Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2002 (16/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de noviembre de 2002

Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, de 17.ENE.90, al haber transcurrido mas de (1) ano desde que la autoridad competente tomo conocimiento de la comision de la falta, esto es el 21.MAR.2001, dicha accion se encuentra prescrita, motivo por el cual no procede legalmente la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario a la indicada servidora publica; Estando a lo recomendado; y, De conformidad con lo establecido por Decreto Legislativo Nº 276 -. Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 17.ENE.90; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar PRESCRITA la accion de la falta disciplinaria cometida por la EC. Yojany MORDAZA RUJEL MORDAZA, Tecnico en Migraciones I nivel STA, de la Jefatura de Migraciones de Tumbes de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Personal del Ministerio del Interior para su conocimiento y fines, debiendo ser agregada al legajo personal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 10443

3.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Adecuacion a las disposiciones del Presente Reglamento DICE: "Las personas naturales y juridicas que a la fecha esten autorizadas para realizar actividades relacionadas con la fabricacion, importacion, exportacion, transporte, deposito, comercializacion y uso de productos pirotecnicos, tienen un plazo MORDAZA improrrogable de 120 dias para adecuarse a lo prescrito en el presente Reglamento a excepcion del requisito relativo para la instalacion y construccion de fabricas y talleres, cuyo plazo sera de 360 dias. Dichos terminos se computaran a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Reglamento en el Diario Oficial El Peruano." DEBE DECIR: "Las personas naturales y juridicas que a la fecha esten autorizadas para realizar actividades relacionadas con la fabricacion, importacion, exportacion, transporte, deposito, comercializacion y uso de productos pirotecnicos, tienen un plazo MORDAZA improrrogable de 120 dias para adecuarse a lo prescrito en el presente Reglamento, lo que sera regulado para cada actividad en la Directiva correspondiente, a excepcion del requisito relativo para la instalacion y construccion de fabricas y talleres, cuyo plazo sera de 360 dias. Dichos terminos se computaran a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Reglamento en el Diario Oficial El Peruano." Quinta.- Plazo para la MORDAZA de Directivas

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 014-IN Mediante Oficio Nº 2470-2002-IN/0604, el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 014-IN, publicado en nuestra edicion del dia 10 de noviembre de 2002, en la pagina 232910. 1.- Numero del Decreto Supremo DICE:

DICE: "El Ministerio del Interior a traves de la DICSCAMEC, en un plazo no mayor de 90 dias cumplira con presentar las Directivas complementarias al presente Reglamento" DEBE DECIR: "El Ministerio del Interior a traves de la DICSCAMEC, en un plazo no mayor de 90 dias cumplira con emitir las Directivas complementarias al presente Reglamento" 20285

DECRETO SUPREMO Nº 014-IN DEBE DECIR: DECRETO SUPREMO Nº 014-2002-IN 2.- Articulo 32º inciso b numeral 9.- Condiciones de los depositos DICE: "Cuando el almacen tenga iluminacion artificial, estos seran no incandescente y debe estar protegido hermeticamente por material resistentes a explosiones, los interruptores deben estar ubicados en la parte externa y los conductores electricos deben estar entubados o empotrados; asimismo, contara con pararrayos cuando las condiciones climaticas de la MORDAZA lo exija." DEBE DECIR: CONSIDERANDO: "Cuando el almacen tenga iluminacion artificial, esta sera no incandescente y debera estar protegida hermeticamente por material resistente a explosiones, los interruptores deben estar ubicados en la parte externa y los conductores electricos deben estar entubados o empotrados; asimismo, contara con pararrayos cuando las condiciones climaticas de la MORDAZA lo exija." Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru consagra la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, mediante Ley Nº 26655, se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica, en forma excepcional, la concesion

JUSTICIA
Conceden indulto a sentenciados por delitos de terrorismo o traicion a la patria de establecimientos penitenciarios de MORDAZA y Tarapoto - San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 254-2002-JUS MORDAZA, 15 de noviembre de 2002 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe Nº 004-2002-JUS/CNDH/ CL de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 25 de setiembre del 2002, que recomienda la concesion del Indulto;

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