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Pág. 219982 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de marzo de 2002 b. La Gerencia General de la SUNASS, que propone al Consejo Directivo las fórmulas tarifarias y los ajustes tari- farios correspondientes. c. La Gerencia de Regulación Tarifaria de la SUNASS, que evalúa los planes y programas de base que presentan las empresas prestadoras y elabora los estudios tarifarios para la determinación de las fórmulas tarifarias y ajustes de tarifas. Artículo 4º.- Normas aplicables La base legal e instrumentos de regulación tarifaria apli- cables para el proceso de fijación de precios regulados son los siguientes: a. La Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Sa- neamiento. b. El Título IV del Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Servi- cios de Saneamiento. c. La Resolución de Superintendencia Nº 179-96- PRES-VMI-SUNASS que aprueba la “Directiva para la Formulación de los Planes Maestros de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento”, así como sus modificatorias, aprobadas por Resoluciones de Su- perintendencia Nºs. 854-99-SUNASS y 056-2001- SUNASS-CD. d. La Resolución de Superintendencia Nº 252-2000- SUNASS que aprueba la “Directiva para la presentación de los Planes Financieros de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento”. e. La Resolución de Superintendencia Nº 240-2000- SUNASS que regula los ajustes tarifarios de las empresas prestadoras que se encuentran en la etapa preparatoria del sistema tarifario. TÍTULO II Procedimientos para la determinación de tarifas a partir de los Planes Maestros y Financieros Artículo 5º.- Sobre las Fórmulas Tarifarias Las fórmulas tarifarias son algoritmos que permiten es- tablecer el proceso de ajuste de precios dentro de un quin- quenio, para cada empresa prestadora que ingresa a la etapa de mejoramiento del sistema tarifario. Las fórmulas tarifarias son aprobadas por SUNASS, y es a partir de ellas que se calculan las tarifas finales que se aplican a los usua- rios. Artículo 6º.- Procedimiento para la aprobación y re- visión de las fórmulas tarifarias El procedimiento para la aprobación y revisión de las fórmulas tarifarias, así como los plazos correspondientes se encuentran contenidos en el anexo 1 de la presente nor- ma. TÍTULO III Procedimientos para la determinación de ajustes tarifarios basados en Planes Operativos Anuales Artículo 7º.- Sobre la determinación de los ajustes tarifarios sustentados en los Planes Operativos Anua- les de las empresas prestadoras Las empresas prestadoras municipales que aún se encuentren en la Etapa Preparatoria del sistema tarifa- rio, solicitarán sus ajustes tarifarios sustentándolos en los requerimientos económicos y financieros para eje- cutar sus planes operativos anuales, los mismos que, junto con otra información adicional relevante, servirán de base para que la SUNASS desarrolle los respecti- vos estudios tarifarios. El procedimiento para la determinación de los ajustes tarifarios a partir de Planes Operativos Anuales y los pla- zos correspondientes se encuentran contenidos en el anexo 2 de la presente norma. TÍTULO IV De las Impugnaciones Artículo 8º.- Pertinencia del recurso de reconside- ración Frente a las resoluciones de la SUNASS que aprue- ban las fórmulas tarifarias no cabe la presentación derecurso alguno por parte de la empresa prestadora, debiendo procederse de acuerdo a lo que establece el Artículo 34º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servi- cios de Saneamiento. Frente a las resoluciones de la SUNASS que autorizan los ajustes de tarifas de las empresas que aún se encuen- tran en la etapa preparatoria, las empresas prestadoras pueden interponer recurso de reconsideración. Artículo 9º.- Procedimiento a seguir Para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo anterior, la empresa pres- tadora deberá sujetarse a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Disposición Complementaria La confidencialidad de la información a la que se refiere el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, será declarada por el Consejo Directivo de la SUNASS, siendo aplicable lo dispuesto en la Resolución de Superintenden- cia Nº 060-2001-SUNASS-CD. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con el objetivo de establecer un mayor grado de trans- parencia en la actuación de los organismos reguladores, el Gobierno emitió el Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, norma que dispuso que los organismos reguladores de- bían establecer y hacer público el procedimiento específi- co de fijación de precios regulados, bajo los lineamientos contenidos en el referido dispositivo. En lo que concerniente a la fijación de precios co- rrespondientes al servicio de agua potable y alcantari- llado sanitario, debe ante todo precisarse que, de acuer- do al marco legal vigente, la Superintendencia Nacio- nal de Servicios de Saneamiento -SUNASS- sólo aprue- ba directamente las tarifas correspondientes a la EPS SEDAPAL, mientras que en el caso de las empresas municipales define las tarifas autorizadas a cobrar una vez que hayan sido aprobadas por la respectiva Junta General de Accionistas o Junta General de Socios, se- gún sea el caso. De otro lado, y en la medida en que el esquema de regulación tarifaria vigente establece la implementación gradual del sistema tarifario, la actuación del organis- mo regulador en materia tarifaria se presenta (i) cuan- do aprueba las “Fórmulas Tarifarias” de aquellas em- presas que, al contar con sus planes de expansión de largo plazo, están en condiciones de ingresar a la se- gunda etapa del proceso de implementación del siste- ma tarifario, conocida con el nombre de “Etapa de Mejoramiento”; y (ii) cuando -por no contar aún con ta- les planes- la SUNASS debe autorizar los reajustes tarifarios de aquellas empresas que aún se encuentran en la primera etapa del proceso en mención, denomi- nada “Etapa Preparatoria”. En el primer caso, debe entenderse como fórmulas ta- rifarias, a los algoritmos que permiten establecer los re- ajustes de precios que corresponde aplicar a lo largo de un quinquenio, para cada empresa prestadora que ingresa a la etapa de mejoramiento del sistema tarifario. Dichas fór- mulas tarifarias se derivan del Estudio Tarifario elaborado por SUNASS, a partir del Plan Maestro y del Plan Finan- ciero elaborados por la empresa prestadora bajo los linea- mientos establecidos por el organismo regulador. Las fór- mulas tarifarias son aprobadas por SUNASS, y es a partir de ellas que se calculan las tarifas finales que se aplican a los usuarios. El segundo caso es aplicable a aquellas empresas prestadoras que aún no cuentan con sus respectivos Plan Maestro y Plan Financiero, para las que- en el marco de la normativa vigente- sólo es posible adoptar decisiones en materia tarifaria sobre la base de los pla- nes operativos anuales. Sobre la base de lo expuesto, la presente norma presenta los procedimientos a se- guirse en la determinación de las tarifas de las Empre- sas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, especi- ficando los órganos competentes involucrados en di- cha determinación, los plazos para desarrollar cada una de las etapas de los procedimientos y los recursos que se podrán interponer en casos de discrepancia con lo establecido por la SUNASS.