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Pág. 218815 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de marzo de 2002 REQUISITOS 1. DE LA UBICACION Adjuntar además un plano (croquis) a escala aproximada 1:1,000 de la zona donde se ubicará el aviso con detalle a 200 metros antes y a 200 metros después de la ubicación (construcciones, avisos, etc.). De acuerdo al Art. 42 del Reglamento de Transito en vigencia, ningún aviso podrá colocarse a menos 30.00 metros del borde de la carretera. El ancho de la Faja Visual esta comprendida a partir de los 30 metros hasta los 100 metros. Los Avisos deberán proyectarse de manera que no impidan buena visibilidad o cualquier otro inconveniente para el transito. Se deberá también tener en cuenta que el aviso no cubra lugares de belleza paisajista, ni turística, ni interferir con la Señalización Vial, ni invada los espacios de la carretera, no se permitirá la colocación de anuncios publicitarios en las zonas declaradas rígidas, zonas monumentales y zonas de protección ecológicas. Quedando en todo caso, el PRT-PERT-MTC autorizado a suspender el otorgamiento del permiso en una carretera determinada o parte de ella, o a no otorgar permisos de ninguna clase, de juzgarlo conveniente hacerlo, en protección del medio. 2. DEL AVISO Adjuntar además un croquis a color a escala entre 1:10 a 1:100 indicando en detalle su forma, dimensiones generales, diseño de los dibujos, figuras, paisajes, colores etc. que se va a representar, así como el Texto Literal de las inscripciones de la propaganda que se va a colocar. En el caso que las dimensiones del aviso tenga un frente mayor de 3 x 4 m. se acompañara un plano de detalles estructurales a escala entre 1:10 a 1:100 indicando refuerzos, montaje etc. debiendo tenerse presente la presión de viento del lugar (cuya memoria de calculo será acompañado en el expediente) firmado por ingeniero responsable. Los avisos serán diseñados en forma tal que constituyan un anuncio o propaganda seria y con una leyenda que no contenga mas de 10 palabras, de manera de no distraer la atención de los conductores de los vehículos que circulan por las carreteras y pueda dar lugar a accidentes. El Número de Permiso (Código) que corresponda a cada aviso y la fecha que se autorizó y fecha que caduca la autorización del permiso, se colocara en la esquina derecha superior del frente del anuncio. 3. DEL PAGO Están sujeto a pago de la tarifa todos los anuncios o avisos visibles desde la carretera colocados dentro del ancho de la faja visual comprendidos desde los 30 metros del borde de la carretera hasta los 100 metros, aún en el caso de colocarse el aviso en propiedad particular, debiendo los interesados para este caso recabar la autorización del dueño de esa propiedad. Por D.S. Nº 242-83 EFC del 22.06.83, Inciso e) se han modificado las Tarifas para Avisos en Carreteras, a los establecidos por el D.S. Nº 005 del 18.06.51 y que están vigentes a la fecha: •Sobre Postes y Muros :0.3 % UIT por m2. •Sobre Tapias bajas :0.2 % UIT por m2. Para la Aplicación del presente Decreto, se consideran las carreteras que están mantenidas, en conservación o mejoramiento de la Red Vial Nacional asfaltada (incluyendo las zonas urbanas que las cruza) que el Ministerio de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción, atiende a través del Programa Rehabilitación de Transportes “PRT-PERT”, y no los Municipios respectivos. Art. 7º del Reglamento del D.S. Nº 5; las tarifas según el Art. 1º del D.S. Nº 5, son aplicables solo por año completo, caducando el 31 de Diciembre de cada año, debiéndose de renovar todos los años en el curso del mes de Enero. Los fondos provenientes de los permisos a que se refiere el presente Decreto, serán depositados en el Fondo Programa Nacional de Mantenimiento Vial, Cuenta Corriente Nº 000-28282626 del Banco de La Nación, destinándolos para el mejoramiento de la señalización del mantenimiento y conservación de la Red Vial nacional. •Las empresas anunciadoras o publicitarias o firmas comerciales presentaran una Garantía Bancaria, correspondiente a S/. 3.00 por metro cuadrado, con vencimiento al 31 de Enero del año siguiente. 4. TRAMITES p ara elementos publicitarios en la Red Vial Nacional Asfaltada a cargo del PRT-PERTR-MTC Es la siguiente: 4.1 Los interesados recabaran los Formularios solicitud en las Oficinas del PRT-PERT o en las Oficinas Zonales del PRT PERT. 4.2 Presentada la solicitud al PRT-PERT u oficinas zonales por el interesado, su evaluación no demorara más de 30 días, con cuyos resultados proseguirá el tramite. 4.2.1 En caso de ser conforme: •La Gerencia de Operaciones del PRT-PERT-MTC, emitirá la Orden de Pago correspondiente por el derecho del aviso publicitario y por la Garantía por el plazo aprobado, el mismo que se remitirá al interesado para que pague lo indicado en Tesorería del PRT en Lima o depositara en el Banco de la Nación; en caso de gestión ante la zonal, depositara en el Banco de la Nación a la Cuenta Corriente Nº 000-28282626 Programa Nacional de Mantenimiento Vial. •La Garantía, será una Fianza Bancaria por el plazo establecido, que se será ejecutable a simple requerimiento del PRT-PERT, en caso de que haya algún incumplimien- to. •Una vez entregado la copia del comprobante de pago y fianza, se procederá a emitir la autorización correspondiente que se remitirá al Interesado. 4.2.2 En caso que no sea conforme, se notificara: •Cuando es observado, se remitirá al interesado para que complete la información o documentos o adecuar a lo establecido en el reglamento. Su presentación en una segunda oportunidad tendrá el mismo tratamiento del ítem 4.2. •En caso que no proceda, se comunicara al interesado y/o se archivara el expediente. 5. DE LAS INFRACCIONES •La falta de pago de la tarifa según el Art. 1º del D.S. Nº 5, dará lugar al decomiso de los materiales empleados en los anuncios o avisos. •En caso de vencimiento del plazo de la autorización, no haya renovado y que no hayan retirado o eliminado o borrado el anuncio, sé hará efectivo la Garantía Bancaria para efectuar dichos trabajos; en caso contrario será devuelta la garantía. •La colocación de elementos publicitarios sin la autorización correspondiente del PRT-PERT. 4309