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Pág. 218821 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de marzo de 2002 tía comercial suficiente para que el señor Cáceres pueda ejer- cer sus funciones en el primer semestre del presente año, corresponde proceder a la devolución del certificado de de- pósito presentado ante esta Superintendencia; Atendiendo a ello, de conformidad con lo establecido en el inciso w) del Artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a los Martilleros Públicos cu- yos nombres aparecen en la siguiente relación, para continuar ejerciendo sus funciones en todo el territorio de la República, con excepción de Lima y Callao, durante el primer semestre del año 2002; es decir, hasta el 30 de junio del año 2002: Nº Registro APELLIDOS Y NOMBRES 044 Telmo Adrián Cáceres Romero 136 Eli Marcelino Chávez Cotrina 078 Wilson Gonzales Rojas 080 Miguel Ángel Jiménez Mostajo 105 Carlos Alfonso Navarrete Roldán 099 Gilberto Paúl Pacherres Orejuela Artículo Segundo.- Disponer que el Certificado de Depósito del Banco de la Nación Nº 2002016100451, sea devuelto al señor Telmo Adrián Cáceres Romero, toda vez que dicho depósito se ha efectuado a la orden del Registro Fiscal de Ventas a Plazos de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 4078 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Reglamento para el otorga- miento de Autorización Municipal de Funcionamiento en el distrito ORDENANZA Nº 079-MDLV LA VICTORIA, 7 de febrero del 2002. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA El Concejo Distrital de La Victoria, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órga- nos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia. Que, las municipalidades son competentes para plani- ficar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar pla- nes correspondientes para fomentar el desarrollo integral y armónico de sus jurisdicciones, conforme lo dispone los Artículos 3º y 10º inciso 8) de la Ley Orgánica de Munici- palidades Ley Nº 23853. Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 68º inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, son funciones específicas de las Municipalidad en materia de abastecimiento y comercialización de produc- tos el otorgamiento de licencias de apertura de estableci-mientos comerciales e industriales, y de actividades profe- sionales, así como el control de su funcionamiento de acuer- do a ellas. Que, mediante el numeral 3) del Artículo 33º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se establece que los Concejos Municipales ejercen atribuciones para dictar normas, modificar, derogar las Ordenanzas y Edictos mu- nicipales de su competencia. Que en cumplimiento de estas funciones el Concejo Distrital de La Victoria, con fecha 28 de Enero de 1999, aprobó la Ordenanza Nº 014-MDLV, mediante la cual esta- bleció el Reglamento para el Otorgamiento de la Autoriza- ción Municipal de Funcionamiento en el distrito Que, la Dirección de Comercialización y Promoción Em- presarial, ha emitido el Informe Nº 272-01-DCPE/MDLV, de fecha 01 de octubre del 2001, mediante el cual informa que habiendo el Congreso de la República aprobado normas relativas al funcionamiento de establecimientos, éstas debe- rán adecuarse al reglamento, además en la pr áctica se ha constatado que existen algunos vacíos en la Ordenanza Nº 014-MDLV, siendo necesario complementar dicha norma, ra- zón por la cual deberá sustituirse la misma por otra que reco- ja la nueva normativa y llene los vacíos encontrados. Que, así mismo de conformidad con el citado Informe, se establece que existen múltiples quejas de vecinos por perturbación de su tranquilidad, ruidos molestos, utiliza- ción de vía pública de manera indebida para el consumo de bebidas alcohólicas, utilización de la vía pública como urinarios, proliferación de venta de drogas y delincuencia, generada por establecimientos que funcionan durante vein- ticuatro horas principalmente expendiendo licor. Estando a las facultades conferidas por los Artículos 191º, y 192º, de la Constitución Política del Perú, concordantes con las establecidas en el numeral 3 del Artículo 36º, el numeral 7 del Artículo 68 º y el Artículo 109º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Ley Nº 23853, el Concejo ha dado a siguiente: ORDENANZA NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO Y CANCELACIÓN DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento de Autoriza- ción Municipal de Funcionamiento de establecimientos comer- ciales, industriales, profesionales y /o de servicios, que forma parte de la presente norma y que consta de VI Títulos, 78 artículos, 4 Disposiciones Complementarias y 4 Anexos. Artículo Segundo.- Prohíbase dentro del Distrito, el funcionamiento de establecimientos con los siguientes gi- ros: prostíbulos, casa de citas, salones de masajes no te- rapéuticos, por ser estos giros no conformes de acuerdo con la zonificación del distrito. Artículo Tercero.- Deróguese la Ordenanza Nº 014- MDLV, y todas las disposiciones reglamentarias y adminis- trativas que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Autorícese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamenta- rias y complementarias para la aplicación del citado Reglamento. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde REGLAMENTO PARA OTORGAR AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. - Finalidad El presente reglamento regula el trámite para la obten- ción, cancelación, actualización y renovación de la Autori-