Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2002 (04/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 222385 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de mayo de 2002 Estando a lo expuesto conforme a las facultades con- feridas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Otorgar desde el 6 de mayo al 5 de junio del 2002, el Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa a los contribuyentes del distrito de San Luis para que regularicen sus obligaciones pendientes. Artículo Segundo.- El Beneficio de Regularización Tri- butaria y Administrativa comprende la condonación de in- tereses moratorios y reajustes por Índices de Precios al por Mayor (IPM), para el pago del Impuesto Predial, Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Tasa de Li- cencia de Funcionamiento, Multas Administrativas y Mul- tas Tributarias. No se admitirá el fraccionamiento de la deuda insoluta. Artículo Tercero.- El Beneficio de Regularización Tri- butaria para el Impuesto Predial y los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines será comprendida desde los años 1994 al 2001, condonándose el pago de intereses, moras y factor de actualización, comprendiendo este al- cance a los deudores de la Tasa de Licencia de Funciona- miento desde los años 1994 al 1999. Artículo Cuarto.- De las Multas Administrativas y Tri- butarias: · De las Multas Administrativas en Cobranza Ordinaria de los años 1998 y 1999 se otorgará un descuento del 80%, y de los años 2000 y 2001 un descuento del 70%, ambos sobre el valor de la multa. · De las Multas Tributarias se otorgará el 100% de des- cuento. Artículo Quinto.- En el caso de deudas que han sido materia de fraccionamiento podrán acogerse a la presente Ordenanza, siempre y cuando se efectúe el pago al con- tado de la deuda total previo desistimiento y pago de for- mato respectivo. Artículo Sexto.- De la ejecución coactiva, considére- se los valores determinados en los cobros por tributos y tasas, las mismas que se acogerán al beneficio tributario y administrativo establecido en la presente Ordenanza, pre- via cancelación de las costas del procedimiento de ejecu- ción coactiva. Artículo Sétimo.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante decreto, si estima necesario, amplíe el plazo de la presente Amnistía. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia General, Gerencias de Finanzas y las Gerencias respectivas el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 7927 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Declaran en situación de urgencia la adquisición de productos destinados al Programa del Vaso de Leche para los meses de marzo y abril de 2002 ACUERDO MUNICIPAL Nº 10-2002 Arequipa, 18 de abril de 2002 VISTO: El Dictamen Legal Nº 46-2002-MPA-F de la Di- rección General de Asesoría Jurídica, por el que da cuenta que con Oficio Nº 005-2002-MPA-CAPVL, de fecha 15 de abril del 2002, emitido por la señora Regidora Mary Vás- quez de Poémape, Presidenta del COMITÉ DE ADMINIS- TRACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, de la Municipalidad Provincial de Arequipa, quien solicita se de-clare en Situación de Urgencia la adquisición de los pro- ductos del Vaso de Leche, para los meses de marzo y abril del presente año; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Municipal Nº 059 del 29 de enero del 2002, la Municipalidad Provincial de Arequi- pa, ha designado al Comité Especial encargado de llevar a cabo el proceso de selección de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche, para los meses de marzo a diciembre del 2002; Que, por Resolución Municipal Nº 111 del 15 de fe- brero del 2002, se aprueba las Bases Administrativas que regularán el proceso de Selección, procediéndose a pu- blicar el aviso de convocatoria a nivel nacional el 18 de febrero del 2002, tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el diario Arequipa Al Día; Que, la Comisión Especial, mediante Oficio Nº 040- 2002-MPA-PVL-CER con fecha 15 de abril del 2002, informa que durante el proceso de selección, la representante legal de la Empresa Productos Enri- quecidos Lácteos S.A.C., ha presentado observacio- nes a las Bases, alegando que no se está cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 4.1. de la Ley Nº 27470 que ordena que se deberá adquirir aquellos alimentos de mayor nivel nutricional "adecuadamente balancea- do", para las raciones del Programa del Vaso de Le- che; observación que ha sido elevada al Consejo Su- perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), como consta del Oficio Nº 021-2002- MPA-PVL-CE de fecha 13 de marzo del 2002; Que, este hecho viene perjudicando a los beneficia- rios del Programa del Vaso de Leche, pues no se está cumpliendo con el cronograma establecido de entrega de raciones, situación que ha sido comunicada por la Pre- sidenta del Comité de Administración del referido Pro- grama, tal como se aprecia del Informe Nº 001-02-MPA- CAPVL de fecha 19 de marzo del 2002; Que, estas circunstancias hacen necesario declarar en situación de urgencia la adquisición de los productos del Programa del Vaso de Leche, por el período compren- dido a los meses de marzo y abril del presente año, a fin de asegurar el abastecimiento de los insumos y seguir atendiendo oportunamente a los beneficiarios del Pro- grama, aplicando el marco normativo excepcional que fi- jan las normas de contrataciones; Que, en efecto, conforme a lo establecen los Ar - tículo 19º, inciso c), 20º y 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, "están exonerados de los procesos de lici- tación pública aquellas adquisiciones que se realicen en situación de Urgencia, cuando la ausencia imprevi- sible de determinado bien, comprometa en forma di- recta e inminente la continuidad de una actividad, de- biendo de entenderse como tales a un hecho de ex- cepción que promueve que se lleve a cabo el corres- pondiente proceso de selección"; Que, bajo este contexto legal, el Concejo Municipal, en mérito a los informes antes mencionados debe decla- rar en situación de Urgencia el suministro de los produc- tos alimenticios del Programa del Vaso de Leche; Estando a lo anteriormente expuesto, el Concejo Mu- nicipal en sesión realizada el día 16 de abril del 2002, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de los productos destinados para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Arequipa, para los meses de marzo y abril del 2002, en tanto se culmine el proceso de selección respectivo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección General de Administración Financiera, para que a través de la Di- rección de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y en concordancia con el Comité de Administración del Pro- grama del Vaso de Leche, adquiera en forma directa los productos necesarios para cubrir el referido Programa, mientras dure la situac ión de Urgencia.