Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2002 (27/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de marzo de 2002

2.- El MORDAZA del Concejo Distrital de Pilchaca, ha cumplido con remitir a este organismo electoral los siguientes documentos, que sustentan legalmente la declaratoria de vacancia acordada: a) Copias autenticadas de tres citaciones a sesiones de Concejo de fechas 11 septiembre, 7 de octubre y 23 de noviembre del 2000 con cargo de recepcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Poccomo; b) MORDAZA autenticada del acta de sesion extraordinaria de fecha 13 de diciembre del 2000, que declara por unanimidad la vacancia del cargo de Regidor; c) MORDAZA certificada de la Resolucion Municipal Nº 001-2001-CMDP de fecha 31 de enero del 2001, formalizando la declaratoria de vacancia; d) Original y MORDAZA autenticada de la MORDAZA de notificacion de la Resolucion Municipal, con cargo de recepcion del Regidor vacado; e) MORDAZA del Gobernador del distrito de Pilchaca, senor MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, informando haber notificado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Poccomo, para que concurra a sesiones de Concejo; d) Copias certificadas de las actas a sesiones de Concejo de fechas 08, 15, 22 de noviembre y 6 de diciembre del ano 2000, que acreditan la inconcurrencia a sesiones de Concejo; f) MORDAZA que el acuerdo ha quedado consentido; en consecuencia la declaratoria de vacancia se ha dictado con arreglo a ley y es procedente convocar al reemplazante respectivo. 3.- En autos es aplicable el inciso 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que dispone en caso de vacancia de un Regidor, lo reemplaza el Regidor suplente de su misma lista; correspondiendo en este caso a la candidata no proclamada senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante del Partido Politico "Accion Popular", asumir el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Pilchaca, en lo que resta el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002. El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Pilchaca, provincia y departamento de Huancavelica, en reemplazo del Regidor vacado senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Poccomo. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial correspondiente a la citada ciudadana a fin de que asuma el cargo de Regidora, en lo que resta el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 5722

Que la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, publicada en el Diario Oficial El Peruano el viernes 15 de marzo del presente ano, dispone en su Articulo 8º que "los miembros del Consejo Regional son elegidos por sufragio directo para un periodo de cuatro (4) anos, en forma conjunta con la eleccion del Presidente y el Vicepresidente regional. La eleccion se sujeta a las siguientes reglas: 1. La votacion es por lista. 2. A la lista ganadora se le asigna la cifra repartidora o la mitad mas uno de los cargos de miembros del Consejo Regional lo que mas le favorezca, segun el orden de candidatos y provincias propuestos por los partidos politicos y movimientos. La asignacion de cargos se efectua redondeando el numero al entero superior. 3. La cifra repartidora se aplica entre todas las demas listas participantes para establecer el numero de miembros que les corresponde, cuidando de no repetir la representacion por provincia establecida por la lista que le precede en votacion. 4. Cada provincia obtendra como minimo un representante en el Consejo Regional. 5. El MORDAZA Nacional de Elecciones dentro de los quince (15) dias siguientes a la vigencia de la presente Ley, aprobara las directivas que fuesen necesarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en el presente articulo". Que es necesario desarrollar y especificar el procedimiento a seguir para la conversion de votos en escanos regionales; es decir, para la reparticion de los cargos de miembros de Consejo Regional entre todas las listas de candidatos que participen en la eleccion, segun las reglas senaladas en la Ley de Elecciones Regionales; Que siendo de aplicacion supletoria al MORDAZA de elecciones regionales, la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, de conformidad con lo establecido en el Articulo 16º de la Ley de Elecciones Regionales; debe utilizarse para la eleccion de miembros de Consejo Regional el metodo de la cifra repartidora previsto para la eleccion de Congresistas de la Republica, segun lo senalado en el Articulo 30º de la Ley Organica de Elecciones; Que habiendose publicado el sabado 23 de marzo del presente en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del MORDAZA Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), una separata especial del proyecto de directiva para la adecuada aplicacion del procedimiento de eleccion de de miembros de Consejo Regional, y vencido el plazo de MORDAZA de sugerencias y comentarios respecto de dicha directiva, recibiendose importantes comentarios de ciudadanos; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones constitucionales en materia electoral y en aplicacion del Articulo 8º de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2002ER/JNE sobre la eleccion de miembros de Consejo Regional para las proximas elecciones regionales, la cual forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la presente Resolucion para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General DIRECTIVA Nº 001-2002-ER/JNE Eleccion de Miembros de Consejo Regional Para la adecuada aplicacion del Articulo 8º de la Ley Nº 27683, referente a la eleccion de miembros de Consejos Regionales, se tomara en cuenta las siguientes pautas y procedimientos:

Aprueban Directiva sobre eleccion de miembros de Consejo Regional para las elecciones del 17 de noviembre del ano 2002
RESOLUCION Nº 105-2002-JNE MORDAZA, 26 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo del presente ano, se ha convocado a elecciones regionales para el dia MORDAZA 17 de noviembre del ano 2002 en cada uno de los 24 departamentos de la Republica y en la Provincia Constitucional del Callao;

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