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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2002 (02/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 118

Pág. 218676 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de marzo de 2002 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban proyectos sobre trazado, lo- tización y pavimentación co- rrespondientes a habilitación urbana nueva de lote de terreno RESOLUCIÓN Nº 164-2002-RASS Expediente Nº 010080-2001 M-2 Santiago de Surco, 20 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El petitorio de Constructora e Inmobiliaria La Esperanza S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Generales, so- bre aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Úni- co con Construcción Simultánea del Conjunto Residencial Los Tallanes II, del terreno de su propiedad de 6,129.01 m2, constituido por el Lote 1 del ex fundo "Huarapal", con frente a la calle Manuel Scorza s/n, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdirección de Obras Privadas con Informe Nº 253-2001-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 46 a 48) señala que el administrado ha cumplido con adjuntar la documentación establecida en el TUPA, y que mediante inspección ocular se ha constatado la condición de rústico del terreno mate- ria del presente trámite, sin ninguna edificación; Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable de fecha 4.9.2001 (fs. 51 a 53); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 009-99-MSS, Texto Único Ordenado de la Ley de Nor- mas Generales de Procedimientos Administrativos vigente en el presente procedimiento y facultad expresa prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 Artículo 47º nuneral 6; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 109.01-2001-SDOPRIV-DDU-MSS al 109.04-2001-SDOPRIV-DDU-MSS, los Proyectos refe- rentes a Trazado, Lotización, pavimentación de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea del terreno de 6,129.01 m2 para Uso Residencial de Densidad Media R- 3, constituido por el Lote Nº 1 del ex Fundo Huarapal, con frente a la calle Manuel Scorza s/n, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar a Constructora e Inmo- biliaria La Esperanza S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Ge- nerales para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitación Urbana del terreno de 6,129.01 m2 cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados teniendo en cuenta lo siguiente: - DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprue- ba es el siguiente: Área Bruta Total 6,129.01 m2 Área de Vías 734.20 m2 Área Útil de Vivienda 5,394.81 m2 Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292 de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 17.10.2000 establece los aportes para habilitaciones con fines de Vi- vienda Tipo 3: Aporte para Recreación Pública 8% 490.32 m2 Redimir en dinero Aporte para Parques Zonales 2% 122.58 m2 Redimir en dinero Aporte para Ministerio de Educación 2% 122.58 m2 Redimir en dinero Aporte para Otros Fines 2% 122.58 m2 Redimir en dinero La recurrente deberá redimir en dinero los déficit de Aportes Reglamentarios, debido a que no conforman unlote normativo acorde a las necesidades de los Organis- mos correspondientes. - PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f 'c= 175 kg./ cm2 de 0.10 m., de espesor y construidas sobre un terra- plén de material limpio de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla cemento y arena fina, pre- parado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1:00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada termi- nada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad del concreto será de f 'c = 175 kg./cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y niveladas, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad de Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar el déficit de Apor- tes Reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda como garantía el Lote Único. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por De- creto Supremo Nº 011-98-MTC Artículo 29º, los déficits de Aporte para Recreación Pública de 490.32 m2 y para Otros Fines de 122.58 m2 deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales de 122.58 m2 en el Serpar-Lima y para el Ministe- rio de Educación de 122.58 m2 en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita- na de Lima, para su ratificación de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- DISPONER que Constructora e In- mobiliaria La Esperanza S.A. C.E.I.L.E.S.A. Contratistas Generales efectúe la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 días útiles contados a partir del día siguiente de notificada, su- fragando los gastos que irrogue la misma. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 4209 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Amplían plazo de vigencia de benefi- cio de regularización para el pago de deudas tributarias y administrativas otorgada mediante Ordenanza Nº 001-2002-MPC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000009 Callao, 28 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-2002-MPC, se pro- cedió a otorgar beneficios extraordinarios para el pago y