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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (16/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 233367 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de noviembre de 2002 Ministerio de Energía y Minas, la misma que como Anexo II forma parte del presente contrato. 3.2.Compromisos del ESTADO: Por su parte, el ESTADO se compromete a otorgar al INVERSIONISTA los beneficios contemplados en la Ley Nº 27623, siempre que éste cumpla con los requi- sitos establecidos en dicho dispositivo legal y en su reglamento. Asimismo, el ESTADO garantiza la estabilidad de este régimen de devolución por lo que cualquier modifica- ción normativa al mismo, posterior al presente contra- to, no le resultará aplicable. CLÁUSULA CUARTA : Ajustes al Programa de Inversión El Programa de Inversión antes mencionado podrá ser modifi- cado en el curso de su ejecución. La aprobación de cualquier modificación deberá solicitarse a la Dirección General de Mi- nería del Ministerio de Energía y Minas, siendo de aplicación todas las normas que regulan la presentación y aprobación de nuevos programas. De ser el caso, luego de la aprobación de las modificaciones al Programa de Inversión, se procederá a adecuar el presente contrato mediante addendum. CLÁUSULA QUINTA: Ejecución del Programa de Inversión La ejecución del Programa de Inversión será efectuada de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 27623. CLÁUSULA SEXTA: Causales de Resolución Constituyen causales de resolución de pleno derecho del presente contrato, sin que medie el requisito de comunica- ción previa, las siguientes: 6.1.El inicio de las operaciones productivas con anteriori- dad al cumplimiento del programa de inversión en ex- ploración comprometido. Entiéndase por inicio de ope- raciones productivas el término establecido en el se- gundo párrafo del artículo 3º del Reglamento. 6.2.La extinción de la(s) concesión(es) minera(s) a la(s) que se refiere(n) el numeral 1.1 de la cláusula primera del presente documento. CLÁUSULA SÉTIMA: Arbitraje Cualquier litigio, controversia o reclamación relativa a la interpretación, ejecución o validez del presente contrato será resuelta mediante arbitraje de Derecho, llevado a cabo en la ciudad de Lima. El arbitraje será realizado por un Tribunal Arbitral confor- mado por tres miembros, de los cuales cada una de las partes nombrará uno, dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del pedido de nombramiento, siendo el tercero nombrado de común acuerdo por los dos primeros, dentro de los treinta (30) días siguientes al nombramiento del segundo árbitro. El plazo de duración del proceso arbitral no deberá exce- der de sesenta (60) días hábiles, contados desde la fecha de designación del último arbitro y se regirá por lo dispues- to en la Ley General de Arbitraje, aprobada por Ley Nº 26572 y/o las normas que la sustituyan o modifiquen. Los gastos que se generen por la aplicación de lo pactado en la presente cláusula, serán sufragados por las partes contratantes en igual medida. Los gastos notariales y/o registrales que origine este con- trato, son de cargo del INVERSIONISTA CLÁUSULA OCTAVA:Notificaciones Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los indicados en la introducción delpresente documento, donde se les considerará presentes. Las notificaciones dirigidas a los domicilios indicados se tendrán por bien hechas. Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse por escrito con una anticipación de diez (10) días calendario. Las comunicaciones o notificaciones que se cursen antes de tomar conocimiento del nuevo do- micilio, surtirán efecto en el domicilio anterior. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en tres copias de igual tenor, en Lima, a los de de __________________ __________________ EL ESTADO EL INVERSIONISTA 20202 MINCETUR Autorizan viaje del Viceministro de Co- mercio Exterior a EE.UU. para participar en eventos del Banco Mundial y del BID RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2002-MINCETUR/DM Lima, 12 de noviembre de 2002 Visto el Memorándum Nº 126-2002-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norte América, se llevarán a cabo Reuniones con el Ban- co Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del 17 al 21 de noviembre de 2002, en las que se tratarán asuntos relacionados al fortalecimiento institucional, orienta- dos a mejorar la capacidad, para formular una política de co- mercio exterior eficaz, con un enfoque exportador; Que, asimismo, en dicha ciudad se desarrollará el Ta- ller "Competitividad y Concertación en América Latina", el 18 de noviembre de 2002, organizado por el Banco Intera- mericano de Desarrollo (BID); Que, es necesario que el Viceministro de Comercio Exterior participe en dichas reuniones; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor doctor Alfredo Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCE- TUR, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norte América, del 17 al 21 de noviembre de 2002, con el objeto de que asista a las reuniones señaladas en la parte Considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 640,60 Viáticos US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, el funcionario autoriza- do mediante el Artículo 1º, presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20087