Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2002 (30/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de junio de 2002

Auxiliadora con una linea recta de 35.60 ml, determinando un area total de 537.35 m²; Que, para efecto de la Subdivision solicitada se ha propuesto la siguiente conformacion de sublotes: SECCION A: Por el Frente: Colindando con el Jr. MORDAZA con una linea recta de 24.95 ml. Por la Derecha: Entrando, colinda con la Av. MORDAZA MORDAZA con linea recta de 12.50 ml. Por la Izquierda: Entrando, colinda con la Seccion B de propiedad del Sr. Regulos MORDAZA Cortegana y Sra. con linea recta de 11.00 ml. Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y parte del MORDAZA MORDAZA Auxiliadora con una linea recta de 20.90 ml. determinando un area total de 291.14 m². SECCION B: Por el Frente: Colindando con el Jr. MORDAZA con una linea recta de 20.55 ml. Por la Derecha: Entrando, colinda con la Seccion A con linea recta de 11.00 ml. Por la Izquierda: Entrando colinda con la propiedad del Sr. MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA y Sra. con linea recta de 11.70 ml. Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y parte del MORDAZA MORDAZA Auxiliadora con una linea recta de 14.70 ml., determinando un area total de 246.21 m². Que, los recurrentes han cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite, y han abonado los derechos senalados en el MORDAZA y Reglamento Nacional de Construcciones para tal efecto; A merito de lo expuesto y en concordancia con las Facultades conferida por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y Ordenanza Nº 058-MDS; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision del Terreno de 537.35 m² constituido por el Lote Matriz ubicado entre la esquina de la Av. MORDAZA MORDAZA (antes Barboncitos) y el Jr. MORDAZA Nºs. 171 y 195 en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, quedando definido de la siguiente manera: SECCION A: Por el Frente: Colindando con el Jr. MORDAZA con linea recta de 24.95 ml. Por la Derecha: Entrando, colinda con la Av. MORDAZA MORDAZA con linea recta de 12.50 ml. Por la Izquierda: Entrando, colinda con la Seccion B de propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA Cortegana y Sra. con linea recta de 11.00 ml. Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y parte del MORDAZA MORDAZA Auxiliadora con linea recta de 20.90 ml. determinando un area total de 291.14 m². SECCION B: Por el Frente: Colindando con el Jr. MORDAZA con linea recta de 20.55 ml. Por la Derecha: Entrando, colinda con la Seccion A con linea recta de 11.00 ml. Por la Izquierda: Entrando, colinda con la propiedad del Sr. MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA y Sra. con linea recta de 11.70 ml. Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y parte del MORDAZA MORDAZA Auxiliadora con linea recta de 14.70 ml., determinando un area total de 246.21 m². Articulo Segundo.- Las caracteristicas de las secciones resultantes figuran en los Planos Adjuntos, y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion, debidamente visados.

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que quedara a cargo del interesado. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente Resolucion al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que efectue la revision para los aportes en el caso que corresponda y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA GAILLOUR RONCAGLIOLO Director Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA 11547

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PORTILLO
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 507-2002-MPCP Pucallpa, 20 de MORDAZA del 2002. VISTO, EL Informe N° 083-2001-CG/SIQ, EXAMEN ESPECIAL A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PORTILLO, PERIODO DEL 1-ENE-1999 AL 31DIC-2000, emitido por la Contraloria General de la Republica, Sede Regional de Auditoria Iquitos y el Informe N° 001.2002.R. A. Nº 215-MPCP-CEPAD; y, CONSIDERANDO: Que, el Examen Especial del VISTO, comprende el periodo de enero a diciembre de los anos 1999 y 2000, documento que en el numeral IV-RECOMENDACIONES: 1.- Dispone que, el Concejo Municipal de la provincia de MORDAZA Portillo considerando la naturaleza de las observaciones planteadas, disponga el deslinde de las responsabilidades administrativas senaladas y la aplicacion de las Sanciones Disciplinarias de los Funcionarios, ex Funcionarios y Servidores involucrados en los hechos observados en el Informe, de acuerdo a la magnitud de las faltas, naturaleza de las infraccion y antecedentes. Examen que contiene las siguientes 06 observaciones: OBSERVACION 1: IRREGULARIDADES EN LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LAS PROPUESTAS DE LOS PROVEEDORES EN LA EJECUCION DEL MORDAZA DE ADJUDICACION DIRECTA DE MENOR CUANTIA, PARA LA ADQUISICION DE COMBUSTIBLE (PETROLEO Y GASOLINA) POR EL IMPORTE DE S/. 182,745.00 PARA LOS MESES DE AGOSTO A DICIEMBRE DEL 2000, OCASIONANDO UN PERJIUICIO ECONOMICO A LA ENTIDAD POR S/. 18,506.25. Esta irregularidad radica en que para la adjudicacion directa en cuestion, se curso supuestamente cartas invitacion para que presenten su oferta a diversas empresas comercializadoras de combustibles, y con las propuestas presentadas se elaboro el correspondiente Cuadro Comparativo de Cotizaciones. En merito al cual se dio como ganador a la mejor propuesta economica, correspondiente a: Estacion de Servicio MORDAZA S.A.C., adjudicandosele la Buena Pro. Contraloria al efectuar el examen hace la verificacion de las invitaciones y encuentra que ninguna de las otras empresas que figuran en el Cuadro Comparativo habia sido invitada a participar en el curso y de acuerdo a los precios de aquella fecha el mas bajo correspondia a los Grifos Yacumama B & M S.R.L.. En tal sentido existe una diferencia entre lo pagado a la empresa supuestamente ganadora y lo que se debio pagar, si se hubiera efectivamente invitado, a la MORDAZA empresa; lo que ocasiono a la Municipalidad un perjuicio economico de S/. 18,506.00.

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