Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2002 (10/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 222700

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2002

76.01 "Para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico, Ano Fiscal 2002". g. Resolucion Directoral Nº 003-2002-EF/76.01 del 14.Ene.2002, sobre Clasificadores para el Ano Fiscal 2002 y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Ano Fiscal 2002. h. Resolucion Ministerial Nº 1320-DE/SG del 26.Dic.2001, sobre "Aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura y la Estructura Funcional Programatica del Pliego 026 MINISTERIO DE DEFENSA", correspondiente al AF-2002. i. Resolucion Ministerial Nº 239 DE/SG del 23.Ene.2002, que aprueba la Directiva Nº 002-DE/OPPP, para la Ejecucion y Control del Presupuesto del Pliego 026 MINISTERIO DE DEFENSA", para el EP-2002. j. Resolucion Directoral Nº 007-99-EF/76.01 del 23.Feb.99 "Glosario de Terminos del Sistema de Gestion Presupuestaria del Estado". k. Ley Nº 27245 del 10.Dic.99 "Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal", modificada por la Ley Nº 27577 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-EF. l. Resolucion de Contraloria Nº 046-2001-CG del 19.Abr.2001, aprueba la Directiva Nº 007-2001-CG/140 sobre "Emision de opinion previa de la Contraloria General de la Republica en caso de Adquisiciones y Contrataciones con caracter de Secreto Militar o de Orden Interno exoneradas de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa. m. Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM del 4.May.2001, establece "Disposiciones aplicables a las Adquisiciones o Contrataciones de Bienes, Servicios u Obras que se efectuen con caracter de Secreto Militar o de Orden Interno" y modificatoria D.S. Nº 063-2001-PCM del 25.May.2001. 5. ESTRUCTURA FUNCIONAL - PROGRAMATICA DEL PLIEGO MINISTERIO DE DEFENSA PARA EL ANO FISCAL 2002 El Pliego 026 MINISTERIO DE DEFENSA, tiene una estructura funcional programatica que consta de las categorias siguientes: Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Componente, Meta Presupuestaria, Categoria del Gasto, Grupo Generico de Gasto y Especifica del Gasto, de los cuales para la aprobacion de los Calendarios de Compromisos y la Ejecucion del Gasto el MEF considera 5 Unidades Ejecutoras: 001: 002: 003: 004: 005: Oficina General de Administracion. Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Ejercito Peruano. MORDAZA de MORDAZA del Peru. Fuerza Aerea del Peru.

Nº 001-2002-EF/76.01 y Art. 32º Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado"). (d) Los Calendarios de Compromisos solo se modifican mediante Ampliacion, por motivos excepcionales (acontecimientos catastroficos, situaciones que supongan grave peligro y que afecten la seguridad nacional, casos de urgencia, entre otros) debidamente evaluados por la DNPP-MEF, debiendo adjuntarse la documentacion sustentatoria correspondiente.(Art. 23º, Directiva Nº 001-2002EF/76.01 y Art. 33º, Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado"). (e) Cuando la DNPP-MEF comunique los Calendarios de Compromisos mensuales a la OPPP- MINDEF, esta comunicara a la OGA-MINDEF y a las Unidades Ejecutoras mediante Oficios las asignaciones aprobadas. (f) La OGA-MINDEF formulara mensualmente las Resoluciones Jefaturales, comunicando oficialmente a las Unidades Ejecutoras los Calendarios de Compromisos aprobados (Inicial mas Ampliacion) a nivel de Funcion, Programa, Fuente de Financiamiento, Categoria del Gasto, Grupo Generico del Gasto y conceptos, dentro de los cinco (5) dias utiles siguientes a la recepcion del Listado Final, remitiendo MORDAZA de la misma, a la Inspectoria General del Ministerio de Defensa, a la OPPP-MINDEF y a los organos de la OGA-MINDEF que tienen responsabilidad en la Administracion y Control del Ejercicio Presupuestario. (2) Entrega de Fondos Las Unidades Ejecutoras solo podran registrar sus girados en el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico (SIAF-SP), cuando hayan recibido las Autorizaciones de Giro de parte del Tesoro Publico (DGTP). En base a estos girados la DGTP emite las Autorizaciones de Pago, las que son trasmitidas al Banco de la Nacion que solo pagaran aquellos cheques o cartas ordenes cargadas en el SIAF, afectando en ese momento la cuenta principal de Tesoro Publico. En la fuente de financiamiento "Recursos Directamente Recaudados" las Unidades Ejecutoras podran mantener Cuentas Corrientes Bancarias que seran utilizadas cada una como "Captadora" y "Gastadora" a la vez, teniendo como limite para su ejecucion los montos aprobados en los Calendarios de Compromisos mensuales y su Recaudacion de Ingresos los que seran registrados en el SIAF-SP. (3) Ejecucion de Compromisos (Gastos) (a) El Ejercicio Presupuestario comprende dos periodos: El Ano Fiscal, que se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre del ano 2002; y el Periodo de Regularizacion Presupuestaria que se fija entre el 1 de enero y el 28 de febrero del Ano 2003 (Art. 26º Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado" y el Art. 21º de la Ley Nº 27573 "Ley de Presupuesto del Sector Publico"). (b) El compromiso afecta parcial o totalmente la Asignacion Presupuestaria de la actividad o proyecto aprobado al Pliego en la Ley Anual de Presupuesto y sus modificaciones Presupuestarias, previo al pago de obligaciones contraidas de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio, dentro del MORDAZA establecido por la Ley Nº 27573, la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01 (Art. 34º) y Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado" (Art. 34º). (c) Los Compromisos que contraen las Unidades Ejecutoras no deben exceder los montos aprobados en las Asignaciones Trimestrales ni los autorizados en los respectivos Calendarios de Compromisos. Se prohibe la realizacion de compromisos, si no se cuenta con la respectiva asignacion presupuestaria aprobada, el compromiso no implica obligacion de pago (Art. 34º Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado y Arts. 34º al 41º de la Directiva Nº 001-2002-EF/76-01). (d) El devengado es la obligacion de pago que asumen las Unidades Ejecutoras como consecuencia del respectivo compromiso contraido. Comprende la liquidacion, la identificacion del acreedor y la determinacion del monto, a traves del respectivo documento oficial. En el caso de bienes y servicios, se configura, a partir de la verificacion de conformidad del bien recepcionado, del servicio prestado o por haberse cumplido con los requisitos administrativos y legales, para los casos de gastos sin contraprestacion inmediata o directa. El devengado debe afectarse en forma definitiva, con cargo a la correspondiente "Especifica del Gasto" (Art. 35º Ley Nº 27209 "De Gestion Presupuestaria del Estado). (e) El pago, constituye la etapa final de la ejecucion del gasto, en el cual el monto devengado se cancela total o

6. DISPOSICIONES GENERALES a. NORMAS DE EJECUCION (1) Control de la Ejecucion del Calendario de Compromisos: (a) Considerando, al Presupuesto como el MORDAZA MORDAZA de la ejecucion presupuestaria durante el Ano Fiscal 2002, del Pliego 026 MINISTERIO DE DEFENSA, esta se cine obligatoriamente a la Asignacion Trimestral proporcionada por el MEF, en base a la cual se efectua la Programacion Trimestral de Gastos, para la aprobacion de los Calendarios de Compromisos mensuales por parte de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. (b) El Calendario de Compromisos se sujeta a la disponibilidad de los Recursos Publicos y constituye la autorizacion MORDAZA para la ejecucion de egresos. Asimismo los montos asignados son comprometidos presupuestalmente en el mes correspondiente y los montos no comprometidos, excepcionalmente, seran atendidos en los Calendarios de Compromisos de los meses posteriores, previa justificacion ante la Direccion Nacional de Presupuesto Publico (Art. 6º, Parrafo 6.3 de la Ley Nº 27573 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002"), (Art. 32º Ley Nº 27209 "De Gestion Pptaria del Estado"). (c) La aprobacion de los Calendarios de Compromisos por toda Fuente de Financiamiento; no convalida los actos o acciones que realicen los Pliegos con inobservancia de la normatividad vigente y formalidades requeridas en la utilizacion financiera de los recursos asignados. Corresponde a las instancias pertinentes de las respectivas Unidades Ejecutoras garantizar la legalidad y observancia de las formalidades aplicables a cada caso (Art. 22º Directiva

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.