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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2002 (02/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 116

Pág. 218674 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de marzo de 2002 tículo 19º del mismo cuerpo legal, se realizarán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, en el presente caso, la contratación requerida se encuentra dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 008-2002-PCM, por estar los servicios que son objeto de dicha contratación, destinados a la zona declarada en emer- gencia y por estar involucrado INVERMET, directamente, en su condición de organismo ejecutor del Programa de Inversiones y Obras de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la elaboración del Proyecto "Plan Maestro de Re- cuperación de Mesa Redonda"; siendo necesario por lo tanto la adopción de medidas inmediatas para remediar la situación de emergencia producida, sin sujetarse a los re- quisitos formales previstos en las normas en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, según lo establecido en las Bases elaboradas por el Comité Especial y remitidas con Informe Técnico Nº 047- 2002-CE, el valor referencial para la contratación del Pro- yecto antes señalado, asciende al monto de S/. 72,150.00; Estando a lo opinado por la Gerencia Técnica en los Informes Técnicos Nº 026-2002-RRF/GT y Nº 039-2002- LMV/DPL y la Gerencia Legal en el Informe Nº 084-2002- GL, y de conformidad con los Artículos 19º, literal c), 20º y 22º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículos 4º, 105º, 108º, 113º y 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, la elaboración del Proyec- to "Plan Maestro de Recuperación de Mesa Redonda", por el valor referencial de S/. 72,150.00; autorizándose la con- tratación de estos servicios mediante un proceso de Adju- dicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de su emisión, así como la remisión de copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contra- loría General de la República, dentro de los 10 días calen- dario siguientes a la fecha de aprobación, de conformidad con el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ORLANDO CAMINADA DULANTO Secretario General Permanente INVERMET 4195 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen prórroga de plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales establecido mediante la Ordenanza Nº 099-MDMM ORDENANZA Nº 105-MDMM Magdalena del Mar, 28 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha, y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 099-MDMM, se aprobó el Vencimiento de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 2002 y otor- gamiento de premio por puntualidad en el pago de Obliga- ciones Tributarias;Que, de acuerdo a los Artículos 74º, 191º, 192º de la Constitución Política del Estado, Norma IV y Artículos del 29º al 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Y estando a lo dispuesto por el numeral 4) Artículo 10º y Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA PRÓRROGA DEL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES ESTABLECIDOS MEDIANTE ORDENANZA Nº 099-MDMM Artículo 1º.- Prorróguese hasta el 16 de marzo del año 2002, la Ordenanza Nº 099-MDMM que aprobó el Venci- miento del Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipa- les correspondiente al ejercicio fiscal 2002. Artículo 2º.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Rentas y Unidad de Informá- tica. POR TANTO: Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NÚÑEZ STOLAR Alcalde 4287 Establecen color que tendrán flotas de vehículos menores a que se refiere la Ordenanza Nº 058-MDMM ORDENANZA Nº 106-MDMM Magdalena del Mar, 28 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de lec- tura y aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 058-MDMM de fecha 10 de octubre del 2000, se aprobó el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y el Cuadro de Infracciones y Sanciones aplicable en el distrito de Magdalena del Mar; Que, el Art. 3º de la referida norma establece que la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, es compe- tente para autorizar el color uniforme teniendo en cuenta la antigüedad para la flota vehicular de la persona jurídica que integra a estas unidades vehiculares; Que, siendo así y estando a lo dispuesto por el inci- so 3) del Artículo 69º y los Artículos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, el Concejo aprobó por MAYORÍA, la si- guiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL COLOR QUE TENDRÁN LAS FLOTAS DE VEHÍCULOS MENORES Artículo Único.- "Establézcase que las flotas de vehí- culos menores deberán tener el color azul y el techo blan- co como requisito indispensable para obtener el Certifica- do de Operación contemplado en el Capítulo II de la Orde- nanza Nº 058-MDMM". POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NÚÑEZ STOLAR Alcalde 4288