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Pág. 218677 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de marzo de 2002 cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrati- vas generadas hasta el 31/12/2001; Que, en mérito a la Cuarta Disposición Final de la Or- denanza antes citada, se facultó al Alcalde de la Municipa- lidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para su adecuada aplicación; Que, a la fecha existe un número considerable de con- tribuyentes e infractores que no han podido acogerse a los beneficios otorgados, por lo que siendo política de la ac- tual gestión, brindar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ha considerado necesario pro- rrogar la vigencia de los mismos; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Amplíese el plazo de vigencia del beneficio de regularización para el pago de deudas tributa- rias y administrativas, contenidas en la Ordenanza Nº 01- 2002-MPC hasta el 27 de marzo de 2002. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección General de Administración Tributaria y Rentas el debido cumpli- miento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 4203 Prorrogan plazos para el pago de diver- sas obligaciones tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000010 Callao, 28 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, los Artículos 15º y 35º de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, establecen como plazo para el pago de la primera cuota así como el pago al contado del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimonio Vehicular, hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo prórroga dispuesta por la Admi- nistración; Que, la Ordenanza Nº 002-2002-MPC, que regula el régimen tributario de los Arbitrios Municipales, establece su periodicidad mensual y su vencimiento de pago, el últi- mo día del mes a que corresponde, con excepción del mes de enero cuyo vencimiento de pago es el último día hábil del mes de febrero, norma que en su Octava Disposición Final y Transitoria faculta al Alcalde para dictar la prórroga del vencimiento de las obligaciones sustanciales y forma- les, que la misma establece; Que, es política de la actual gestión municipal, brindar facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributa- rias, por lo que se ha considerado necesario prorrogar el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y del Impuesto al Patrimonio Vehicular y de los Arbitrios Munici- pales de los meses de enero y febrero del período 2002, así como el beneficio de incentivo de pago anticipado; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 27 de marzo de 2002, el plazo para el pago de la primera cuota o el pago al contado del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular del pe- ríodo 2002. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 27 de marzo de 2002, el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales que corresponden a los meses de enero y febrero de 2002.Artículo Tercero.- Prorrogar hasta el 15 de marzo de 2002, la vigencia del beneficio por pago anticipado, consis- tente en el descuento del 15% sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales del período 2002. Artículo Cuarto.- Prorrogar hasta el 27 de marzo de 2002, el plazo para la presentación de la Declaración Jura- da de Arbitrios Municipales a que se refieren los Artículos 5º y 7º de la Ordenanza Nº 002-2002-MPC. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Administración Tributaria y Rentas el debido cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 4204 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN Autorizan adquisición de producto enri- quecido lácteo para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Huamachuco mediante proceso de ad- judicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 07-2002-MPSC Huamachuco, 12 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SÁNCHEZ CARRIÓN VISTO: El Acuerdo de Concejo en Sesión Extraordina- ria del Concejo Municipal de la provincia de Sánchez Ca- rrión, de fecha 12.FEB.2002, donde se acordó DECLARAR EN URGENCIA la adquisición del producto para atender el Programa Vaso de Leche, durante los meses de enero, fe- brero y marzo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 24059 - Ley de Crea- ción del Programa Vaso de Leche, y Normas Com- plementarias, el Programa del Vaso de Leche fue creado, con la finalidad de brindar apoyo alimentario a la población de menores recursos económicos, orientados a paliar el estado de desnutrición, anemia y mala alimentación de la niñez de todo el país, brindándose una ración alimentaria diaria compuesta por leche en cualquiera de sus formas y/ o enriquecido lácteo; Que, según el Informe Nº 001-2002-MPSC/CE, remiti- do por el Presidente del Comité Especial, designado me- diante Resolución de Alcaldía Nº 028-2002-MPSC/A, de fecha 4.FEB.2002, indica que el proceso de Licitación Pública Nacional que seleccionará al proveedor que abastecerá con el Producto Enriquecido Lácteo, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provin- cial de Sánchez Carrión, en el período de enero a di- ciembre del 2002, según el cronograma elaborado por el Comité, la fecha prevista para la presentación, apertura de los sobres y otorgamiento de la buena pro, se reali- zará el 27 de marzo del 2002, y la suscripción del Con- trato se realizaría en un plazo mínimo de 11 días des- pués de otorgada la Buena Pro, siempre y cuando no existan recursos impugnatorios; Que, según el Informe Legal Nº 009-2002-MPSC/AL, el Jefe de Asesoría Legal señala que de conformidad con el Art. 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Art. 108º numeral 2) de su Reglamento, la situación de UR- GENCIA, debe atenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contar lo indispensable para paliar la URGENCIA sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las