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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2002 (29/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 223783 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de mayo de 2002 FUNCIÓN 03:Administración y Planeamiento PROGRAMA 034 :Cultura SUBPROGRAMA 0005 :Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD 00764 :Propuesta de Política Cultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:RECURSOS ORDINARIOS (S/.) CATEGORÍA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 3. Bienes y Servicios 500 000,00 —————— SUBTOTAL 500 000,00 ——————- TOTAL EGRESOS 1 500 000,00” =========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego habilitado en la presente Transfe- rencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Com- ponentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en la presente trans- ferencia de partidas, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifica- ción Presupuestaria” que se requieran como consecuen- cia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintio- cho días del mes de mayo del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 9596 Aceptan donaciones efectuadas a favor de menores en estado de abandono, al- dea infantil, comedor infantil y pobla- dores en extrema pobreza RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2002-EF Lima, 27 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, Fondation Gaudium et Spes de Québec, Cana- dá ha efectuado una donación a favor de Fondation Gau- dium et Spes, consistente en diversos bienes destinados a los menores en estado de abandono que alberga; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec- tuada por Fondation Gaudium et Spes, de Québec, Ca- nadá, a favor de Fondation Gaudium et Spes consistente en medicamentos y otros bienes, con un valor aproxima- do de US$ 4 823,00 (Cuatro Mil Ochocientos Veintitrés y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) equiva- lentes a CAN $ 7 614,40 (Siete Mil Seiscientos Catorce y40/100 Dólares Canadienses), según Carta de Donación de fecha 27 de junio de 2001 y Carta de fecha 4 de febre- ro de 2002. Donación destinada a los menores en estado de abandono que alberga Fondation Gaudium et Spes. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los pla- zos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 9597 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2002-EF Lima, 27 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, Internationaler Verband Westfälischer Kin- derdörfer e.V. de Alemania, ha efectuado una donación a favor de Westfalia Kinderdorf Asociación Peruana, con- sistente en diversos bienes destinados a la Aldea Infantil Westfalia Kinderdorf Asociación Peruana; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Or- denado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el De- creto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modi- ficatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec- tuada por Internationaler Verband Westfälischer Kin- derdörfer e.V. de Alemania, a favor de Westfalia Kinder- dorf Asociación Peruana, consistente en ropa, juguetes, telas y otros bienes con un valor aproximado de US$ 1 100,00 (Mil Cien y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 12 de octubre de 2001 y un peso aproximado de 1 075 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº 1111503-01 de W. Niemann Hamburg. Donación destinada a la Aldea Infan- til Westfalia Kinderdorf Asociación Peruana. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los pla- zos establecidos.