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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2002 (29/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 223779 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de mayo de 2002 levantará y suscribirá el Acta correspondiente, registran- do la inasistencia del INTERESADO. En caso de inasistencia a dos (2) citaciones a las se- siones en forma consecutiva o alternada, se dará por con- cluido el PROCESO, dejándose constancia de tal hecho en las Actas correspondientes, notificándose la decisión al INTERESADO. Esta decisión es inapelable por tratarse de un proceso de negociación voluntario. La citación deberá efectuarse, al INTERESADO, con una anticipación no menor de tres días útiles a la fecha fijada, en el Domicilio Real y/o Legal consignado en la Solicitud. 3.3. Audiencia de Negociación 3.3.1. Verificación previa de la identidad del INTE- RESADO La verificación previa de la identidad del INTERESA- DO su Representante Legal o Apoderado, será realizada por el Secretario Técnico de la Comisión. En caso de presentarse el Apoderado deberá comprobar adicional- mente que cuente con los poderes suficientes que hagan posible la Negociación Directa con LA COMISIÓN. 3.3.2. Asesoramiento del INTERESADO. El INTERESADO, podrá estar asesorado por un máxi- mo de dos (2) personas de su confianza. 3.3.3. Exposición de la Propuesta Inicial del INTE- RESADO El INTERESADO, expondrá ante la COMISIÓN los an- tecedentes de su ACREENCIA o su EXPROPIACIÓN, y la propuesta inicial de solución del conflicto, a efecto de ser estudiada por la COMISIÓN, para la elaboración de su contrapropuesta al INTERESADO. 3.3.4. Presentación de contrapropuestas de la Co- misión La COMISIÓN dentro del cronograma de Audiencias de Negociación preestablecido, estudiará la propuesta del INTERESADO, y presentará su contrapropuesta, la mis- ma que será elaborada y aprobada en sesiones ordina- rias con la aprobación de la mayoría simple de sus miem- bros, que deberá incluir en el Acta de aprobación, la fun- damentaciòn de los votos en contra. 3.3.5. Debate y duración de las Audiencias de Ne- gociación Ambas partes sustentarán sus Propuestas y Contra- propuestas de Solución, las que se someterán a debate, hasta un máximo de 90 minutos; dejándose constancia en el Acta respectiva. LA COMISIÓN dispondrá de las Audiencias y Sesio- nes que sean necesarias en la búsqueda de concertar una propuesta de solución final, que satisfagan los inte- reses de ambas partes. La Audiencia o la Sesión podrá ser postergada, en un máximo de dos (2) ocasiones por razones debidamente justificadas, a cuyo efecto el INTERESADO deberá co- municarlo hasta antes de su inicio. Concluida la Audiencia de Negociación, LA COMISIÓN podrá incluir en el Acta correspondiente, la fecha, hora y lugar de la siguiente Audiencia, dándose por notificado con dicho acto el INTERESADO. 3.4. Conclusión del Proceso de Negociación Di- recta El PROCESO concluye mediante cualquiera de las modalidades siguientes: 3.4.1. Acuerdo Total de las Partes sobre la Propues- ta Final a elevar a la Alta Dirección del MINAG: Es cuando las partes coinciden plenamente en una Propuesta Final de Solución que será elevada por LA CO- MISIÓN a la Alta Dirección del MINAG para su eventual aprobación y formalización oficial del acuerdo contenido en ella o, en su caso, su desaprobación y archivo de la propuesta. 3.4.2. Acuerdo Parcial de las Partes sobre la Pro- puesta Final a elevar a la Alta Dirección del MINAG: Es cuando las partes, coinciden parcialmente con una Propuesta Final de Solución, quedando pendiente algu- no o algunos puntos en cuyo caso se dejará expresa cons- tancia en el Acta Final. Dicho acuerdo parcial será eleva-do por LA COMISION a la Alta Dirección del MINAG para su eventual aprobación y formalización oficial del acuer- do contenido en ella o, en su caso, su desaprobación y archivo de la propuesta. 3.4.3. Falta de Acuerdo entre las Partes: Es cuando las partes no concuerdan con la Propuesta de Solución Final, concluyendo el proceso de negociación. 3.4.4. Inasistencia del Titular de la Acreencia a dos (2) Audiencias: Se dará por concluido el Proceso de Negociación Di- recta, en el caso que el Acreedor, deje de asistir a dos (2) Audiencias en forma consecutiva o tres (3) inasisten- cias alternadas. 4. FORMALIZACIÓN DEL RESULTADO DE LA NE- GOCIACIÓN Una vez concluido el Proceso de Negociación Directa se levantará el Acta Final, que es el documento que ex- presa la manifestación de voluntad de las partes; debien- do contener lo siguiente: • Lugar y fecha en que se suscribe el Acta. • Nombre, identificación y domicilio del INTERESA- DO. o su representante, así como de los miembros inte- grantes de LA COMISIÓN. • Descripción de la ACREENCIA o EXPROPIACIÓN. • Forma de conclusión del Proceso de Negociación Directa. • Firma del INTERESADO o sus representantes, así como la firma de los miembros de LA COMISIÓN. En caso que el INTERESADO no sepa firmar bastará con la huella digital. 5. PRESENTACIÓN DE INFORMES A LA ALTA DI- RECCIÓN Una vez terminado el Proceso de Negociación Direc- ta, LA COMISIÓN en un plazo máximo de cinco (5) días útiles, elevará a la Alta Dirección del Ministerio de Agri- cultura, un informe conteniendo la forma de conclusión de dicho proceso de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.4. del presente manual, adjuntando para tal efecto el Acta Final respectiva a fin de someterlos a su evalua- ción, decisión y aprobación final de acuerdo a ley. Dichas propuestas no comprometen al Ministerio de Agricultura, sólo son referenciales; siendo nulo cualquier acuerdo que no esté ratificado por el Titular del Pliego. La respuesta a la indicada propuesta será comunica- da a la COMISIÓN mediante Oficio, quienes a su vez procederán a notificarla al INTERESADO. Dicha respuesta es inimpugnable por tratarse de un Proceso voluntario de Negociación Directa. VII. FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN. Para el desarrollo de sus actividades la Comisión lle- vará a cabo Sesiones y Audiencias. 1. DE LAS SESIONES Las sesiones se llevarán a cabo con la participación única de los miembros de la Comisión. Podrán ser Ordi- narias o Extraordinarias y el Secretario Técnico levanta- rá el Acta respectiva. 1.1. Sesiones Ordinarias. En estas sesiones se tratarán exclusivamente los si- guientes asuntos : 1.1.1. Aprobación del Cronograma de Audiencias. 1.1.2. Estudio de las Propuestas de Solución presen- tadas por el INTERESADO. 1.1.3. Formulación de las contrapropuestas de la CO- MISIÓN. 1.1.4. Elaboración de Propuesta Final de Solución y del Proyecto de Acta Final de conclusión del Proceso. 1.2. Sesiones Extraordinarias. La Comisión podrá reunirse a fin de tratar asuntos específicos y urgentes que considere deben ser trata- dos. En estas Sesiones no se tratarán bajo nulidad del Acta asuntos que deban ser ventilados en Sesiones Or- dinarias. 2. DELEGACIONES El Presidente de la Comisión por razones de causa mayor, mediante Oficio podrá delegar su representación