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Pág. 223477 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de mayo de 2002 Que, la norma acotada en su Artículo 20º, establece además las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitación Pública y Concurso Público o Adquisición Di- recta, señalando en su inciso c) que tratándose de los go- biernos locales, se deberá contar con un informe técnico - legal previo y serán publicados en el Diario Oficial El Perua- no; Que, el Artículo 21º del citado Texto Único, señala textualmente que: "Se considera Situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de de- terminado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la adquisición o con- tratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiem- po o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda": Dis- positivo que es concordante con lo establecido por el Artículo 113º del Reglamento de la Ley supra citada aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM el cual dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, requieren obligatoriamente un informe técnico - legal previo emiti- do por las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la entidad, el mismo que contendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y de la necesi- dad de la exoneración y contemplará criterios de eco- nomía, tales como los costos y la oportunidad; Que, por circunstancias ajenas al Comité Especial y a la administración Municipal, como es el no pronunciamiento de CONSUCODE, no se ha podido concluir el Concurso Público Nacional Nº 001-2002-CE/MSJL, lo que tiene como consecuencia que el plazo de vigencia de la Situación de Urgencia establecido por Acuerdo de Concejo Nº 009-2002, haya vencido, lo que a su vez importa la falta de cobertura legal que permita la contratación directa del servicio en cues- tión. Situación extraordinaria e imprevisible que amerita la toma de decisiones inmediatas en procura de sobrellevarla de manera temporal, en tanto se concluya el citado proceso de selección; Que, mediante Informe Nº 1035-2002-OAJ/MSJL, la Oficina de Asesoría Jurídica, recomienda que al con- fluir los presupuestos legales establecidos por Ley, debe procederse con la Prórroga de la Declaración Situación de Urgencia la contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos sólidos en el distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado con Acuerdo de Concejo Nº 009, y se autorice la contratación de dicho Servicio mediante Adjudicación Directa de Menor Cuantía, hasta que con- cluya definitivamente el proceso de selección convocado; Por los fundamentos expuestos y de conformidad con el Artículo 10º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, con el voto mayoritario del pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la PRÓRROGA de la Declaración en Situación de Urgencia la contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos en el dis- trito de San Juan de Lurigancho aprobada mediante Acuer- do de Concejo Nº 009 de fecha 11 de febrero de 2002, en consecuencia AUTORIZAR la Contratación del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos en el distrito de San Juan de Lurigancho mediante Adjudicación Directa de Me- nor Cuantía, hasta que concluya definitivamente el proceso de selección convocado. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Admi- nistración a realizar la contratación del servicio de Disposi- ción Final de Residuos Sólidos a través del Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento del presen- te Acuerdo de Concejo así como su correspondiente Infor- me Técnico Legal e Informe del Presidente del Comité Es- pecial del Concurso Público Nacional Nº 001-2002-CE/ MDSJL a la Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Comisión de Presupuesto y de la Cuenta General del Congreso de la República dentro del término de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CLAUDIO ZÚÑIGA ESPINOZA Alcalde 9071MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ratifican Acuerdo que fija monto de dieta que percibirán regidores por asis- tencia efectiva a sesiones de Concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2002/MDS Surquillo, 27 de marzo de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SURQUILLO Vista, la propuesta presentada en la Sesión Ordinaria del 27 de marzo del 2002, por la que se propone ratificar la dieta de los regidores para el año 2002; Por lo que, conforme a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 21º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipa- lidades y conforme a lo previsto en la Ley Nº 26317; CON EL VOTO UNÁNIME DE LOS SEÑORES REGIDORES (Cus- sianovich Montoya, Barrionuevo Olazábal, Huamaní Gon- zales, Zamora Torres, Espino Alarcón, Valdivieso Payva, Kunckel Saamer y Vargas Alvarado); y con dispensa del trá- mite de lectura y aprobación de acta; ACUERDA: RATIFICAR el Acuerdo de Concejo que fija en MEDIA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA -vigente para el año 2002-, el monto que por concepto de dieta por asistencia efectiva a las sesiones de concejo, se abonará a los seño- res Regidores durante el ejercicio 2002. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 9068 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS Declaran de oficio nulidad de proceso de selección para la adquisición de productos lácteos destinados al Pro- grama del Vaso de Leche - Ejercicio 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 178-2002-A-MPM Iquitos, 15 de mayo de 2002 VISTO: El Oficio Nº 38-2002-CELPVL, de fecha 3 de mayo del 2002, del Presidente del Comité Especial de Licitación Pú- blica Nº 001-2001-GA-MPM; el Oficio Nº 257-2002-GPO- MPM, de fecha 3 de mayo del 2002, y el Informe Legal Nº 64-2002-OGAL-MPM, de fecha 6 de mayo del 2002, de la Oficina General de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Comité Especial de Licitación Pública Nº 001-2001-GA-MPM del Vaso de Leche, median- te el Oficio Nº 38-2002-CELPVL, de fecha 30 de mayo del 2002, hace de conocimiento que se habría producido cau- sal de nulidad que afectaría al proceso de selección, por cuanto inicialmente se había considerado la adquisición de 875.65 toneladas para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Maynas, por un monto referen- cial de S/. 3'940,425.=, correspondiente a los meses de marzo a diciembre del 2002, para la atención de toda la provincia de Maynas, incluido los nuevos distritos de Belén y de San Juan; sin embargo mediante Ley Nº 27555 publi- cado en el Diario Oficial El Peruano el 22/11/01, se autoriza la reasignación de los recursos del Fondo de Compensa-