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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (18/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 233492 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de noviembre de 2002 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27867 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º .- Objeto y contenido de la Ley La presente Ley Orgánica establece y norma la estruc- tura, organización, competencias y funciones de los go- biernos regionales. Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Des- centralización. Artículo 2º .- Legitimidad y naturaleza jurídica Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad po- pular. Son personas jurídicas de derecho público, con au- tonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. Artículo 3º .- Jurisdicción Los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ám- bito de sus respectivas circunscripciones territoriales, con- forme a Ley. Artículo 4º .- Finalidad Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promo- viendo la inversión pública y privada y el empleo y garanti- zar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de opor- tunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Artículo 5º .- Misión del Gobierno Regional La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus com- petencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el mar- co de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.Artículo 6º .- Desarrollo regional El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo eco- nómico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armo- nizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejerci- cio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igual- dad de oportunidades. Artículo 7º .- Relaciones de cooperación y coordina- ción y proceso de integración regional La presente Ley Orgánica define las relaciones de co- operación y coordinación entre los gobiernos regionales, y de éstos con los otros niveles de gobierno, orientados al proceso de integración y conformación de regiones y de coordinación en espacios macrorregionales. Artículo 8º .- Principios rectores de las políticas y la gestión regional La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: 1.Participación.- La gestión regional desarrollará y hará uso de instancias y estrategias concretas de participación ciudadana en las fases de formula- ción, seguimiento, fiscalización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los pla- nes, presupuestos y proyectos regionales. 2.Transparencia.- Los planes, presupuestos, objeti- vos, metas y resultados del Gobierno Regional se- rán difundidos a la población. La implementación de portales electrónicos en internet y cualquier otro medio de acceso a la información pública se rige por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública Nº 27806. 3.Gestión moderna y rendición de cuentas.- La Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regiona- les incorporarán a sus programas de acción me- canismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificulta- des y perspectivas de su gestión. La Audiencia Pública será una de ellas. Los titulares de la admi- nistración pública regional son gestores de los in- tereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades que la ley establezca. 4.Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políti- cas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y mar- ginados del Estado, principalmente ubicados en elRes. SBS Nº 1120-2002.- Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro del Sistema de Seguros 233522 Res. SBS Nº 1124-2002.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de oficina especial en el distrito de San Isidro, provincia de Lima 233522 Res. SBS Nº 1141-2002.- Autorizan viaje de funcionario a EE- .UU. para participar en curso sobre manejo de inversión de fon- dos de pensiones 233523 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECOPI Res. Nº 165-2002-INDECOPI/DIR.- Designan miembro de la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI, sede central 233523 Res. Nº 166-2002-INDECOPI/DIR.- Designan Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Protección al Consumi- dor - Zona Norte 233524 I N P E Res. Nº 873-2002-INPE/P.- Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del INPE para el año fiscal 2002 233524SUNARP Res. Nº 534-2002-SUNARP/SN.- Autorizan descentralización del Registro de Propiedad Vehicular del departamento de Lima en las ciudades de Barranca, Cañete, Huacho y Huaral 233524 SUNAT Res. Nº 080-00-0000023.- Nombran auxiliar coactivo de la Ofici- na Remota Tumbes de la Intendencia Regional Piura 233525 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA R.A. Nº 516-2002-ALC-MDYC.- Inician procedimiento disci- plinario a auditor interno de la Municipalidad 233525 R.A. Nº 529-2002-ALC-MDYC.- Notifican y emplazan a funcio- nario a fin de que concurra al Concejo Distrital de Yarinacocha - Pucallpa para la recepción de anexos y pliegos de cargos 233526