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Pág. 223750 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de mayo de 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 429/INC Lima, 17 de mayo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 118, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y ar- tístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 118, de fecha 5 de mar- zo de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nación al Parque Arqueológico de Pisaq, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Cusco; Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Parque Arqueológico de Pisaq, ubicado en el dis- trito, provincia y departamento de Cusco. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Cusco la elaboración del Plano de Delimi- tación del Parque Arqueológico de Pisaq, con su respecti- va Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condi- ción de Patrimonio Cultural de la Nación del Parque Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presen- te Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Parque Arqueológico declarado "Pa- trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 9345 Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a diversos sitios arqueológicos ubicados en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 407/INC Lima, 13 de mayo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 110, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y,CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y ar- tístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante el Acuerdo Nº 110, de fecha 5 de mar- zo de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacio- nal de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico de Raqayraqayniyuq, ubica- do en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco; Con las visaciones de la Dirección General de Patri- monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004- 2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Raqayraqayniyuq, ubicado en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Cus- co. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Cusco la elaboración del Plano de Delimi- tación del Sitio Arqueológico de Raqayraqayniyuq, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condi- ción de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueo- lógico mencionado en el Artículo 1º de la presente Reso- lución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autori- dades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 9341 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 408/INC Lima, 13 de mayo de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 109, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y