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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2002 (29/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 223822 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de mayo de 2002 Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución y los informes sustentatorios a la Contraloría General de la Re- pública, disponiéndose su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a su aprobación, notificándose la presente Resolución a la Di- rección Ejecutiva del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, Gerencia de Proyectos en Costa y demás Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EMANUEL TEJADA Jefe 9541 INDECI Aceptan donación efectuada a favor del Indeci destinada a atender población afec- tada por sismo ocurrido en el sur del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 117-2002-INDECI 20 de mayo de 2002 Visto; el Memorándum Nº 108-02-INDECI/6.2.3. del Jefe de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil, dando cuenta de la donación de carácter pecuniario efectuada por la Embajada de Grecia; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido en el sur del país, mediante Decretos Supremos Nºs. 077-2001- PCM y 100-2001-PCM, se declaró en estado de emergen- cia los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y las provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el departamento de Ayacucho, al haberse producido la destrucción y deterioro de las viviendas así como de la infraestructura productiva y de los servicios públicos, oca- sionándose graves perjuicios a la población con lamen- table pérdida de vidas humanas; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional, por lo que en su condición de Entidad recep- tora de donaciones por mandato legal y con el propósito de atender a la población afectada por los desastres señalados, ha dispuesto la apertura de Cuentas Corrientes en el Banco de la Nación y en el Banco Continental; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 19338 y sus modificatorias y la Resolución Suprema Nº 508- 93-PCM; en uso de las facultades conferidas mediante De- creto Supremo Nº 059-2001-PCM y con las visaciones de la Oficina de Administración, Oficina de Planificación y Pre- supuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación de (VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 71/100 DÓLARES AMERICANOS) (US$ 20 878.71), efectuada por el Gobierno de la República de Grecia, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para la aten- ción de la emergencia señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Expresar el agradecimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, al Gobierno de la República de Grecia, por el aporte efectuado en favor de los damnificados del Sur del país. Artículo Tercero.- La Secretaría General e Imagen Institucional transcribirá la presente Resolución al Do- nante, a la Contraloría General de la República y al Dia- rio Oficial El Peruano para su publicación. Regístrese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 9469Declaran de oficio nulidad de proceso de selección por licitación pública para la adquisición de materiales de vivien- da temporal RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 118-2002-INDECI 20 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 557-2001-INDECI del 28.DIC.01, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INDECI para el ejercicio fiscal 2002, el que fue modificado mediante Resolución Jefatural Nº 094-2002-INDECI del 12.ABR.2002; Que, en el Plan Anual se contempló realizar en el Se- gundo Trimestre 2002, el proceso de selección de Licita- ción Pública Nº 0001-02/INDECI/DNL/12.0, para la ad- quisición de materiales de vivienda temporal, en los si- guientes Ítems: Nº 01: Calaminas Galvanizadas y Nº 02: Planchas de Triplay, por el monto referencial de S/. 1 785 550,00 (Un Millón Setecientos Ochenta y Cinco Mil Qui- nientos Cincuenta Nuevos Soles), para lo cual se cuenta con disponibilidad presupuestal, según lo informado por la Oficina de Presupuesto y Planificación, a través del Memorándum Nº 190-2002/INDECI/4.0; Que, el Art. 34º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que el Titular del Pliego o la máxi- ma Autoridad Administrativa de la Entidad, según corres- ponda, designará a los miembros del Comité Especial, que se encargará de conducir el proceso de selección; Que, el Art. 26º del Reglamento acotado establece que el Titular del Pliego o la máxima autoridad administra- tiva de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección, por algunas de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley que al respecto, establece que son nulos -entre otros- los actos administrativos que son dictados con prescindencia de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, en el presente caso, se ha publicado con fecha 21.ABR.2002, en el Diario Oficial El Peruano y en el dia- rio La República, la convocatoria para el proceso de Lici- tación Pública Nacional Nº 0001-02/INDECI/DNL/12.0, sin contar con el resolutivo de su aprobación y de la desig- nación de los miembros del Comité Especial, por encon- trarse en trámite la designación formal de los citados miembros, por la máxima autoridad administrativa del INDECI, a la que corresponde expedir la Resolución co- rrespondiente, en uso de las facultades delegadas por Resolución Jefatural Nº 087-2002-INDECI; que, por con- siguiente, se configura el supuesto jurídico a que se con- trae el Art. 26º del Reglamento concordante con el Art. 57º de la Ley; En uso de las atribuciones conferidas en el D. Ley Nº 19338, sus modificatorias y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio, la nulidad del proceso de selección por Licitación Pública Na- cional Nº 0001-02/INDECI/DNL/12.0, para la Adquisi- ción de Materiales de Vivienda Temporal, por las ra- zones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Subjefatura del INDECI adopte las acciones que correspondan para la ejecución de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-02/ INDECI/DNL/12.0. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría Gene- ral e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el archivo general del INDECI y efectúe su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 9470