Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2002 (10/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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minado deberan presentar su solicitud, de acuerdo al modelo del Anexo 4, en Mesa de Partes de la Sede Central. Esta solicitud debera ser presentada con una anticipacion de cinco (5) utiles a que se efectue la importacion del producto, la que ira acompanada de la siguiente informacion adicional, segun corresponda: - Plaguicidas de uso MORDAZA registrados en el SENASA: solo solicitud de autorizacion de importacion. - Plaguicidas de uso MORDAZA registrados en el SENASA pero diferente nombre comercial: Declaracion Jurada en la que se indique que la identidad del producto es la misma del producto registrado en el SENASA (Anexo 3), Hoja de Seguridad del producto y etiqueta original del mismo. - Plaguicidas de uso MORDAZA cuyos ingredientes activos ya fueron evaluados por el SENASA para el registro de un producto terminado pero que tienen diferente concentracion y/o una formulacion distinta al producto registrado: Hoja de Seguridad y etiqueta original del producto que esta siendo importado. - Plaguicidas de uso MORDAZA registrados en el SENASA, pero provenientes de diferentes paises de origen: Certificado de Origen, Hoja de Seguridad del producto, Declaracion Jurada en la que se consigne nombre, direccion y telefono del fabricante en el MORDAZA de origen y etiqueta original del producto que esta siendo importado. - Plaguicidas de uso MORDAZA cuyos ingredientes activos ya fueron evaluados por el SENASA para el registro de un producto terminado pero que tienen diferente concentracion y/o una formulacion distinta al producto al registrado y ademas provienen de otro MORDAZA de origen: Hoja de seguridad del producto, Certificado de Origen, Declaracion Jurada en la que se consigne nombre, direccion y telefono del fabricante en el MORDAZA de origen y etiqueta original del producto que esta siendo importado. - Plaguicidas de uso MORDAZA cuyo ingrediente activo no se encuentra evaluado por el SENASA para ningun producto comercial: tramitar Registro de Uso del producto. A su solicitud adjuntaran el pago respectivo. B) La Direccion de Insumos Agricolas revisara la solicitud presentada. De ser conforme emitira la Autorizacion de Importacion; caso contrario se denegara lo solicitado, preparando el documento correspondiente para informar al interesado. C) Otorgada la Autorizacion de Importacion, se cursara Oficio a la Direccion Desconcentrada que corresponda para el seguimiento respectivo, la que debera informar a la Direccion General de Sanidad Vegetal cualquier irregularidad que detectaran en cuanto al uso y posible comercializacion del (los) plaguicida(s) importado(s) por parte del interesado. D) En caso de que la Autorizacion de Importacion se tramite por una Direccion Desconcentrada, esta la remitira el mismo dia de su recepcion, por Facsimil, a la Direccion de Insumos Agricolas para su tramite respectivo. De encontrarse conforme la solicitud, la Direccion de Insumos Agricolas emitira la correspondiente Autorizacion, siendo remitida a la Direccion Desconcentrada correspondiente, para su entrega al interesado. De encontrarse alguna observacion, se comunicara el hecho a la Direccion respectiva, para que el interesado proceda a su subsanacion en un plazo de cinco (5) dias utiles. E) No se permitira la importacion de ingredientes activos grado tecnico a los Agricultores - Importadores - Usuarios de plaguicidas quimicos de uso agricola. F) El otorgamiento o denegacion de la autorizacion sera atendida en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias utiles. 3.3.- REGISTRO DE USO. Articulo 34º A) Este registro se otorgara al Agricultor - Importador Usuario que pretenda importar para su uso propio plaguicidas quimicos de uso MORDAZA sobre los que no se tienen antecedentes en el pais. No se permitira el Registro de Uso para la importacion de los productos clasificados en las categorias Ia y Ib de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), por cuanto se considera que se trata de plaguicidas que son de alta peligrosidad al ser humano y deben ser adecuadamente manejados. Este Registro es intransferible y solo da derechos de importar el producto al interesado que realizo los tramites correspondientes. B) La persona interesada en obtener el Registro de Uso de un Plaguicida Quimico de Uso MORDAZA, acompanara a su solicitud, segun modelo del Anexo 5, los documentos senalados en la Resolucion Jefatural que aprueba los requisitos para el Registro de Uso de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola.

C) La Direccion de Insumos Agricolas revisara la documentacion presentada. De encontrarlo conforme elaborara el Informe Tecnico de aprobacion, procediendose a emitir la Resolucion Directoral de aprobacion del tramite y a su asiento en el Libro que corresponda. Luego se elaborara el Certificado de Registro de Uso, el que sera firmado por el Director de Insumos Agricolas y por el Director General de Sanidad Vegetal, y sera entregado mediante Carta al interesado D) En caso de que algun requisito no estuviera de acuerdo a lo solicitado, se cursara comunicacion escrita al interesado para la subsanacion que corresponda. Posteriormente, y una vez subsanadas las observaciones, se proseguira de acuerdo a lo indicado en el parrafo precedente. El interesado dispondra de veinte (20) dias utiles para subsanar las observaciones encontradas, luego de lo cual se tendra por no presentada la solicitud y se dispondra el archivo del expediente, comunicandose del hecho al interesado. E) Este Registro se conducira en un Libro diferente al del Registro Nacional de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, por cuanto se trata de usos diferentes. F) El SENASA se encuentra facultado a tomar aleatoriamente muestras de los plaguicidas que son importados por los Agricultores-Importadores-Usuarios, para los analisis respectivos, los mismos que correran con los gastos que demande su realizacion. 4.- RESPONSABILIDAD DEL AGRICULTOR - IMPORTADOR - USUARIO A) El Agricultor - Importador - Usuario sera responsable de la importacion, uso, manejo y disposicion final de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA que importe. Del mismo modo, debera tomar las medidas de precaucion necesarias, evitando la contaminacion del personal que manipule estos productos, de los alimentos y del medio ambiente. B) Toda transgresion al Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA y al presente Manual, ocasionara la anulacion del (los) registro(s) otorgado(s), sin perjuicio de la imposicion de las sanciones correspondientes, acciones civiles y/o penales a que hubiere lugar. C) El Agricultor - Importador - Usuario no podra comercializar los plaguicidas importados mediante este procedimiento. De comprobarse tal situacion se sancionara al infractor con una multa equivalente a dos UIT y el decomiso del (los) producto(s), de acuerdo a lo senalado en el Articulo 14º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola. D) La Direccion General de Sanidad Vegetal, a traves de la Direccion de Insumos Agricolas, y las Direcciones Desconcentradas del SENASA, asi como las Oficinas de Sanidad Agropecuaria del Terminal Portuario del Callao y del Terminal Aereo del Callao, son los responsables de la aplicacion de lo dispuesto en el presente Manual. ANEXO 1 MODELO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE AGRICULTOR - IMPORTADOR - USUARIO Senores Direccion General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria El suscrito .......................................... con DNI Nº ...................., domicilio en ......................................................... representante legal de la empresa (o asociacion) ............................................................, cuya actividad es la de ........................................................ y en cumplimiento del Articulo 14º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG y modificado con las Resoluciones Ministeriales Nº 476-200-AG, Nº 639-2000-AG y Nº 1216-2001-AG, solicito el Registro como Agricultor - Importador - Usuario de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, para lo cual anexo la siguiente informacion y documentos: (Relacion de los documentos adjuntos, segun Articulo 14º del Reglamento) Lugar y fecha _______________________ Nombre y Firma del Asesor Tecnico _______________________ Nombre y Firma del Representante Legal

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