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Pág. 223745 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de mayo de 2002 En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99, y en virtud de la Resolución SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Wiese Sudameris deberá pro- ceder conforme a lo establecido en la Circular B-2075- 2000, debiendo constituir las correspondientes provisio- nes con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deu- dores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris prórroga del pla- zo para su enajenación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B- 2075-2000. Valor Neto de Tipo de bien DESCRIPCIÓN Fecha/Adjud. Adjudicación (S/.) Inmueble Los Topación s/n Mz. I Lt. 19 10/5/2001 201,931.72 Urb. Los Ángeles - Arequipa Inmueble Pque. Hernán Velarde Nº 79 10/5/2001 204,324.12 Etac. 81, Sta. Beatriz, Lima Inmueble Av. Integración Lt. 01 AA HH 25/5/2001 43,560.00 Quinta Julia, Piura Inmueble Calle 5 Mz. C Lt. 23 Urb. Cooperativa 25/5/2001 52,039.68 de Vivienda Magistrial, Arequipa Inmueble Malecón Balta Nº 844 Dpto. 1002, Estacionamiento Nº 5, Depósitos 5, 6 y 28/5/2001 307,507.20 11, Miraflores Inmueble Mz. C Lt. 6 Urb. San Juan XXIII, 31/5/2001 84,353.34 Yanahuara, Arequipa Inmueble Calle San José Nº 118 Mz. A Lt. 5 31/5/2001 89,385.98 Pueblo Tradicional de Montañita, Cerro Colorado, Arequipa Inmueble Mz. O Lt. 4 Asociación Pro Vivienda 31/5/2001 105,071.13 Santa Rosa de Lima Nº 2 Cerro Colorado, Arequipa Inmueble Puno 603 Mz. 4 Lt. 5, Zona B, Alto de 31/5/2001 12,216.09 La Libertad, Arequipa Inmueble Lambayeque Nº 400, Pimentel, Chiclayo 31/5/2001 42,811.26 9373 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Disponen inscripción de fondo mutuo de inversión en valores en el Registro Público del Mercado de Valores solici- tado por Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 033-2002-EF/94.11 Lima, 22 de mayo de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/04939 iniciado por Continen- tal S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como elInforme Nº 021-2002-EF/94.55 de fecha 20 de mayo de 2002 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución CONASEV Nº 618-97-EF/94.10, del 23 de septiembre de 1997 se autorizó el funciona- miento de Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y Fondos de In- versión, hoy denominada Continental S.A. Sociedad Ad- ministradora de Fondos, para administrar fondos mutuos de inversión en valores; Que, mediante escrito del 24 de abril de 2002, Conti- nental S.A. Sociedad Administradora de Fondos, ha soli- citado la inscripción del fondo mutuo de inversión en va- lores denominado Súper Renta VIP FMIV en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escrito del 14 de mayo de 2002 Conti- nental S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha remi- tido información complementaria; Que, de conformidad con la documentación presenta- da, Continental S.A. Sociedad Administradora de Fon- dos ha cumplido con lo previsto en el Artículo 24º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolu- ción CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 11º inciso l) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA- SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, a lo dispuesto en el Artículo 241º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, apro- bado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y en aplica- ción de las facultades delegadas al Gerente General mediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Insti- tución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado Súper Renta VIP FMIV en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- El Reglamento de Participación y los modelos de contratos a suscribir con los partícipes con- tienen las disposiciones aplicables al funcionamiento del fondo mutuo de inversión en valores denominado Súper Renta VIP FIV, así como a las operaciones del mismo y se encuentran a disposición del público en general en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el mencionado fondo mutuo no debe inducir a error o confu- sión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 4º.- La inscripción a que se refiere el Artícu- lo 1º de la presente resolución no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del mencionado fon- do mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 5º.- Continental S.A. Sociedad Administra- dora de Fondos deberá remitir a CONASEV dos (2) ejemplares del Reglamento de Participación y mode- los de los contratos a suscribir con los partícipes del fondo mutuo de inversión en valores que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de notificada la pre- sente resolución. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Con- tinental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a BBVA Continental. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADA NOBLECILLA CASTRO Gerente General (a) Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 9231