Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2002 (16/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de noviembre de 2002

VISTO: El Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa de Vigilancia Privada J Y C SEGURIDAD S.R.L., representada por su Gerente General MORDAZA CABREJO VILLAGARCIA, contra la R.D. Nº 337-2002-IN-1704, del 25.FEB.2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2526-2001IN-1704, del 21.DIC.2001, se sanciono con multa de una (1) UIT, por infraccion al Art. 90º inciso f) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada a la EVP J Y C SEGURIDAD S.R.L., por permitir que el vigilante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, preste servicios de seguridad con el revolver MORDAZA TAURUS, Cal. 38, Nº QA487035, sin la correspondiente licencia de posesion y uso expedida por la DICSCAMEC; cuando se encontraba prestando servicios en el localdel MORDAZA 2 FRECUENCIA LATINA, ubicado en la Av. San MORDAZA Nº 968 - MORDAZA Maria; Que, con Resolucion Directoral Nº 337/2002-IN-1704, del 25.FEB.2002, se resuelve declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la EVP J Y C SEGURIDAD S.R.L., contra el acto administrativo senalado en el considerando anterior, por lo expuesto en la parte considerativa; Que, con fecha 14.MAR.2002, la aludida Empresa de Vigilancia Privada, interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 337-2002-IN-1704, argumentando que la sancion impuesta ha sido tipificada injustamente como una de naturaleza muy grave, lo cual consideran inapropiado y excesivo a lo realmente verificado, habida cuenta que si bien es verdad que el indicado vigilante portaba el aludido revolver, tambien lo es, que tal situacion se debio a un lamentable error, propiciado al momento de retornar de su refrigerio y coger su armamento de reglamento para proseguir sus labores, por cuanto es posible acreditar no solo que el revolver MORDAZA TAURUS, Cal. 38, Nº QA487035, cuenta con autorizacion para uso de su representada, sino que de igual forma la Licencia de Posesion y Uso Nº 213114, ha sido expedida a la persona de Arles MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, agente con el cual se produce el error, toda vez que este, al retornar de su refrigerio con el agente inspeccionado en forma simultanea luego de recoger ambos las MORDAZA del Centro de Control, se constituyo a proseguir su servicio en el torreon de vigilancia, y otros que contiene dicho escrito; Que, el Articulo 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que "el recurso de apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho"; Que, del estudio y analisis de los actuados, se colige que los argumentos esgrimidos por la empresa recurrente no enervan los fundamentos que dieron lugar al acto administrativo impugnado, el mismo que tiene plena validez y eficacia; MORDAZA, si el error no constituye causal alguna de nulidad del acto administrativo previsto en el Art. 10º de la mencionada Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo en consecuencia, declararse infundado el recurso de apelacion interpuesto; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 17092002-IN-0202 del 2.ABR.2002; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-94-IN del 9.MAY.94 modificado por Decreto Supremo Nº 006-94-IN del 22.JUL.94; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP J Y C SEGURIDAD S.R.L., contra la Resolucion Directoral Nº 337/2002-IN-1704

del 25.FEB.2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 8101

Autorizan viaje del Director General de Migraciones y Naturalizacion a Mexico para participar en evento del APEC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0747-IN-2002-IN/1601 MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2002 Visto, el Oficio Nº 987-2002-IN/1601, del 2.MAY.2002, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 59-2002-MITINCI/VMINCI, del 19 de MORDAZA del 2002, con el cual el Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales comunica al Viceministro del Interior la necesidad de que un funcionario de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion participe en la Reunion del Grupo de Movilidad de Empresarios de APEC (BMG) -sobre la Tarjeta de Viaje de Negocios APEC - SOM II - 2002, a llevarse a cabo los dias 18 y 19 de MORDAZA del 2002 en la MORDAZA de Merida, Estados Unidos Mexicanos; Que, en la Reunion del Grupo de Movilidad de Empresarios de APEC (BMG), se trataran asuntos referentes a la Tarjeta ABTC con la finalidad de implementar medidas de facilitacion del comercio entre los miembros del APEC, por consiguiente la participacion de un funcionario de la DIGEMIN, deviene en importante para promover los intereses del Peru en este grupo a fin de facilitar la inversion en nuestro MORDAZA, asi como para obtener programas de capacitacion tecnica de APEC, intercambiar informacion con otras autoridades migratorias de la region y formular proyectos de cooperacion tecnica; Que, la APEC ha considerado oportuna la ocasion para concertar reuniones previas al evento central entre diversas delegaciones, comunicando al Peru el interes de la delegacion de la Oficina de Migraciones del gobierno de Australia de reunirse con nuestra delegacion para discutir temas sobre movilidad de negocios y la implementacion de la tarjeta ABTC, que se llevara a cabo el dia 17 de MORDAZA del 2002, a la que es importante que asista un representante de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; Que, con ocasion del viaje a Mexico se ha concertado una reunion con altos funcionarios de la Oficina de Pasaportes del gobierno de dicho MORDAZA, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 20 al 21 de MORDAZA del 2002, a fin de intercambiar informacion y experiencias respecto a las medidas de seguridad del pasaporte, que serviran de base para elaborar los terminos de referencia para la proxima licitacion de expedicion de pasaportes peruanos; Que, en vista de la importancia de los temas a tratar y la continuidad de los mismos en estos procesos, es necesario autorizar el viaje del Director General de Migraciones y Naturalizacion para participar en dichos eventos; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior, concordante con el Decreto Legislativo Nº 560;

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