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Pág. 223817 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de mayo de 2002 Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones en cumplimiento de lo establecido en los numera- les 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la organización política na- cional “Alianza para el Progreso“; así como el símbo- lo que la identifica que consiste en la figura de color negro de una A bordeada en la mitad por una línea curva en forma de herradura, donde externamente se señala el nombre de la organización política en letras mayúsculas, tal como se acompaña en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Téngase presente el domicilio se- ñalado por la organización política inscrita provisional- mente ubicado en la Avenida Salaverry Nº 2547, distrito de San Isidro, provincia de Lima; así como la acredita- ción del señor Óscar Javier Salazar Vásquez como per- sonero legal titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General ANEXO SÍMBOLO DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA NACIONAL “ALIANZA PARA EL PROGRESO” 9571 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Provisional en el Despa- cho de la Fiscalía Provincial Mixta de Acobamba RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 857-2002-MP-FN Lima, 28 de mayo de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provin- cial Provisional en el Distrito Judicial de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Aco-bamba, que la doctora Juana Jesús Pilco Escobedo, re- úne los requisitos de ley para ocupar la mencionada pla- za; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Juana Je- sús Pilco Escobedo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Acobamba. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Huancavelica, Gerencia Central de Personal, Ge- rencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 9569 S B S Aprueban modificación de estatuto so- cial de Seguros de Vida Santander Cen- tral Hispano S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 409-2002 Lima, 30 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Seguros de Vida Santan- der Central Hispano S.A. para que se le autorice la modi- ficación parcial de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, en la Junta General de Accionistas de Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A., celebrada el 19 de marzo de 2002, se acordó por unanimidad modificar el Artículo Trigésimo Primero del estatuto social referen- te al quórum y votación del Directorio; Que, el representante de la empresa ha cumplido con acompañar a su solicitud el proyecto de minuta de modi- ficación parcial de estatuto social que otorga Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A., que sustenta el cambio de quórum y votación del Directorio; Estando a lo informado por la Superintendencia Ad- junta de Seguros y por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, de acuer- do a las facultades otorgadas mediante Resolución SBS Nº 383-2002 del 24 de abril de 2002; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos la modificación del Artículo Trigésimo Primero del estatuto social de la empresa Seguros de Vida Santander Central Hispano S.A., en la que se cambia el quórum y votación en las sesiones del Directorio, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello de esta Superintenden- cia para su elevación a escritura pública, en la que se inser- tará el texto de la presente Resolución, para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente de Banca y Seguros (a.i.) 9580