Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2002 (16/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 16 de noviembre de 2002 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 233375

Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Migraciones y Naturalizacion, para que participe en la "Reunion del Grupo de Movilidad de Empresarios de APEC (BMG) -sobre la Tarjeta de Viaje de Negocios APEC - SOM II - 2002", a realizarse en la MORDAZA de Merida, Estados Unidos Mexicanos, del 17 al 19 de MORDAZA del 2002, y en la reunion con funcionarios de la Oficina de Pasaportes de Mexico, a realizarse en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 20 al 21 de MORDAZA del 2002. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio del Interior - Oficina General de Administracion - Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa Uso Aeropuerto US$ 1,108.35 1,100.00 25.00

90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo MORDAZA administrativo disciplinario al mencionado servidor; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor HIORK ORVAL MORDAZA MORDAZA, Asistente Administrativo II SPE de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio del Interior; por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El servidor procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que estime conveniente para su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, dentro del plazo que establece la ley, a partir del dia de recepcion de la notificacion en forma personal o del dia siguiente de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que dentro del plazo de ley concluya el MORDAZA instaurado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 8569

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias posteriores a la realizacion del viaje, el mencionado funcionario debera presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el senor Ministro del Interior, conjuntamente con la entrega de la rendicion de cuentas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos ni derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 8317

Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0787-2002-IN/0901 MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 Vista el Acta Nº 008-2002-IN-1300, de 25.ABR.2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COPERPROADMI), relacionada con la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario a HIORK ORVAL MORDAZA MORDAZA, Asistente Administrativo II SPE de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, con el Informe Nº 022-2002-IN/0903 de 26.MAR.2002 de la Unidad de Escalafon y Control de la Oficina de Procesos de Personal de la Oficina General de Personal del Ministerio del Interior se aprecia que el indicado servidor no ha cumplido con incorporarse, hasta la fecha a su centro de labores despues de haber cumplido su periodo de Licencia del 23.OCT.2001 al 19.ENE.2002, por lo tanto ha incurrido en falta de caracter disciplinario; Que, el mencionado servidor habria incurrido en falta grave de caracter disciplinario prevista en el inciso a) del articulo 21º, e incisos a) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, inciso a) del articulo 7º del Reglamento Interno de Personal Civil del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0548-96-IN-01900000000 del 20.MAY.1996; Estando a lo acordado; y, De conformidad con lo establecido en los articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-

Declaran prescrita accion administrativa interpuesta contra servidora de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1029-2002-IN/0901 MORDAZA, 10 de junio del 2002 Visto el Acta Nº 011-02 de 20.MAY.2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del MININTER (COPERPROADMI), relacionado con la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario a la ECC. Yojany MORDAZA RUJEL MORDAZA, Tecnico en Migraciones I nivel STA de la Jefatura de Migraciones de Tumbes de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que mediante el Informe Nº 004-2002-IN/OCI.O.INV de 19.FEB.2002, la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior recomienda que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del MININTER, califique la falta en que ha incurrido la EC. Yojany MORDAZA RUJEL MORDAZA, por abandono de su puesto de trabajo en tres (3) oportunidades, pese a estar de servicio y como jefe de grupo; libar licor en uno de sus abandonos de trabajo; descuido y mal uso a los sellos oficiales e irregularidades en el desempeno de sus funciones, en los Incs. a), b), d) y g) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, conforme es de verse del Informe Nº 052-2001IN-1607, de 12.MAR.2001, en esa fecha la autoridad competente tomo conocimiento de la comision de la falta cometida por la ECC. anteriormente mencionada; Que, si bien es MORDAZA que la mencionada servidora habria incurrido en falta grave de caracter disciplinario previsto en los Incs. a), b), d) y g) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, tambien es verdad que teniendo en cuenta lo dispuesto en el Art. 173º del Reglamento de la Ley de MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.