Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2002 (10/05/2002)


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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 8445

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2002

Aceptan donacion de maquinaria para produccion de leche de soya destinada a institucion ubicada en Chincha
RESOLUCION SUPREMA Nº 120-2002-EF
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, Moncton Rotary Club de Canada ha efectuado una donacion a favor del Rotary Club El MORDAZA consistente en una vaca mecanica para convertir frejoles de soya a leche destinado al "Institut Nacional Du Bien-Etre Familial" de Chincha; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Moncton Rotary Club de Canada, a favor del Rotary Club El MORDAZA, consistente en una vaca mecanica para convertir frejoles de soya a leche, segun Carta de Donacion de fecha 10 de diciembre de 2001. Donacion destinada al"Institut Nacional Du Bien-Etre Familial" de Chincha. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 8446

diversos bienes destinados al Proyecto de atencion integral y prevencion en salud sexual y reproductiva, abuso sexual, maltrato y violencia para ninos y adolescentes en el Sector IV de MORDAZA El MORDAZA, MORDAZA, al Control de enfermedades de transmision sexual VIH/SIDA a traves de los servicios de salud en el sur de MORDAZA Metropolitana y al Control de las ETS, VIH/SIDA en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Transfer de Belgica, a favor de Medicos Sin Fronteras - Belgica consistente en 25 MORDAZA conteniendo medicinas y otros bienes con un valor aproximado de 4 665,00 (Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Cinco y 00/100 Euros) segun Certificado de Donacion de fecha 9 de noviembre de 2001. Donacion destinada al Proyecto de atencion integral y prevencion en salud sexual y reproductiva, abuso sexual, maltrato y violencia para ninos y adolescentes en el Sector IV de MORDAZA El MORDAZA, MORDAZA, al Control de enfermedades de transmision sexual VIH/SIDA a traves de los servicios de salud en el sur de MORDAZA Metropolitana y al Control de las ETS, VIH/SIDA en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario Lurigancho. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 8447

Aceptan donacion de vehiculos efectuada a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 122-2002-EF
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2002

Aceptan donacion de medicinas que sera destinada a proyecto de atencion y prevencion en salud sexual y reproductiva
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2002-EF
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, Transfer de Belgica ha efectuado una donacion a favor de Medicos Sin Fronteras - Belgica consistente en

CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japon ha efectuado una donacion a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistente en camiones de bomberos usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto

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