás de Aquino Márquez Flores, y Julián Eriberto Sierra Corrales, el Pleno del Concejo por MAYORÍA aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- INCLUIR dentro de los alcances de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 019-2000-C/MC a los es- tablecimientos en los que funcionan las LICORERÍAS, PEÑAS y RESTAURANTES TURÍSTICOS. Artículo Segundo.- Exonerar la presente Ordenanza de la Lectura del Acta para su inmediata implementación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 11453 Prorrogan suspensión del otorgamien- to de certificado de compatibilidad de uso y autorización de apertura para diversos locales de esparcimiento pú- blico ORDENANZA Nº 051-C/MC Comas, 5 de junio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS El Concejo Distrital de Comas, en Sesión Ordinaria de la fecha: Visto: El Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación y Presupuesto respecto al Informe Nº 156- 2002-OAT/MC de la Oficina de Administración Tributaria, mediante el cual presenta propuesta de ampliación de pró- rroga de la Ordenanza Nº 11-2001-C/MC; CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo establecido en la Orde- nanza Nº 11-2001-C/MC, de suspender por el término de un (1) año el otorgamiento de Certificado de Compatibi- lidad de Uso y Autorización de Apertura de Estableci- mientos a locales destinados para Bailes, Discotecas, Cabarets, Grills, Videos Pub, y Licorerías, con la finali- dad de efectuar proceso de ordenamiento en los locales de esparcimiento públicos, que garantice la integridad fí- sica de los concurrentes; Que, no habiendo culminado el proceso de ordenamien- to en dichos locales se hace necesario la prórroga de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 011-2002-C/MC; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, Arts. 65º y 68º, correspondiente a las funciones específicas, en materia de supervisión y control de las construcciones, mantenimiento y cumpli- miento de las normas de seguridad e higiene de aquellos establecimientos de concurrencia de público y de la otor- gación de Licencia de Apertura, respectivamente; De conformidad a la facultad que otorga la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Con- cejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de di- ciembre del año en curso la suspensión del otorgamientode Certificado de Compatibilidad de Uso y Autorización de Apertura para los locales destinados a Salones de Bailes, Discotecas, Cabarets, Grills, Video Pub y Licore- rías, dispuesto en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 011-2001-C/MC. Artículo Segundo.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 11447 Modifican ordenanza que estableció tarifa de parqueo vehicular en diversas zonas del distrito ORDENANZA Nº 052-C/MC Comas, 5 de junio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS El Concejo Distrital de Comas, en Sesión Ordinaria de la fecha: VISTO: El Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finanzas, respecto al Informe Nº 206-2002-OAT/MC de fecha 3 de junio del 2002 la Ofici- na de Administración Tributaria expone ante la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finanzas, la MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 2º DE LA ORDENAN- ZA Nº 014-99-C/MC; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 014-99-C/MC establece la TARIFA DE PARQUEO VEHICULAR POR CADA HORA O FRACCIÓN en las diferentes Zonas del distrito; Que, es necesario reajustar dichas tarifas, haciéndolas más factibles de control y adecuándolas a las tarifas esta- blecidas en otros distritos similares al nuestro; Que, luego de las deliberaciones de la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finan- zas, se llegó a la conclusión que es viable y urgente aprobar la propuesta de la Oficina de Administración Tributaria; De conformidad a la facultad que otorga la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Con- cejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Primero.- Aprobar la modificación del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 014-99-C/MC, quedando redactado en los siguientes términos: "Establézcase las tarifas por estacionamiento vehicu- lar por día o fracción en las zonas de parqueo vehicular" las cuales son las siguientes: 1.Camiones u Omnibuses S/.2.00 2.Micro o CAMIONETAS 1.00 3.Automóvil 1.00 4.Vehículos Menores 0.50 Segundo.- Dispensar de la Lectura del Acta para su inmediata implementación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 11451