Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (30/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 225585 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de junio de 2002 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objetivo Artículo 1º.- La presente Directiva tiene por objetivo, establecer los procedimientos y lineamientos técnicos ne- cesarios para su aplicación y análisis en los trabajos que se deban efectuar, para la elaboración de las Evaluacio- nes Semestral y Anual de los Gobiernos Locales, con la finalidad de apreciar la Gestión Presupuestaria Institu- cional durante el período correspondiente al Año Fiscal 2002. Base Legal Artículo 2º.- La aplicación de la presente Directiva se sujeta a lo prescrito en el siguiente marco legal : •Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Minis- terio de Economía y Finanzas y normas modificato- rias. •Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. •Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Públi- co para el Año Fiscal 2002. •Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y normas modificatorias. •Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 -Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y su modificatoria la Reso- lución Viceministerial Nº 108-2000-EF/13. Ámbito de Aplicación Artículo 3º.- La presente Directiva es de aplicación obligatoria por parte de todas las Municipalidades Pro- vinciales y Distritales, en su condición de Pliegos Presu- puestarios. Asimismo, se encuentran sujetos a la presente Directiva, los Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Locales1. CAPÍTULO II EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA Concepto de Evaluación Presupuestaria Institucio- nal Artículo 4º.- La Evaluación Presupuestaria Institucio- nal es el conjunto de procesos de análisis para determi- nar, sobre una base continua en el tiempo, los avances físicos y financieros (en el caso del gasto el compromi- so) obtenidos por la ejecución presupuestaria a un mo- mento dado, respecto a los montos de ingresos y gastos, así como de Metas Presupuestarias aprobadas en el Pre- supuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupues- to Institucional Modificado (PIM). Para los efectos de la realización de los procesos a que se refiere el párrafo anterior, las disposiciones que contie- ne el presente Capítulo, se aplican a la Evaluación Semes- tral y Anual.Fines de la Evaluación Presupuestaria Institucio- nal Artículo 5º.- La Evaluación Presupuestaria Institucio- nal persigue los siguientes fines : a) Determinar el grado de Eficacia en la Ejecución Pre- supuestaria de los Ingresos y Gastos así como en el nivel de cumplimiento de las Metas Presupuestarias con- templadas en las Actividad es y Proyecto s para el Año Fiscal 2002. b) Determinar el grado de Eficiencia en el cumplimiento de las Metas Presupuestarias teniendo en cuenta su re- lación con la Ejecución Presupuestaria de los Gastos efec- tuados durante el período a evaluar. c) Explicar las desviaciones presentadas en el com- portamiento de la ejecución de ingresos y egresos con- trastándola con la estimación de recursos financieros y la previsión de gastos contemplados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) así como en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) y determinar las causas que las originaron. d) Lograr una visión general de la administración del Pliego, vinculada con la producción de bienes y servicios que brinda a la comunidad. e) Formular sugerencias para la adopción de medi- das correctivas, a fin de mejorar la gestión del Presu- puesto Institucional en los sucesivos Procesos Presu- puestarios a cargo de la Entidad. Etapas de la Evaluación Presupuestaria Institucio- nal Artículo 6º.- La elaboración de la Evaluación Presu- puestaria Institucional debe efectuarse en los formatos del EV-3 al EV-11 (Evaluación Semestral) y del EV-3 al EV-13 (Evaluación Anual), de acuerdo al detalle que se presenta en el Anexo Nº 01 - "Índice de Formatos". Di- chas Evaluaciones se componen de tres (3) Etapas, las cuales deben desarrollarse secuencialmente, formando parte integrante del mismo proceso, siendo éstas las si- guientes: •Primera Etapa : "Análisis de la Gestión Presupues- taria en términos de Eficacia y Eficiencia". •Segunda Etapa : "Identificación de los problemas pre- sentados". 1 PROVINCIA DE LIMA: Servicio de Administración Tributaria (SAT), Servicio de Parques de Lima (SERPAR-LIMA), Instituto Catastral e Informático de Lima (ICIL), Instituto Metropolitano de Planificación (IMP), Fondo Metropolitano de Inversio- nes (INVERMET); PROVINCIA DE TRUJILLO: Servicio de Administración Tribu- taria de Trujillo (SATT); PROVINCIA DE PIURA: Servicio de Administración Tri- butaria de Piura (SATP).DIRECTIVA Nº 007-2002-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES AÑO FISCAL 2002