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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (15/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 233346 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de noviembre de 2002 PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO Kuwait Dinar de Kuwait 3.312355 Malasia Dólar Malasio O Ringgit 0.263227 México Nuevo Peso 0.098097 Noruega Corona 0.134448 Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.485700 Panamá Balboa 1.000000 Pakistán Rupia Paquistaní 0.017065 Paraguay Guaraní 0.000156 Rusia Rublo 0.031459 Singapur Dólar de Singapur 0.565771 Siria Libra Siria 0.022624 Suecia Corona 0.109266 Sudáfrica, República de Rand 0.100135 Suiza Franco Suizo 0.677094 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.028860 Tailandia Baht 0.023100 Uruguay Peso 0.038462 Venezuela Bolívar 0.000704 Comunidad Andina Peso Andino 1.000000 Unión Europea Euro 0.989500 Artículo Segundo .- La presente Resolución tendrá vi- gencia hasta la fecha de publicación de su modificatoria. Regístrese, comuníquese y publíquese, archívese los actuados en la Intendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera. JOSÉ ENRIQUE DEZA URQUIAGA Intendente Nacional de Administración y Recaudación Aduanera TIPO DE CAMBIO CONTABLE Al 31 de octubre de 2002 EE.UU. Dólar de EE.UU. S/. 3.601 TIPO DE PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO CAMBIO (en US$) 1/ (en S/.) Argentina Peso 0.284900 1.025925 Australia Dólar Australiano 0.554400 1.996394 Barbados Dólar de Barbados 0.502513 1.809549 Bolivia Boliviano 0.135245 0.487017 Brasil Real 0.276167 0.994477 Canadá Dólar Canadiense 0.642385 2.313228 Colombia Peso 0.000359 0.001293 Corea Won 0.000818 0.002946 Chile Peso 0.001376 0.004955 Dinamarca Corona 0.133175 0.479563 Ecuador Sucre 0.000040 0.000144 Fiji Dólar de Fiji 0.466900 1.681307 Hong Kong Dólar 0.128370 0.462260 India Rupia 0.020708 0.074570 Indonesia Rupia 0.000108 0.000389 Inglaterra Libra Esterlina 1.564200 5.632684 Israel Nuevo Shekel 0.209512 0.754453 Japón Yen 0.008163 0.029395 Kuwait Dinar de Kuwait 3.312355 11.927790 Malasia Dólar Malasio O Ringgit 0.263227 0.947880 México Nuevo Peso 0.098097 0.353247 Noruega Corona 0.134448 0.484147 Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.485700 1.749006 Panamá Balboa 1.000000 3.601000 Pakistán Rupia Paquistaní 0.017065 0.061451 Paraguay Guaraní 0.000156 0.000562 Rusia Rublo 0.031459 0.113284 Singapur Dólar de Singapur 0.565771 2.037341 Siria Libra Siria 0.022624 0.081469 Suecia Corona 0.109266 0.393467 Sudáfrica, República de Rand 0.100135 0.360586 Suiza Franco Suizo 0.677094 2.438215 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.028860 0.103925 Tailandia Baht 0.023100 0.083183 Uruguay Peso 0.038462 0.138502 Venezuela Bolívar 0.000704 0.002535 Comunidad Andina Peso Andino 1.000000 3.601000 Unión Europea Euro 0.989500 3.563190 1/ Fuente: Reuters 20176Establecen disposiciones relativas al levantamiento de aplicación de grava- men adicional a productos originarios y procedentes de Ecuador CIRCULAR Nº INTA-CR.77-2002 Callao, 12 de noviembre de 2002 Señor Intendente de Aduana Presente .- Asunto: Levantamiento de aplicación de gravamen adi- cional a productos originarios y procedentes de Ecuador Ref.: Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 De conformidad con los Facsímiles Nºs. 122 y 123-2002- MINCETURI/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior del MINCETUR, donde comunican el levantamiento de la aplicación del gravamen adicional a ciertos productos ori- ginarios y procedentes de Ecuador; y estando a la delega- ción de funciones conferidas en la Resolución de Superin- tendencia Ejecutiva de Aduanas Nº 000017-2002/SUNAT de 30.SET.02, sírvase tener presente y hacer de conoci- miento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. Déjese sin efecto a partir del 8 de noviembre de 2002, la aplicación del gravamen adicional impuesto a la impor- tación como consecuencia de los Procesos Sumarios 27 y 91-AI-2000 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andi- na, de 5% Ad-Valorem CIF para los productos de las sub- partidas nacionales 1604.14.10.00, 1704.10.90.00, 3924.10.90.00, 4011.20.00.00, 4410.32.00.00, 4819.10.00.00, 6910.90.00.00 y 7321.11.10.00; y de 10% Ad-Valorem CIF para los productos de la subpartida nacio- nal 8418.21.00.00, todos originarios y procedentes de Ecua- dor, conforme fuera comunicado con Circular Nº INTA- CR.69-2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de octubre de 2002. 2. En consecuencia, hasta en tanto no se comunique el levantamiento del gravamen adicional aplicado en virtud del Proceso Sumario 53-AI-99 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, continúa en aplicación el gravamen adicional de 5% Ad-Valorem CIF para la importación de los productos originarios y procedentes de Ecuador, clasifica- dos en las subpartidas nacionales 1604.14.10.00, 3306.10.00.00, 4011.10.00.00, 7310.21.00.00 y 7321.11.10.00 que se acojan a las preferencias arancela- rias previstas en la Decisión 414 y D.S. Nº 014-97-ITINCI, conforme fuera comunicado con Circular Nº INTA- CR.45.2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de junio de 2002. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 20174 CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Autorizan contratar arrendamiento de inmueble mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 092-2002-CONAM/PCD Lima, 11 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 26410 se crea el Consejo Na- cional del Ambiente - CONAM, como organismo descentrali- zado, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera, admi-