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Pág. 225629 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de junio de 2002 Nº de UBICACIÓN Lado Lado vía Par Impar 20Av. Antúnez de Mayolo Cdra. 11 Diagonal Paralelo 21 Jr. Daniel Hernández Paralelo Paralelo 22Jr. Escorpio Paralelo Paralelo 23Calle 11 (entre el Jr. Honradez y el Jr. Perpen- Perpen- Confraternidad) dicular dicular 24Jr. Honradez (entre la calle 11 y el Jr. Perpen- Perpen- Honestidad) dicular dicular Artículo 11º .- Están exonerados al pago a la Tasa por Estacionamiento Vehicular los conductores, en cumpli- miento de sus funciones, los conductores de: · Ambulancias. · Vehículos de la Compañía de Bomberos. · Vehículos de Congregaciones Religiosas. · Vehículos de Propiedad de Embajadas. · Vehículos que prestan servicios de Serenazgo. · Vehículos de Limpieza Pública. · Vehículos de las FF.AA. y FF.PP así como vehículos en servicio de las entidades públicas, autoridades y de los servidores de la Municipalidad de Los Olivos. Artículo 12º .- El incumplimiento del pago de esta tasa, originará el pago de una multa equivalente al 5% de la UIT, el procedimiento se reglamentará vía Decreto de Alcaldía. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones técni- cas, administrativas y reglamentarias para la correcta aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento. Segunda .- La Municipalidad no se responsabilizará por las pérdidas o daños ocasionados a los vehículos durante la permanencia en las zonas de parqueo vehicu- lar y en las zonas reservadas. 11631 Prorrogan vigencia de beneficio de con- donación de intereses moratorios y re- ajustes de tributos municipales, y esta- blecen beneficio de reducción de mon- to por pago oportuno de arbitrios ORDENANZA Nº 087-CDLO Los Olivos, 21 de junio del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, apro- bó la siguiente: ORDENANZA Nº 087-CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS Y REAJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y ESTABLECE EL BENEFICIO DE SUPRESIÓN DEL 10% POR PAGO AL CONTADO DEL MONTO ADEUDADO POR ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- PRORROGAR, a partir del 1 de julio y hasta el 20 de agosto del presente año, los alcan- ces de la Ordenanza Nº 085-2002/CDLO sobre Condona- ción de pago de los intereses moratorios y factor de ajus- te de los tributos correspondientes a períodos vencidos a la fecha.Artículo Segundo.- ESTABLECER, que a partir del 1 de julio y hasta el 20 de agosto del presente año, los contri- buyentes que realicen el pago al contado de los Arbitrios Municipales, vencidos o por vencer, gozarán del Beneficio de Supresión del 10% del monto adeudado. Artículo Tercero.- SUSPENDER por todo el tiempo que dure el beneficio, el cobro de los costos procesales y gas- tos administrativos de las cobranzas que se encuentran en la Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Coactivos, para todos aquellos que paguen al contado sus deudas tributa- rias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Ren- tas y a la Oficina de Ejecutoría de Procedimientos Coac- tivos, el correcto cumplimiento de lo dispuesto en la pre- sente Ordenanza, a la Unidad de Informática la debida implementación en el Sistema Informático y a la Unidad de Comunicaciones, la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11628 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban proyecto que norma zonas rí- gidas en el Cercado de Puente Piedra y regulan el funcionamiento de módulos y comercio informal así como la ubica- ción de actividades comerciales tradi- cionales (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra mediante Oficio Nº 41-2002-SG-MDPP, recibido el 28 de junio de 2002) ORDENANZA Nº 000009 Puente Piedra, 25 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, la Moción presentada por la Comisión Especial de Desarrollo Urbano y la Comisión Especial de Merca- dos y Comercialización, en la Sesión Ordinaria de Conce- jo, celebrada el día 24-5-99. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0028-97-MDPP, del 7-7-97, se procedió a la reubicación de 3,000 Comercian- tes Ambulantes del Cercado de Puente Piedra, el mismo que se concretó el día 13.2.98. Dicha acción permitió a nuestra Municipalidad lograr la pavimentación de las prin- cipales calles y avenidas; Que, esta nueva situación ha dado lugar al funciona- miento de tres Mercados: Huamantanga, Monumental y Cristo Morado (central); pero que por los problemas so- cioeconómicos de nuestro país y la dificultad en lograr un puesto de trabajo, hace que nuevamente se esté in- crementando el Comercio Ambulatorio en el Cercado del distrito; Así mismo, los comerciantes instalados formalmen- te, en los diferentes giros de negocios en el Cercado, hacen uso desmedido en la ocupación de la vía públi- ca, exponiendo las diferentes mercaderías en la vere- da, lo cual no permite un normal tránsito de los peato- nes; Que, igualmente, se ha planificado el funcionamiento de los Módulos (Kioskos) para la venta de periódicos,