Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2002 (27/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 27 de marzo de 2002 1. Forma de candidatura:

NORMAS LEGALES

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La eleccion de autoridades regionales, tanto de miembros para el Consejo Regional como del Presidente y Vicepresidente de la Region, se realiza de manera conjunta. Esto es, que en las cedulas de votacion para la eleccion de autoridades regionales, se vota por todos los candidatos que integren una lista inscrita y patrocinada por una organizacion politica. 2. Procedimiento de votacion: La eleccion regional se realiza a traves del sistema de listas cerradas y bloqueadas. Esto significa, que al elector solo se le permite votar por una lista de candidatos en bloque, sin que se altere la disposicion u orden de los candidatos inscritos por una organizacion politica. 3. Conversion de votos en resultados: Como resultado de la votacion, la lista de candidatos que ha obtenido la votacion mas alta entre todas o aquella que ha obtenido la mayor cantidad de votos de los electores, gana la Presidencia y Vicepresidencia del Gobierno Regional, asi como el mayor numero posible de cargos o escanos en el Consejo Regional, segun corresponda. 4. Aplicacion de la cifra repartidora: a) Lista ganadora con mayoria relativa: · Cuando la lista ganadora no logra superar el 50% del total de votos validos emitidos, se le asigna directamente la mitad mas uno de los cargos de miembros del Consejo Regional sin que entre en el sistema de cifra repartidora. · La cifra repartidora se aplica a la totalidad del resto de listas participantes, determinandose el total de votos validos sin los votos obtenidos por la lista ganadora, y segun el numero de consejeros que reste asignar. b) Lista ganadora con mayoria absoluta: · Cuando la lista ganadora supera el 50% del total de votos validos emitidos, se aplica la cifra repartidora a todas las listas participantes, incluyendo a la ganadora, salvo que le favorezca mas la asignacion directa de la mitad mas uno de los cargos, en cuyo caso entran solamente al sistema de la cifra repartidora las demas listas. 5. Procedimiento para la obtencion de la cifra repartidora: a) Se determina el total de votos validos emitidos a favor de cada lista de candidatos en la circunscripcion electoral regional. b) El total de votos validos obtenidos por cada lista se divide sucesivamente, entre 1, entre 2, entre 3, etc., segun sea el numero total de Consejeros que corresponda elegir o segun el resto de dichos cargos a repartir en cada circunscripcion electoral regional. c) Los cuocientes parciales obtenidos son colocados en orden sucesivo de mayor a menor, hasta tener el numero de cuocientes igual al numero de consejeros por elegir o repartir. El cuociente que ocupe el ultimo lugar constituye la Cifra Repartidora. d) El total de votos validos de cada lista se divide entre la Cifra Repartidora, para establecer el numero de Consejeros que corresponda a cada una de ellas. e) El numero de Consejeros de cada lista esta definido por la parte entera del cuociente obtenido a que se refiere el inciso anterior. f) En caso de no alcanzarse el numero total de Consejeros previstos, se adiciona la unidad a quien tenga mayor parte decimal y, en caso de empate se decide por sorteo entre los que hubieran obtenido igual votacion. 6. Asignacion de Consejeros: a) La asignacion de consejeros se MORDAZA en el orden en que las provincias y sus respectivos candidatos (titular y accesitario) aparezcan en las respectivas listas de candidatos, segun el numero de consejeros asignado para cada lista empezando por la lista ganadora y asi sucesivamente en orden descendente.

b) La provincia asignada a una lista excluye a la de otra lista segun lo senalado en el punto anterior, salvo que a una provincia le corresponda mas de un representante, en cuyo caso se respeta el orden asignado de provincias y sus respectivos candidatos por las organizaciones politicas. c) Para establecer la mayoria absoluta en el caso de Consejos Regionales integrados por numero impar de consejeros, se MORDAZA la mitad del referido numero y se le agrega uno. El resultado se redondea al entero inmediato superior. Por ejemplo, si el numero de consejeros es 7, la mitad es 3,5 al cual agregandosele uno (1) da 4,5 que redondeado al entero superior es 5. d) Cada provincia obtiene como minimo un representante en el Consejo Regional, incluyendo un accesitario en cada caso. 5731

MINISTERIO PUBLICO
Dictan medidas relativas a vacaciones y licencias concedidas a fiscales a cuenta de vacaciones
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 499-2002-MP-FN MORDAZA, 26 de marzo de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, para una mejor atencion en la expedicion de Constancias de Record Vacacional, expedida por la Gerencia de Registro de Fiscales, la misma que debe tener similitud con el Registro de Vacaciones y Licencia a cuenta de las mismas, que llevan los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, es necesario tomar las medidas pertinentes y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las Resoluciones expedidas por los Fiscales Superiores de Decanos de los Distritos Judiciales a nivel nacional, en las que conceden licencia a cuenta de vacaciones, deben contener el periodo al que corresponden. Asimismo, si las licencias a cuenta de vacaciones son los dias viernes se debe contabilizar los sabados y domingos, en razon de que el uso del derecho vacacional es de 30 dias calendario. Articulo Segundo.- Los Fiscales Superiores Decanos remitiran a la Gerencia de Registro de Fiscales, el Registro de Vacaciones y Licencias a cuenta de vacaciones concedidas a los senores Fiscales, hasta la fecha, a efectos de actualizar el sistema en la Gerencia de Registro de Fiscales. Articulo Tercero.- Los Fiscales Superiores Decanos a partir de la fecha tambien remitiran MORDAZA de las Resoluciones que conceden uso de vacaciones, descansos medicos y otros a la Gerencia Central de Personal, para un mejor control. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Gerencia Central de Personal y Gerencia de Registro de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 5736

Declaran fundada denuncia interpuesta contra fiscales superior y provinciales del Distrito Judicial de MORDAZA por presunta comision de delito de prevaricato
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 501-2002-MP-FN MORDAZA, 26 de marzo del 2002

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