Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (28/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 225513 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de junio de 2002 a) del Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 701, durante el período comprendido entre el 28 de julio de 2001 y el 20 de abril de 2002, en el que habrían participado las entidades gremiales y empresas que a continuación se detallan: • Asociación Peruana de Empresas de Seguros - APESEG. • Generali Perú Compañía de Seguros y Reaseguros. • La Positiva Seguros y Reaseguros. • Rímac Internacional Compañía de Seguros y Rease- guros. • Sul América Seguros y Reaseguros S.A. • El Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros. • Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros. • Wiese Aetna Compañía de Seguros. • Royal&SunAlliance Seguros Fénix. • Interseguro Compañía de Seguros de Vida S.A. Segundo.- Encargar a la Secretaría Técnica solicite for- malmente al Directorio del Indecopi para que de conformi- dad con lo dispuesto en el Artículo 43º del Decreto Le- gislativo Nº 807, evalúe la conveniencia y ordene, de con- siderarlo pertinente, la publicación de la presente Reso- lución así como del Informe de la Secretaría Técnica Nº 003-2002-CLC en el Diario Oficial El Peruano. Con el voto favorable de los señores miembros, César Guzmán-Barrón Sobrevilla, Geoffrey Cannock Torero, Car- los Adrianzén Cabrera, José Luis Sardón de Taboada, Ed- gar Zamalloa Gallegos y Alfredo Ferrero Diez-Canseco. CÉSAR GUZMÁN-BARRÓN SOBREVILLA Presidente 11531 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 054-2002-INDECOPI/DIR Lima, 26 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Rodolfo Castellanos Salazar ha presen- tado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lima; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Directo- rio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Rodolfo Castellanos Salazar al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lima, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 11425 Designan miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 055-2002-INDECOPI/DIR Lima, 26 de junio de 2002CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la des- centralización de sus funciones, el Indecopi ha suscrito Convenios de Delegación de Funciones con distintas enti- dades de prestigio, públicas y privadas, estableciendo Co- misiones Delegadas de Reestructuración Patrimonial en- cargadas de tramitar y resolver los procedimientos a que se refiere la Ley de Reestructuración Patrimonial; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la in- corporación de un nuevo miembro a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lima; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Fausto Miranda Te- llo en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 11426 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Rectifican la R.J. Nº 009/INC referida a la ubicación de inmueble declarado monumento en el distrito, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 449/INC Lima, 29 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 026-2001-INC/DCH-MGH la Dirección de Centros Históricos advierte error material en la Resolución Jefatural Nº 009/INC de fecha 12 de enero de 1989, en el extremo que declara monumento al inmue- ble, cuya numeración es incorrecta, el mismo que está ubi- cado Jr. Conde de Superunda Nºs. 381-383-387-391-399, esquina Rufino Torrico Nºs. 201-205, del distrito, provin- cia y departamento de Lima, siendo la numeración co- rrecta: Jr. Conde de Superunda Nºs. 381-383-387-391- 399 esquina Jr. Rufino Torrico Nºs. 201-205-209-217-221- 225-229-231, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su Artículo 201º faculta a la Administra- ción Pública a "rectificar el error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustan- cial de su contenido ni el sentido de la decisión"; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos en su sesión del 19 de marzo de 2002 emitió el Acuerdo Nº 08, cuyo tenor es como sigue: CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 009-89-INC/J del 12/1/1989 se declaró Mo- numento al inmueble ubicado en el Jr. Conde de Supe- runda Nºs. 381-383-387-391-399 esquina Jr. Rufino To- rrico Nºs. 201-205, distrito, provincia y departamento de Lima, Centro Histórico de Lima. 2. Que, en la mencio- nada Resolución Jefatural, existe error material en la nu- meración que es preciso corregir. SE ACORDÓ: Proponer la rectificación de la Resolución Jefatural Nº 009-89-INC/J del 12/1/1989, en el extremo referido a la numeración del